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Arrendamiento Financiero


Enviado por   •  23 de Enero de 2015  •  2.231 Palabras (9 Páginas)  •  245 Visitas

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Arrendamiento financiero

Introducción

El arrendamiento financiero (leasing) es un contrato de alquiler donde un arrendador (persona u entidad) cede el uso de un bien inmovilizado a un arrendatario, quién tendrá la obligación de realizar un pago único o una serie de pagos constantes al arrendador hasta la finalización del contrato, momento en el cual tendrá la opción de compra del bien arrendado.

Ejemplo

Autor: Centro de Estudios Financieros (CEF)

Plan General Contable (PGC)

El tratamiento contable del arrendamiento financiero está descrito en la Norma de valoración 8.ª del PGC, la cual señala que se entiende por arrendamiento, a efectos de esta norma, cualquier acuerdo, con independencia de su instrumentación jurídica, por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo (bien inmovilizado) durante un periodo de tiempo determinado, con independencia de que el arrendador quede obligado a prestar servicios en relación con la explotación o mantenimiento de dicho activo.

La calificación de los contratos como arrendamientos financieros u operativos depende de las circunstancias de cada una de las partes del contrato por lo que podrán ser calificados de forma diferente por el arrendatario y el arrendador.

¿Cuándo se califica un contrato como arrendamiento financiero?

El PGC dice que cuando de las condiciones económicas de un acuerdo de arrendamiento, se deduzca que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato, dicho acuerdo deberá calificarse como arrendamiento financiero, y se registrará según los términos establecidos en los apartados siguientes.

Además específica que:

• Si existe opción de compra, se presumirá que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad, cuando no existan dudas razonables de que se va a ejercitar dicha opción.

• Incluso si no existe opción de compra, también se presumirá, salvo prueba en contrario, dicha transferencia, entre otros, en los siguientes casos:

1. Contratos de arrendamiento en los que la propiedad del activo se transfiere, o de sus condiciones se deduzca que se va a transferir, al arrendatario al finalizar el plazo del arrendamiento.

2. Contratos en los que el plazo del arrendamiento coincida o cubra la mayor parte de la vida económica del activo, y siempre que de las condiciones pactadas se desprenda la racionalidad económica del mantenimiento de la cesión de uso. El plazo del arrendamiento es el periodo no revocable para el cual el arrendatario ha contratado el arrendamiento del activo, junto con cualquier periodo adicional en el que este tenga derecho a continuar con el arrendamiento, con o sin pago adicional, siempre que al inicio del arrendamiento se tenga la certeza razonable de que el arrendatario ejercitará tal opción.

3. En aquellos casos en los que, al comienzo del arrendamiento, el valor actual de los pagos mínimos acordados por el arrendamiento suponga la práctica totalidad del valor razonable del activo arrendado.

4. Cuando las especiales características de los activos objeto del arrendamiento hacen que su utilidad quede restringida al arrendatario.

5. El arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y las pérdidas sufridas por el arrendador a causa de tal cancelación fueran asumidas por el arrendatario.

6. Los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual recaen sobre el arrendatario.

7. El arrendatario tiene la posibilidad de prorrogar el arrendamiento durante un segundo periodo, con unos pagos por arrendamiento que sean sustancialmente inferiores a los habituales del mercado.

¿Cómo lo contabiliza el arrendatario?

En el momento inicial, registrará un activo de acuerdo con su naturaleza, según se trate de un elemento del inmovilizado material o del intangible por:

El menor de los siguiente valores:

• valor razonable (valor de mercado) del activo arrendado y

• valor actual de los pagos mínimos acordados

+ los gastos directos iniciales de la operación

Arrendamiento financiero Ejemplo

Arrendamiento financiero

Condiciones del contrato:

• Fecha de formalización 1.1.20X5

• Bien objeto del contrato: Vehículo

• Valor razonable: 30.000 euros

• Arrendamiento: 3 cuotas prepagables de 8.057,48

• Opción de compra: Igual importe a las cuotas

• Gastos de formalización y apertura: 500 euros

• Vida del bien: 8 años

• Tipo de interés de la operación: 5% anual

ANEXO AL CONTRATO

Fecha Capital vivo Intereses Recuperación Pago Capital vivo

1.1.20X5 30.000,00 0,00 8.057,48 8.057,48 21.942,52

1.1.20X6 21.942,52 1.097,13 6.960,35 8.057,48 14.982,17

1.1.20X7 14.982,17 749,11 7.308,37 8.057,48 7.673,79

1.1.20X8 7.673,79 383,69 7.673,79 8.057,48 0,00

2.229,92 30.000,00 32.229,92

Se pide : Comentarios y contabilidad de la operación anterior así como cuadro de los ajustes fiscales si el coeficiente máximo de amortización según tablas es del 15% y no estamos ante una empresa de reducida dimensión.

Solución

Se trata de un arrendamiento financiero porque no existen dudas razonables de que se ejercitará la opción de compra.

Se contabiliza por el menor de los siguientes más los gastos iniciales:

• Valor

...

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