La Mediacion, Como Medio Alternativo De Resolucion De Conflictos
mitsueyamada13 de Agosto de 2013
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INDICE
Introducción
CAPITULO I
EL PROBLEMA
1.1 Planteamiento del Problema ………………………………………
3
1.2 Formulación del Problema………………………………………… 6
1.3 Objetivo de la Investigación……………………………………….. 6
1.3.1 Objetivo General……………………………………………….. 6
1.3.2 Objetivos Específicos…………………………………………. 6
1.4 Justificación………………………………………………………….. 6
CAPITULO II
MARCO TEORICO
2.1 Antecedentes………………………………………………………... 8
2.2 Bases Teóricas……………………………………………………… 9
2.3 Bases Legales……………………………………………………… 21
Conclusión………………………………………………………………. 27
Bibliografía………………………………………………………………. 28
INTRODUCCION
Esta investigación presenta el desarrollo del proceso de mediación en la intervención del conflicto. En un primer apartado se define el concepto de mediación y sus características. Los apartados segundo y tercero recogen los aspectos relativos a las modalidades de mediación y su transformación ante el conflicto.
Desde el momento en que las personas se relacionan para alcanzar sus objetivos, pueden surgir entre ellas situaciones de conflicto. Y, en el marco de la organización de cualquier empresa, las relaciones ínter personales pueden llevar en muchas ocasiones a generar tensiones y situaciones de conflicto que pueden deteriorar la relación laboral.
Distintos puntos de vista en la fijación de los turnos de trabajo, el horario laboral, la fijación de las vacaciones, así como cualquier otro aspecto relacionado con la convivencia diaria en el centro de trabajo pueden hacer que seamos menos productivos, con el consiguiente perjuicio para el resultado económico de la empresa y las relaciones personales.
Mucho de estos conflictos pueden ser resueltos en el seno de un proceso judicial, como garante del Derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. En otras ocasiones estos conflictos, que se pueden dar entre trabajadores de distinto rango jerárquico, o entre empresa y trabajador, no tienen un cauce judicial adecuado para dirimir la controversia, por el elevado periodo de tiempo en la respuesta judicial y el desgaste en las relaciones humanas.
CAPITULO I
EL PROBLEMA
1.1 Planteamiento del Problema
La mediación es una forma de resolver conflictos entre dos o más personas, con la ayuda de una tercera persona imparcial, El mediador lo que busca es satisfacer las necesidades de las partes en disputa, regulando el proceso de comunicación y conduciéndolo por medio de unos sencillos pasos en los que, si las partes colaboran, es posible llegar a una solución en la que todos ganen o, al menos, queden satisfechos.
Experiencias como éstas se están llevando a cabo actualmente en algunos casos a nivel social y, más allá de la solución a los problemas interpersonales, lo que promueven es un modelo de convivencia más pacífico.
La mediación es voluntaria, es confidencial, y está basada en el dialogo. La mediación puede resolver conflictos relacionados con la transgresión de las normas de convivencia, amistades que se han deteriorado, situaciones que desagraden o parezcan injustas, malos tratos o cualquier tipo de problemas entre miembros de la comunidad educativa
La mediación sigue una seria de fases en las que se promueve la comunicación y el entendimiento entre las partes en conflicto. Enriquece la utilización del reglamento disciplinario del centro, ofreciendo alternativas a través del diálogo, y evitando la pérdida de relaciones interesantes y la vivencia de sentimientos de desencuentro que influyan negativamente en el proceso educativo.
A partir de la inclusión de los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el año 1999, obteniendo carácter constitucional, rompiéndose paradigmas en el sistema judicial. El artículo 258, establece: “La ley promoverá el arbitraje, conciliación, mediación y otros medios alternativos de resolución de conflictos”. De la misma manera, el artículo 253 establece: “El Sistema Judicial está compuesto por los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos”.
En este sentido la ley deberia no solo promover como medios alternativos de resolución de conflictos el arbitraje, conciliación y la mediación, sino también busca crear e implementar Centros de Mediación y Resolución de Conflictos como una verdadera alternativa en la sociedad venezolana, de la mano con la justicia ordinaria y la cultura de paz.
Esto significa que, si bien los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos tienen carácter constitucional, deben ser incorporados en los distintos textos legales, constituyendo un avance en distintas materias.
Es importante, por cuanto esto podría crear polémica; tales como argumentar que la administración de la justicia es ejercida por el poder judicial, el crear un anteproyecto de Ley de Mediación que resuelva cualquier conflicto que pudiera suscitarse al respecto, pues, en otros países latinoamericanos, esta propuesta ha sido tomada y aplicada, tales como: Colombia, Perú, Argentina, Ecuador y Estados Unidos.
Es importante destacar que con la implementación de los Centros de Mediación y Resolución de Conflictos se procura una solución consensual al problema que confrontan las partes. Queda por delante el fomento de la cultura de la negociación, pues la cultura del litigio está aún muy arraigada en la sociedad; no significando esto que son muchos los avances que se han logrado a partir de 1999, tanto por los esfuerzos conjuntos de las universidades como por las cámaras de comercio, elevando al carácter constitucional.
Debido a esto es menos el camino a transitar ante los tan largos y costosos procesos judiciales, haciendo posible un cambio de mentalidad de los venezolanos que lleve a la institucionalización de la mediación de niveles de violencia, y propiciando un clima de diálogo y tolerancia entre las partes.
La mediación es un procedimiento legal no obligatorio porque aun cuando las partes hayan convenido en someter una controversia a la mediación, no están obligada a continuar el procedimiento de mediación después de la primera reunión, es decir, que las partes siempre controlaran la mediación. El cual es un carácter no obligatorio significando que no se puede imponer una decisión a las partes, pues, para poder llegar a una solución, las partes deben aceptarla voluntariamente.
La función del mediador no es impositiva ya que el mediador no es una persona que toma decisiones su función consiste en ayudar a que las partes lleguen a tomar una decisión propia sobre la solución de la controversia.
Según Oscar (2004) “Generalmente la mediación y la conciliación se rigen por los principios de voluntariedad, gratuidad, neutralidad, confidencialidad e imparcialidad” (p. 53). La mediación es voluntarias por lo que no puede ser impuestas a las personas que se encuentran en dicha controversia, la mediación es un servicio totalmente gratuito, quedando prohibida por la ley que las regule toda clase de dádivas o gratificaciones.
1.2 Formulación del Problema
¿Es necesaria la mediación en los conflictos a nivel personal?
¿La mediación es un derecho de todos los venezolanos a nivel nacional?
1.3 Objetivo de la Investigación
1.3.1 Objetivo General
Analizar la mediación como medio alterno para la solución de conflictos
1.3.2. Objetivos Específicos
- Diagnosticar la importancia de la mediación en los conflictos
- Establecer la importancia de la mediación dentro de la leyes venezolanas
1.4 Justificación
Es importante mencionar para esta investigación la necesidad de conocer el significado de la mediación siendo la mediación un acuerdo del mutuo consentimiento de las partes. En la mediación los argumentos son dirigidos hacia la otra parte con el interés de negociar para convencer a la otra parte.
En la mediación las partes perciben que ganan en el control del proceso ganador /ganador. La mediación busca evitar un litigio. En la mediación las partes no están obligadas a aceptar el arreglo donde se debe ayudar a preservar la relación entre las partes y allí donde actúa el mediador siempre es escogido por una de las partes siendo un proceso que puede concluir a voluntad de las partes en cualquier momento, no necesariamente con la solución final del conflicto.
La mediación tiene como finalidad que las partes en conflicto alcancen acuerdos equitativos, justos, estables y duraderos, contribuyendo así a evitar la apertura de procedimientos judiciales, o, en su caso, contribuir a la resolución de los ya iniciados.
En este sentido la puesta en práctica de la mediación en el proceso judicial venezolano podría ser válida y oportuna ya que brindaría
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