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La Posesion


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2013  •  959 Palabras (4 Páginas)  •  268 Visitas

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LA POSESION

La posesión es una figura jurídica a través de la cual se ejerce el corpus y el animus (ánimo se señor y dueño) sobre una cosa con la finalidad de adquirir la propiedad por prescripción con el transcurrir del tiempo, el código civil define la posesión en su artículo 762 de la siguiente manera:

“la posesión es la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da por tal, tenga la cosa por sí mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él.

El poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifique serlo”

Entonces la persona que posea la cosa debe ejercer ánimo de señor dueño, es decir, realizar todos los actos propios de una persona que es propietaria tales como el mantenimiento y conservación de la cosa, ejecutando todos los actos sobre el bien que posee como si fuera el dueño de este, por esta razón el poseedor se reputa dueño mientras otra persona no justifique serlo así lo establece el inciso final del artículo 762; no es requisito que el poseedor tenga la cosa por sí mismo, puede otra persona tener la cosa, por ejemplo una casa dada en arrendamiento por el poseedor a otra persona.

Es la posesión una presunción en la cual el poseedor es considerado el dueño mientras no se compruebe lo contrario; esta figura jurídica creada por el legislador es muy importante ya que si una persona propietaria abandona una cosa y la deja a su suerte, pero otra persona la posee la cuida, la conserva, la mejora, es justo que con el transcurrir del tiempo exista una figura que le permita adquirir la propiedad de ese bien al cual le ha dado una utilidad y a gastado tiempo en conservarlo. Es la posesión el camino para que con el transcurrir del tiempo se adquieran los bienes por prescripción adquisitiva de dominio.

Según el artículo 764 existen dos clases de posesión:

La posesión regular: es la que se tiene por un titulo justo y se posee de buena o mala fe, pero siempre acompañada de un titulo justo (el código civil define justo titulo el constitutivo o traslaticio de dominio se considera constitutivo de dominio la ocupación, las accesión y la prescripción y traslaticios de dominio la venta, al donación entre vivos, la permuta etc.

La posesión irregular: carece de uno o más requisitos de los de la posesión regular, por ejemplo cuando no se posea titulo justo, el código menciona algunos títulos no justos tales como, el falsificado, el que adolece de un vicio de nulidad y los demás contemplados en el artículo 766.

Por último existe la posesión violenta y la clandestina, la primera es la que se adquiere por medio de la fuerza y la segunda la que se hace de manera oculta a todo el que tiene una cosa reconociendo dominio ajeno.

En el artículo 775 del código civil habla de la MERA TENENCIA siendo lo que se ejerce sobre una cosa no como dueño sino como usufructuario; y la persona que ejerza la mera tenencia bien sea por un bien mueble o inmueble no puede adquirir el dominio del bien por prescripción adquisitiva de dominio, por ejemplo el arrendatario también

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