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Administración de negocios pymes

OTAKUTRONDocumentos de Investigación23 de Agosto de 2021

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Universidad Autónoma Metropolitana

Unidad Xochimilco

Repaso de Contabilidad

Dra. Patricia M. Dorantes Hernández

Contabilidad 1.

1. La contaduría pública

2. Estudio de los elementos básicos de los estados financieros (NIF A- 3 y

NIF A-5)

3. La cuenta y registro de operaciones con base en la técnica de partida

doble

4. Esquema básico de la normatividad contable. (Local)

INTRODUCCIÓN

La Contabilidad es una actividad indispensable para que los negocios se desarrollen de una forma sana, controlada y ordenada. Se debe considerar que el estudio de la contaduría busca formar en los alumnos que la cursan, profesionales que desarrollen capacidades y habilidades que les permitan brindar un servicio de calidad, a la par que mantienen un alto nivel de ética profesional, siendo protagonistas de la sociedad en que se desenvuelven debido al criterio que demuestran para hacer frente a la responsabilidad que se demanda de ellos. Hay que recordar que el Licenciado en Contaduría es el responsable de procesar la información financiera de las organizaciones, está obligado a ser capaz de determinar la vía más adecuada para que la empresa se allegue de recursos y debe tener la capacidad para determinar la mejor forma de utilizar los mismos con miras a incrementar la ganancia obtenida

De acuerdo con lo expuesto, en cada uno de los temas que se abordan se procurará, no sólo crear en ti un interés por la parte técnica y teórica de la profesión, sobre todo por tratarse de la asignatura de primer contacto y que fundamenta las bases para el conocimiento que se desarrollará en futuros semestres sino que el objetivo es, proporcionarte un material que te oriente hacia la fundamentación sólida de los conocimientos que serán la base de tu desarrollo como profesional de la contaduría.

Concepto (NIF A-1) Sobre el concepto de contabilidad, el párrafo tercero de la NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera, dice:

Objetivos

1.2.2.1 Controlar Utilizar la contabilidad financiera para informar sobre el uso correcto de los bienes y recursos de la empresa, tomando como instrumento el control interno.

1.2.2.2 Informar

Producir y comunicar información financiera comprensible, útil y confiable que sirva de base en la toma de decisiones. Proporcionar información útil para los actuales y posibles inversionistas, así como para otros usuarios que han de tomar decisiones racionales de inversión y crédito, por ejemplo, de acuerdo con los métodos de análisis para interpretar solvencia, liquidez, rentabilidad y eficiencia de las operaciones en las entidades, los accionistas decidirán reinvertir sus dividendos o retirarlos.

1.3.1 Concepto (NIF A-1)

El párrafo 4 de la NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera, dice:

La información financiera que emana de la contabilidad es información cuantitativa, expresada en unidades monetarias, y descriptiva, que muestra la posición y el desempeño financiero de una entidad cuyo objetivo esencial es ser útil al usuario general en la toma de sus decisiones económicas.

La información financiera es consecuencia, principalmente, de las necesidades del usuario en general, quien, a su vez, depende significativamente de la naturaleza de las actividades y las decisiones con las que se relaciona con la entidad.

1.3.2 Objetivo

La información financiera se trata de proporcionar información útil que permita la toma de decisiones por parte de una amplia gama de usuarios, tanto internos como externos, interesados en la entidad económica.

Para que la información financiera sea útil, debe ser:

Confiable

Por esta característica, el usuario acepta y utiliza la información para tomar decisiones.

Relevante

La información debe ejercer influencia sobre las decisiones económicas de quienes la emplean. Asimismo, debe ayudarles a elaborar predicciones sobre las consecuencias de acontecimientos pasados, en la confirmación o modificación de expectativas.

Comprensible

La información debe ser fácilmente entendible para los usuarios.

Las personas que reciben la información financiera se denominan usuarios de la información. El tipo de información que un usuario determinado necesita depende de los tipos de decisiones que debe tomar; por ejemplo, los gerentes necesitan información detallada sobre los costos diarios de operación, a fin de controlar las operaciones de un negocio y colocar precios de venta razonables. Los usuarios externos, por otra parte, generalmente necesitan información resumida en relación con los recursos disponibles y la información sobre los resultados de la operación durante el año anterior para utilizarla en la toma de decisiones, el cálculo de los impuestos o tomar decisiones regulatorias.

1.3.3 Ciclo financiero para la generación de la información

Informar acerca de los recursos económicos de una empresa y los derechos sobre los efectos de las transacciones y acontecimientos que cambien esos recursos, por ejemplo, cuando se vende a crédito u

producto terminado, se origina un ciclo económico en virtud de que esa cuenta por cobrar (cliente, documentos por cobrar), al cobrarse, produce un recurso en efectivo o en bienes.

1.3.4 Marco jurídico que lo sustenta

1.3.4.1 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos El artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el fundamento legal que da origen a la necesidad de controlar a quienes, con título y cédula profesional, ejercen la Contaduría Pública. El artículo citado establece, entre otras disposiciones, que a ninguna persona se le impedirá practicar la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siempre y cuando sean lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá frenarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de terceros o por resolución gubernamental. Asimismo, la ley determinará en cada estado cuáles son las profesiones que necesitan título para ser desempeñadas, condiciones para obtenerlo y autoridades que lo pueden expedir.

1.3.4.2 Código de Comercio

El Código de Comercio proporciona la normatividad a la que deben apegarse todos los comerciantes en relación con su contabilidad, ya que menciona que están obligados a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado, pudiéndose llevar mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procedimientos que mejor sea para ellos satisfaciendo los siguientes requisitos mínimos:

  • Que identifique las operaciones individuales y sus características, además de poder comprobar dichas operaciones con los documentos originales.
  • Seguir el rastro de las operaciones individuales a las acumulaciones.
  • Preparar estados que incluyan la información financiera del negocio.
  • Incluir sistemas de control y verificación internos que ayuden a impedir la omisión del registro de operaciones, para correcciones del registro contable y para la corrección de las cifras que resulten.  Además de lo anterior, el Código de Comercio también pide que el sistema de registro que se lleve deberá estar encuadernado, empastado y foliado el libro mayor y en caso de personas morales, los libros de actas. Estos registros deben ser llevados en idioma español, aunque el comerciante sea extranjero. Se deben conservar por lo menos diez años los comprobantes originales de las operaciones, para que puedan relacionarse con dichas operaciones y con su registro.  
  • 1.3.4.3 Ley General de Sociedades Mercantiles  Para considerar una sociedad con personalidad jurídica propia debe estar registrada en el registro Público de Comercio, esta Ley, LGSM, está a cargo de la regulación las sociedades mercantiles; en el artículo 43 de la LGSM se obliga presentar información financiera semestralmente los cuales debe contener lo siguiente:
  • Principales políticas y criterios contables que se aplicaron durante el ejercicio para la preparación de sus estados financieros.
  • Un estado que señale situación financiera de la entidad.
  • Un estado financiero que muestre los resultados de operación  debidamente explicados.
  • Un estado que señale los principales cambios en la situación  financiera.
  • La notas a los estados financieros que informen completamente de  rubros con partidas no detalladas.

1.3.4.4 Código Fiscal de la Federación: ISR, IETU, IVA

El Código Fiscal de la Federación menciona, en el artículo 28, que las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad deberán seguir los lineamientos que marca el reglamento de este código: que los sistemas y registros contables deberán llevarse mediante instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor convenga a las características particulares de la actividad de cada contribuyente, satisfaciendo como mínimo los requisitos que permitan identificar cada operación, acto o actividad y sus características, identificar las inversiones realizadas relacionándolas con la documentación comprobatoria, relacionar cada operación, acto o actividad con los saldos que den como resultado las cifras finales de las cuentas, formular estados de posición financiera, relacionar estos estados con las cuentas de cada operación, asegurar el registro total de las operaciones, actos o actividades asentándolas correctamente y verificándolas mediante los sistemas de control interno, identificar las contribuciones que se deben pagar o devolver, comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos al otorgamiento de estímulos fiscales, etcétera. Lo anterior es sin perjuicio de llevar una doble contabilidad, por el contrario, el código fiscal es muy explícito al respecto, pues además, señala la necesidad de contar con comprobantes y registros electrónicos.

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