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La muerte de Tatiana


Enviado por   •  1 de Junio de 2014  •  Síntesis  •  3.998 Palabras (16 Páginas)  •  247 Visitas

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La muerte de Tatiana Tarasoff2

Prosenjit Poddar, nacido en India, llegó a estudiar a California a fines de los sesenta. En ese estado conoció, en el otoño de 1968, a Tatiana Tarasoff, durante actividades recreativas de la residencia estudiantil donde vivía. Iniciaron una relación que Prosenjit interpretó como seria, visión que no era compartida por Tatiana. Al darse cuenta Tatiana de la disparidad de opiniones le dijo a Prosenjit que estaba comprometida con otro hombre y que no deseaba iniciar una relación con él. El rechazo provocó en el estudiante una seria crisis emocional; descuidó su apariencia personal y su ánimo se tornó fuertemente depresivo.

Durante 1969, con posterioridad a un viaje de Tatiana a Brasil, Prosenjit buscó apoyo profesional y en agosto de ese año figuraba como paciente externo en el Cowell Memorial Hospital. En un comienzo fue visto por el Dr. Stuart Gold, psiquiatra, para posteriormente ser derivado al cuidado del psicólogo Lawrence Moore. En su novena sesión con Moore, el 18 de agosto de 1969, el estudiante le confidenció que iba a matar a una mujer, claramente identificable como Tatiana, cuando ésta retornase de Brasil. Dos días después, Moore notificó a la policía que Poddar sufría de una reacción esquizofrénica paranoide y que se encontraba en riesgo de dañarse a si mismo, o de dañar a otros. La policía del campus retuvo a Poddar y lo liberó una vez satisfecha que el estudiante había cambiado de actitud y, aparentemente, por la intercesión del Director de Psiquiatría del centro asistencial, quien solicitó al Jefe de Policía la devolución de la carta de Moore y ordenó a este último la destrucción de sus registros de la terapia, así como las copias de la carta enviada a la policía. En octubre siguiente Tatiana, al regresar de Brasil, continuó siendo acosada por Poddar, siendo acuchillada y muerta por éste el 29 de ese mes, al negarse a sus requerimientos.

Moore, en su testimonio judicial, reveló que Poddar había dado a conocer sus intenciones de matar a Tatiana durante las sesiones de terapia. Subsecuentemente, durante las audiencias, surgieron serias discrepancias entre los peritos presentados por las partes respecto al exacto diagnóstico del imputado, terminando en una condena de primera instancia por homicidio en segundo grado. Los recursos presentados a la Corte de Apelaciones y, posteriormente, a la Corte Suprema de California, sin embargo, terminaron por encontrar vicios de procedimiento que obligaban a reconducir el juicio, lo que fue conmutado por la expulsión de Poddar a la India donde, de acuerdo algunos autores, se encuentra felizmente casado con una abogada.

Los padres de Tatiana Tarasoff, por su parte, decidieron querellarse en contra de la Universidad de California y sus psicoterapeutas. Una de la quejas contenidas en la demanda era que los psicoterapeutas no habían dado oportuno aviso a Tatiana, o a sus cercanos, de las intenciones que tenía Prosenjit de matar a su pretendida. Tanto la Corte del Condado de Alameda, como la Corte de Apelaciones correspondiente, encontraron que no había razones para condenar, agregando esta última que al no existir relación alguna entre el psicoterapeuta y Tatiana, o sus padres, no existía, por consiguiente, la obligación de informar. La Corte Suprema de California, sin embargo, pensó distinto. En su decisión final sostuvo, entre otras consideraciones, la siguiente: "… los terapeutas no pueden escapar a su responsabilidad simplemente porque Tatiana no era su paciente. Cuando un terapeuta determina, o de acuerdo a los estándares de su profesión, debiese determinar, que su paciente representa un serio peligro para otros, le asiste la obligación de ejercer cuidados razonables dirigidos a proteger a las victimas de tal peligro. El cumplimiento de este deber puede requerir del terapeuta tomar una o más medidas, dependiendo de la naturaleza del caso. Así, puede llevarlo a advertir a la posible víctima o a otros que puedan advertir a la víctima del peligro, notificar a la policía o tomar las medidas que sean razonablemente necesarias en esas circunstancias".

REFERENCIAS

1. Farah M. Emerging ethical issues in neuroscience. Nature Neuroscience 2002; 5: 1123-9.

2. Buckner F, Firestone M. Where the Public Peril Begins: 25 Years after Tarasoff. J Leg Med 2000; 21: 187-222.

Comentarios sobre el caso Tarasoff

Dr. Carlos Téllez T.

Clínica Psiquiátrica Universitaria,Universidad de Chile

El caso Tarasoff nos plantea problemas éticos, legales y prácticos. Los primeros tienen que ver con el quiebre de la confidencialidad en relación a un potencial daño grave a un tercero, el Código de Ética del Colegio Médico (art 38 letra d) explicita que es lícita la ruptura del secreto profesional en casos donde hay amenazas o potencial riesgo real de daño físico a otras personas. A su vez el Código Sanitario en los arts. 20 y 40 establece la obligatoriedad de denuncia de enfermedades trasmisibles y venéreas.

Los problemas legales que derivan de los casos "tipo Tarasoff" tienen que ver con las demandas civiles que pudiesen interponer las víctimas o sus familias cuando un tercero es dañado por un paciente y su terapeuta, estando al tanto del riesgo, optó por callar cuidando el secreto profesional. En el Código Procesal Penal no existen disposiciones de denunciar un delito que aún no se comete.

Quedan pocas dudas respecto a que el quiebre del secreto profesional es ético ante el riesgo de grave daño a tercero. Sin embargo, a través de tres situaciones clínicas reales que podríamos denominar "tipo Tarasoff" podremos visualizar la complejidad del tema y la necesidad de revisar cuidadosamente cada caso en particular.

1. Chofer de bus interprovincial que consulta por depresión, cuenta durante la entrevista que mientras trabaja producto de la desesperanza y angustia que siente ha pensado tirar el bus por un barranco.

Afortunadamente el paciente aceptó voluntariamente hospitalizarse, de no haberlo hecho teníamos la posibilidad de una hospitalización no voluntaria de urgencia o administrativa. En el sistema privado es más difícil proceder a este tipo de hospitalización si no hay recursos económicos. En este caso hubiese sido aceptable, después de conversarlo con el paciente, informar a familiar de los riesgos existentes y obligar a licencia

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