ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Mercantil Hipotecario


Enviado por   •  15 de Abril de 2015  •  1.155 Palabras (5 Páginas)  •  229 Visitas

Página 1 de 5

TANTO EL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, EL PROCESO DE LA CONDUSEF, CONCURSOS MERCANTILES ENTRE TANTOS OTROS SON JUICIOS QUE SE TRAMITAN APARTE Y TIENEN UNA LEY QUE NO ESTA O SE ENCUENTRA EN EL CODIGO DE COMERCIO.

ES POR ESTO QUE SE BUSCA Y LA IDEA DE EL TRABAJO FINAL, SABER REALMENTE QUE ES UN JUICIO ESPECIAL ES SABER QUE NO SE ENCUENTRA COMO LOS JUICIOS QE YA CONOCEMOS, Y EL PROCESO QUE SE SIGUE EN SI TIENES MUCHAS COINCIDENCIAS COMOLA CAPACIDAD,LOS TIPOS DE PRUEBA QUE SE PUEDEN ANEXAR ENTRE OTRAS COSAS PARECIDAS Y VEREMOS COMO SON LOS PROCESOS EN LOS JUICIOS ESPECIALES.

Es el proceso de carácter especial que tiene por objeto constituir, ampliar, dividir, registrar, cancelar, saldar o determinar la prelación de pago de un crédito garantizado con hipoteca.

La acción hipotecaria (pignoraticia o reipersecutoria) es una acción ejecutiva con privilegio especial, ya que el acreedor tiene preferencia sobre el bien hipotecado respecto de cualquier otro ejecutante sin importar quién es su titular, ya que puede dirigirse no sólo contra el obligado sino de quien es propietario de la cosa, por lo que se asegura ampliamente la satisfacción de crédito con el producto de la venta del fundo sujeto a esta garantía real.

Para que pueda ejercitarse la acción de pago o prelación de un crédito con garantía hipotecaria es requisito indispensable que:

-El crédito conste en escritura pública o escrito privado (según corresponda conforme a la legislación común).

-Se encuentre debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, no obstante, procede el juicio sin necesidad de que el contrato esté inscrito en el registro cuando:

- El documento base de la acción tenga el carácter de título ejecutivo.

- El bien se encuentre inscrito a favor del demandado.

- No exista embargo o gravamen a favor de terceros que haya sido inscrito, cuando menos, noventa días antes de la presentación de la demanda hipotecaria.

- Que sea de plazo cumplido o exigible. Conforme a los términos pactados o a las disposiciones legales aplicables. A este respecto es importante destacar que conforme a los Artículos 1959 y 2907 del Código Civil para el Estado en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, pierde el deudor todo el derecho de utilizar el plazo y en consecuencia, el pago tiene que anticiparse, cuando deudor haya incurrido en alguna de las siguientes hipótesis.

- Resulte insolvente después de contraída la obligación, a menos de que garantice el adeudo.

- No otorgue la garantía a que se comprometió.

- Disminuya la garantía voluntariamente.

- No mejore la garantía hipotecaria dentro de los cinco días siguientes a la declaración judicial correspondiente, a pesar de haber quedado probada la insuficiencia de la finca.

PROCEDIMIENTO

Al escrito de demanda hay que acompañar el instrumento que contenga la garantía hipotecaria, teniendo la obligación de ser precisos, indicando en los hechos si sucedieron ante testigos (citando sus nombres y apellidos) y presentando todos los documentos pertinentes. En el mismo escrito se deben ofrecer todas las pruebas, relacionándolas con los hechos y en caso de que las mismas sean contrarias a la moral, al derecho y sobre hechos no controvertidos, imposibles, notoriamente inverosímiles o que no se hubieren relacionado con los hechos, el juez las desechará inmediatamente (de plano).

Si se presenta el caso,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com