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Análisis Y Comentarios Al Nuevo Régimen De Incorporación Fiscal


Enviado por   •  16 de Octubre de 2014  •  8.185 Palabras (33 Páginas)  •  196 Visitas

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Análisis y Comentarios al nuevo Régimen de Incorporación Fiscal

A través del Régimen de Incorporación se pretende que las personas físicas con actividades empresariales realicen su actividad en un esquema que les permita cumplir fácilmente con sus obligaciones tributarias. La participación en el Régimen de Incorporación traerá aparejado el acceso a servicios de seguridad social. De esta forma, se creará un punto de entrada para los negocios a la formalidad, tanto en el ámbito fiscal como en el de la seguridad social.

Fuente: Exposición de Motivos de la Iniciativa de Ley de Impuesto Sobre la Renta para 2014

El REPECO se diseñó como un esquema simplificado para las personas físicas con ingresos anuales de hasta 2 millones de pesos. Los contribuyentes que participaban en él estaban exentos de conservar comprobantes de sus proveedores y de emitir facturas por sus ingresos. Por lo anterior, permitía que se rompiera la cadena de comprobación fiscal. Dicha situación ha generado espacios para la evasión y la elusión fiscales, los cuales han sido aprovechados por algunos contribuyentes que indebidamente tributan como REPECOS, cuando en realidad la escala de sus operaciones es considerable, o por contribuyentes del régimen general que interactúan con REPECOS para aprovechar las menores obligaciones de comprobación fiscal y así reducir su pago de impuestos.

Fuente: Exposición de Motivos de la Iniciativa de Ley de Impuesto Sobre la Renta para 2014

Una comparación de los esquemas aplicados a pequeños contribuyentes en distintos países refleja que el límite de 2 millones de pesos es muy amplio, lo que fomenta el enanismo fiscal al ser aprovechado por unidades económicas con mayor capacidad contributiva.

Fuente: Exposición de Motivos de la Iniciativa de Ley de Impuesto Sobre la Renta para 2014

Para simplificar y promover la formalidad de las personas físicas que realizan actividades empresariales, se propone sustituir el Régimen Intermedio y el REPECO por un Régimen de Incorporación que prepare a las personas físicas para ingresar al régimen general con las siguientes características:

Fuente: Exposición de Motivos de la Iniciativa de Ley de Impuesto Sobre la Renta para 2014

En la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta para el Ejercicio Fiscal 2014 se eliminan las secciones II y III del Capítulo II del Título IV (Régimen Intermedio y Régimen de Pequeños Contribuyentes) y se crea una nueva Sección II que dispone las Reglas para el Nuevo Régimen de Incorporación Fiscal.

Es importante destacar que este Régimen de Incorporación Fiscal, no pretende ser un régimen de beneficios para un sector determinado de contribuyentes que se encuentran enmarcados por la informalidad, como ha sucedido en los últimos 35 años desde las Bases Especiales de Tributación hasta el Pequeño Contribuyente.

Por el contrario este Régimen de Incorporación Fiscal establece un esquema en total formalidad en el que los ex-repecos y ex-intermedios así como los nuevos contribuyentes que inicien actividades, utilizarán este esquema como una transición que les permita aprender a cumplir sus obligaciones fiscales de manera integral cuidando aspectos de comprobación, orden y reconocimiento de ingresos así como requisitos sustantivos y adjetivos de las deducciones.

El beneficio de la reducción en el Impuesto Sobre la Renta que se propone de forma decreciente durante 10 años, permitirá a quienes ejerzan la opción de tributar en este régimen aprender cometiendo errores, incluso de carácter administrativo que serán en principio cubiertos por esta reducción de Impuesto Sobre la Renta sin que su carga fiscal se vea incrementada. Sin embargo, con el paso del tiempo, estos contribuyentes deberán aplicar las reglas fiscales de forma tal que junto con un orden administrativo, les permita determinar el Impuesto Sobre la Renta que les corresponda sin pagar el precio de no tener experiencia en el mundo formal de las empresas.

También es importante observar, que si bien la intención de esta transición es propicia para aquel que no conoce de reglas fiscales y requiere tiempo para el aprendizaje, hay que notar que muchas de las reglas contenidas en este nuevo régimen son confusas o poco claras.

En el corto plazo no consideramos que este Régimen de Incorporación Fiscal motive a más personas a convertirse en contribuyentes, dada la complejidad y el costo que la formalidad implica. A pesar de esto, dado que ya no existe un régimen para “enanitos fiscales” los contribuyentes que inicien actividades empresariales que permite alojar el Régimen de Incorporación, aportarán en el largo plazo, cantidades mayores a la recaudación que las cantidades que hoy aporta el Régimen de Pequeños Contribuyentes.

Por lo que respecta a la desaparición del Régimen Intermedio, quizá sea un acierto por parte del Ejecutivo ya que este Régimen tenía la misma carga fiscal (excepto por la posibilidad de deducciones inmediatas) que el Régimen General pero sin las obligaciones formales de la contabilidad ya que permitía la contabilidad simplificada, beneficio que también se encontraba en el REPECO. Definir un ambiente con menos opciones cuando en algunos casos las que existían eran muy parecidas entre sí, ciertamente simplifica nuestra legislación y sistema tributario.

Los contribuyentes que tributaban en el Régimen intermedio no deben resentir una mayor carga fiscal aunque si tendrán que adaptarse a una formalidad contable y administrativa para poder cumplir las obligaciones que en materia de contabilidad existe en el Régimen General.

LISR - Título IV – Capítulo II – Sección II

Régimen de Incorporación Fiscal

Artículo 111

Sujetos beneficiados

El régimen de incorporación fiscal es opcional y los contribuyentes que podrán optar por pagar el ISR en los términos establecidos en esta Sección serán:

Personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional.

Siempre que los ingresos propios obtenidos de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos.

Limitaciones

Pueden

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