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El hacinamiento, la sobrepoblación y sus nefastas consecuencias sobre las condiciones de los privados de libertad son constantes en los reportajes


Enviado por   •  18 de Abril de 2016  •  Ensayos  •  3.362 Palabras (14 Páginas)  •  374 Visitas

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A C T U A L I D A D J U R Í D I C A

El hacinamiento, la sobrepoblación y sus nefastas consecuencias sobre las condiciones de los privados de libertad son constantes en los reportajes periodísticos sobre las prisiones. El objetivo de esta investigación fue de ir más allá de esta constatación que a veces se antoja redundante y ofrecer una explicación sobre el conjunto de la problemática. De esta manera se propone una reflexión que intenta explicar la condición de crisis y las políticas y los discursos que originan esas condiciones en las prisiones. En las visitas que realizamos a las prisiones constatamos las condiciones de hacinamiento, insalubridad, sobrepoblación y la falta de recursos y de servicios.

Evidentemente, los programas educativos son más escasos de lo que los funcionarios afirman. Cada prisión es una muestra clara de la situación crítica que viven las cárceles. Es evidente que el número creciente de presos empeora las condiciones físicas y además como lo han mostrado varios estudios al respecto, el estrés del personal de vigilancia e internos crece; así como las fricciones entre éstos. Pudimos constatar en la visita a El Salvador el nivel de estrés producto de las fricciones entre los internos y las requisas de las autoridades.

¿Cuál es el impacto que tiene sobre los programas educativos en las cárceles? 

Las sociedades latinoamericanas deben preguntarse para qué quieren tener presa a la gente. Como mencionamos, el discurso oficial que oímos de funcionarios, leyes y documentos oficiales indican que las cárceles son centros de readaptación. Es decir constituyen un periodo preparatorio de la reinserción social. Sin embargo las condiciones en las que se encuentran las prisiones no concuerdan con estos objetivos. Los programas concretos atienden en los mejores casos a una minoría de la población. En las visitas se constataron falta de recursos. La inmensa mayoría de los presos hablaron de las carencias de salud, de espacios y de problemas con el personal de vigilancia. Algunos expusieron casos de corrupción y pagos indebidos.

Observamos que las cárceles son focos de violencia. Sin embargo muchas autoridades prefieren comprar tecnología o tomar medidas para contener la violencia. Sin embargo pocas veces se concibe a la educación dentro de las estrategias oficiales para llevar la paz a las prisiones. Numerosos testimonios en Latinoamérica hicieron mención a una mejoría de las condiciones con programas educativos y culturales. En este sentido, la educación en las cárceles es esencial para humanizarlas y combatir la violencia. 

La educación es un medio efectivo para crecer, mejorar, consolidar conocimientos y contar con mejores oportunidades en la vida. Ésta no debe faltar en las cárceles, y debe tener un plan educativo acorde a la situación de estar en prisión; sin embargo, cuando no se cuentan con los instrumentos pedagógicos y dinámicos esta finalidad no puede ser llevada a cabo de manera efectiva y, por lo tanto, los resultados obtenidos no demuestran el cambio pretendido. Si bien es cierto que en las cárceles se han desarrollado talleres y programas que les permitan a las internas tener un desenvolvimiento económico una vez hayan finalizado su pena, no menos cierto es que estos talleres resultan deficientes por la falta de recursos asignados a las reclusiones para el desarrollo de los planes, programas y proyectos que impulsan el sistema progresivo.

 Colombia ha establecido en su constitución política principios, valores y derechos que constituyen el pilar y el fundamento de todo el ordenamiento jurídico, como lo son: la justicia, la convivencia, la dignidad humana y la paz; para poder hacer efectivo estos derechos se han creado medidas y acciones de control como, por ejemplo, la pena que constituye un mecanismo en poder del Estado que permite el normal funcionamiento de la sociedad. El principal fin de la pena consagrado en los Artículos 9 y 10 de la Ley 65 de 1993 es el de la resocialización, que podemos definirlo como: “La capacidad de un individuo para anticiparse a la aparición de un problema socialmente relevante, basado en el diálogo y una práctica social, profesional, científica y comunitaria orientada a generar cambios culturales que produzcan nuevas actitudes y estilos de vida, y que a su vez le permitan al individuo un reintegro a la sociedad.” Al interior de las cárceles deben existir tratamientos penitenciarios enfocados a desarrollar actividades educativas, instructivas, laborales, recreativas, deportivas, de actividad cultural y de relaciones de familia que tienen como “objetivo preparar al condenado, mediante su resocialización para la vida en libertad”.

Resocialización y empleo

En La Badea, la cárcel de mujeres de Pereira, 380 mujeres recluidas participan de algún proyecto de estudio o trabajo. La mujer que inauguró los programas de resocialización en ese penal quedó en libertad hace poco tras pagar 10 años de cárcel por homicidio. Después de estudiar en la cárcel Técnica de Confección (con apoyo del Sena) y Regencia de Farmacia, fue contratada casi de inmediato por una empresa de confección de prendas de vestir. Ello permitió que ahora esta mujer pueda responder económicamente por sus tres hijos.

Es así como en estos momentos, y gracias al programa de resocialización desarrollado en La Badea, siete empresas privadas contratan a las internas de ese establecimiento para la confección de ropa y ellas, por su parte, pidieron ampliar las jornadas de trabajo hasta las 11:00 p.m. para cumplir a tiempo con los pedidos.

En 1986, el Servicio Penitenciario Federal y la Universidad de Buenos Aires firmaron un convenio a través del cual se creó el Programa UBA XXII, que tiene como objetivo brindar educación universitaria en las cárceles. Su núcleo funciona en el Centro Universitario Devoto (CUD), un anexo de la UBA en la ex Unidad 2 de Villa Devoto. Pero también tiene presencia en las cárceles federales de Ezeiza y Marcos Paz.

En el marco del programa los presos pueden estudiar las carreras de Contador Público, Derecho, Letras, Psicología, Sociología. También hay talleres y actividades educativas complementarias.

"Otras universidades públicas brindan educación en cárceles pero con muchos más límites por parte de los servicios penitenciarios y en la mayoría la modalidad es semi presencial o directamente libre", explica Leandro Halperín, ex director del Programa UBA XXII.

La educación y la baja de la reincidencia

Un estudio realizado por la Facultad de Derecho de la UBA y la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) reveló que de los 132 egresados que tenía el Programa en 2013, un 84 % "no volvió a ser encontrado culpable de cometer nuevos hechos ilícitos". Es decir que, según destaca el informe, "8 de cada 10 graduados del Programa no han vuelto a ser condenados". El estudio es parte de una serie de relevamientos que ambas instituciones están llevando a cabo para medir el impacto de la educación en contextos de encierro.

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