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Publicidad Del Juicio Oral


Enviado por   •  23 de Agosto de 2013  •  16.641 Palabras (67 Páginas)  •  281 Visitas

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RESUMEN

Este trabajo abarca el tema del “principio de publicidad” también de los principios afines, la comparación con otras legislaciones, su valor en los medios de comunicación y como nos afectan positiva y negativamente.

Se utiliza el diseño metodológico no experimental, en un nivel jurídico-descriptivo, recurriendo a fuentes formales.

Se comienza estudiando la historia de los principios ahondando en el principio de publicidad en todo el trabajo.

Entre los resultados obtenidos encontramos un predominio sociocultural alto y jurídico por lo que concluimos que el principio de publicidad adquiere su efectividad, seguridad y transparencia, cuantas más personas tengan acceso al procedimiento del juicio oral.

INTRODUCCIÓN

Esta investigación es sobre el principio de publicidad en el proceso penal. Si bien con el principio de publicidad —que entre otros regirá el proceso penal acusatorio y oral— se busca garantizar la transparencia en los procesos, al dar acceso a ellos no sólo las partes, sino también a los medios de comunicación y a la comunidad.

De acuerdo con el análisis que algunos doctrinarios han realizado, el principio de publicidad consiste en la permisividad que debe darse al público para conocer cómo se desarrollan los actos procesales y jurisdiccionales, pues la sociedad se ve agraviada en sus intereses por la comisión de un Hecho Punible, de modo que no únicamente participarán la víctima o el ofendido, el inculpado, sus respectivos representantes y los testigos

TEMA: Principio de Publicidad

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

A través de la legitimación de la realización de un juicio, la "transparencia" de la práctica judicial se torna una necesaria respuesta a fin de imponer una privación de libertad . Puesto así, las diferencias que hacen al debate entre la partición “secreto/publicidad” oscilan en un marco reductor del poder punitivo.

La verificación que hace al imputado una forma de resistir la acusación no puede sino hacerse a través de la exposición de los actos y decisiones judiciales, mediante su validez o su irracionalidad. En esta dirección, el medio " interno" por el cual el imputado puede controlar los actos es a través de la interacción activa de las partes por la cual se permite un dominio de la acción de todos. Por otra parte, el control "externo" se configura a través de la presencia del pueblo.

De esta distinción, puede afirmarse como se plantea una concepción absoluta de la publicidad, donde todas las actuaciones del proceso se desarrollan bien ante las partes o ante el público en general o una versión limitada en la que se admite solamente con respecto a ciertos actos a favor del proceso.

Así, se presentan modelos históricos en los que el proceso presenta una mayor publicidad, una limitada o ausente y una media publicidad.

La función que imp0rta al imputado, entonces, desde el análisis " real" que permite el control, se dirige a cumplir una garantía del proceso penal. Sin embargo, la realización del fin a la que apunta la publicidad del juicio como garantía para el más débil, debe enfrentarse continuamente con la creación estigmatizante realizada por los empresarios morales y la entidad por la que las agencias de comunicación social intentan reducir el espacio reflexivo y los discursos que lo requieren se desacreditan.

En este margen es que el sentido de garantías para el enjuiciado queda en el camino a manos del poder punitivo. Es, por tanto, que un aumento de la publicidad permitirá un mayor espacio reflexivo, siendo consecuente así con un proceso de descriminalización en vi1tud del cual la publicidad cobraría importancia para democratizar el proceso y su utilización como resguardo al imputado, y no en su contra, permitiendo anular la sentencia si las características del debate pudieran haber afectado e l carácter equitativo del juicio.

Entonces, la exigencia que trascendería al control interno y externo sería la garantía de imparcialidad que debe revestir al juicio.

Los medios de comunicación como espacio ultra-público del debate

La conformación del mensaje asignado y creado por los medios de comunicación responde a la orientación de cierta criminalización, proyectándose así como empresarios morales.

En efecto, toma sentido en la praxis de l aparato punitivo la forma , en tanto que, " las máquinas de opinión masiva, los periódicos, la radio, el cinematógrafo, la televisión, tienen la misión de dirigir a los hombres, atraparlos y de relevarlos de toda decisión que no forma parte de su trabajo"

Entonces, toma significación "si algunas situaciones son definidas como reales, ellas serán reales en sus propias consecuencias"

De esa manera, trasciende desde los medios una reificación de la criminalización o imagen comunicacional negativa. Tanto es así que el interés de los medios en presentar al público acontecimientos y personajes excepcionales e insólitos se vuelve esencial para ellos

La reproducción de cierta realidad comprenderá la proyección de una percepción que puede ser manipulada por la comunicación, que somete al hombre a sus propósitos. Aun así, la opción por la inclusión de los medios de comunicación para dar amplitud a la publicidad del juicio debe evitar que provoque distorsión desde la imagen. La posible solución, entonces, que se erige, es la televisación directa del debate con la inclusión de cámaras en las salas.

De esta forma, no permitiría una manipulación de la opinión pública que distorsione las representaciones escénicas. Esa manipulación, que la televisación directa evitaría, podría determinar a la opinión pública a convertirse en el mecanismo ideal para alcanzar ciertas verdades en el terreno político y social que antes estaban reservadas a la autoridad o a una revelación trascendental.

Así, se impondría una concepción clasista

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