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Nuevo Modelo Penitenciario


Enviado por   •  26 de Julio de 2011  •  5.181 Palabras (21 Páginas)  •  1.431 Visitas

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NUEVO MODELO DE ADMINISTRACIÓN PENITECIARIA.

Para hablar del sistema penitenciario en México, es necesario hacer referencia a algunos conceptos del marco jurídico que lo sustentan, lógicamente tendremos que referirnos al Derecho Penitenciario como la rama del derecho que estudia y regula la ejecución de las sanciones penales y los efectos que las mismas tienen en la sociedad y para ello es apropiado referirnos, en primer termino a las disposiciones constitucionales que señalas las bases del llamado sistema penitenciario en México.

Es así como tenemos el artículo 18 constitucional que dispone lo siguiente:

“El sistema penitenciario se organizara sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para el prevé la ley. las mujeres compurgaran sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.”

Lo anterior implica que nuestro sistema penitenciario mexicano, la sanción corporal no es vista como una forma de venganza pública sino como una expectativa de reinserción social de aquellos individuos que han infringido la ley.

Cabe resaltar, que al mencionar la palabra reinserción social y no readaptación social, nos referimos, a regresar al lugar donde estaba algo o a alguien. “Regresar a esa persona que desprendimos de la sociedad por haber cometido un delito. Hay que reinsertarlos porque son parte de la sociedad y vamos únicamente a procurar que no reincidan, aplicando los sistemas de tratamiento basados en el trabajo, en el estudio, y como novedad en el deporte y la salud”.

Por ello y retomando el precepto constitucional en que se fundamenta el sistema penitenciario en nuestro país, encontramos que en el mismo se plantean: el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, el deporte y la salud como el camino o el medio para la reinserción social del individuo.

La experiencia nos muestra que el sistema de administración de justicia no lograba procesar de una manera aceptable, el volumen de demandas que la sociedad le planteaba, muchas de las sanciones impuestas no correspondían a la peligrosidad del delincuente, además de que no existía un procedimiento que permitiera determinar el grado de adaptabilidad del inculpado.

Además de lo anterior, la ejecución de sentencias penales estaba encargada a la secretaria de gobernación a través de la Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social, los que generaba un circulo en donde las instituciones unas a otras pasaban la responsabilidad sin que existiera coordinación entre la autoridad judicial y la administrativa y por lo tanto no había un seguimiento a la conducta delictiva y en consecuencia se incrementaba el nivel de impunidad.

Asimismo encontramos individuos que delinquían y recibían sanciones breves en cuanto al tiempo y únicamente les servia para acumular rencores que posteriormente al obtener su libertad, descargarían nuevamente en la sociedad cometiendo nuevos delitos.

Se han buscado métodos que permitan mejorar en el tratamiento de las personas infractoras de la ley. Lo que permitiría la prevención de nuevos delitos por parte de los mismos delincuentes.

Enfocándonos en la ley de normas mínimas sobre readaptación social, que en su articulo segundo reconoce el trabajo y la capacitación para el trabajo, la educación, la salud y el deporte como medios socializantes que pueden lograr que el individuo se interese socialmente.

Dicho instrumento jurídico constituye sin duda alguna el antecedente inmediato de la llamada Reforma Penitenciaria en nuestro país, en donde al sujeto privado de su libertad, dejo de llamarse preso, denominándosele en lo subsecuente interno, con ello en México se incorporo al concepto del nuevo derecho penitenciario dejando al lado el viejo concepto en el que el sujeto era conocido como reo o preso y la pena era vista como venganza social.

Ahora lo que interesa, es que el individuo que inflige la ley y es privado de su libertad, tiene la oportunidad de ser socializado a través del trabajo y la educación.

El “Nuevo modelo de administración penitenciaria” de José Patricio Patiño Arias, busca hacer valer y vislumbrar lo establecido en el artículo 18 constitucional que señala: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley”.

En la gran mayoría de los centros penitenciarios del país, en los que prevalece la marginación y hacinamiento de los presos, “sitios en los que se trabaja con la condición humana, cercada por cuatro paredes y bajo un reglamento”, Patiño Arias reflexiona en torno al cuestionamiento, ¿Cómo los quieres?, para referirse al resultado de la reintegración de los presos en la sociedad. Respecto al sistema penitenciario actual, que en algunos casos puede propiciar la incorporación de los presos al crimen organizado, como células de problemas sociales o readaptados a la sociedad de acuerdo al artículo 18 constitucional. En este tenor, parafraseando a Juan Fernández Alfaran quien califica la reclusión como “El delito un abuso de la libertad, por eso se restringe éste, el castigo nunca debe ser abuso del poder”, para poder dotar al sistema penitenciario de la mayor racionalidad, propone un modelo administrativo para comunidades en situación de marginación y miseria, tópicos que se observan en el sistema penitenciario y que se derivan del modelo penitenciario establecido hace más de tres décadas.

La traza histórica del Nuevo Modelo de Administración Penitenciaria tiene su origen en las sociedades más antiguas como la griega; en México hay vestigios en comunidades prehispánicas pero el principal interés del autor se centra en “la clasificación de los presos, su reinserción, infraestructura, profesionalización del personal penitenciario y un sistema nacional de información penitenciaria”, que encuentra su génesis en el “Casillero Nacional de Sentencias propuesto por Maximiliano de Habsburgo, retomado por Benito Juárez y modificado después como Registro Nacional de Información Penitenciaria por Adolfo Ruiz Cortines.

La obra tiene como finalidad integrar el esfuerzo por homologar el sistema penitenciario, con un sentido de estandarización o unificar para poder tener mayor capacidad de respuesta no de acción.

El autor a través de soluciones propone un sistema

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