Aspectos Legales De La Hotelería
Goomez11 de Septiembre de 2012
712 Palabras (3 Páginas)658 Visitas
ASPECTOS LEGALES DE LA HOTELERÍA
•ARTICULO 1.- LOS establecimientos comerciales que funcionan en el Territorio Provincial, que ofrezcan normalmente alojamiento en habitaciones amuebladas por períodos no menores al de una pernoctación, a personas que no constituyen su domicilio permanente en ellos, quedan sujetos a la presente Ley. •ARTICULO 2.- LOS establecimientos comprendidos en el Artículo anterior, además de las obligaciones que lesfije la autoridad de aplicación, deberán: •a) Inscribirse en el Registro Hotelero Provincial en el plazo que determine la Reglamentación pertinente. •b) Consignar en forma precisa y explícita la denominación, clase, categoría y número de inscripción en elRegistro Hotelero Provincial, en la publicidad, correspondencia, facturas y toda otra documentación o material depropaganda que utilicen. •c) Comunicar dentro de los diez (10) días de producida, cualquier alteración o modificación de sus característicaso servicios que varíe la categoría asignada. •ARTICULO 3.- LAS oficinas públicas no darán curso a ninguna solicitud, trámite pedido de crédito, etc. aestablecimientos comprendidos en el Artículo 1, que no exhiban la constancia de su inscripción en el Registro Hotelero Provincial. •ARTICULO 4.- EL establecimiento inscripto en el Registro Hotelero Provincial, deberá solicitar y exhibir lacategorización que le corresponde de acuerdo a lo determinado por la Reglamentación de la Presente Ley. •ARTICULO 5.- UNICAMENTE los establecimiento declarados "Alojamientos Turísticos" que decidan efectuarampliaciones o refacciones, podrán gozar de las franquicias impositivas, créditos y regímenes promocionales decarácter turístico establecidos o por establecerse y figurar en la promoción publicitaria turística oficial. •ARTICULO 6.- QUEDA expresamente prohibido: •a) El uso de la denominación "internacional" , "de lujo", "estrellas" y sus derivados, para todo tipo de establecimiento de alojamiento. •b) El uso de las denominaciones "hotel", "hostería", "motel", "bungalow" y "residencial", para todo establecimiento no inscripto en el Registro Hotelero Provincial. •c) El uso de las denominaciones "hotel", "motel", "hostería", "bungalow" y "residencial" para todos los establecimientos no declarados alojamientos turísticos. •Los establecimientos homologados podrán utilizar dichas denominaciones de acuerdo con la clasificación que les correspondiere. •ARTICULO 7.- LOS "alojamientos turísticos", además de cumplir con lo dispuesto en el Artículo 2, • b) deberán exhibir en la entrada principal y como complemento del nombre del establecimiento, la clase y la categoría asignada. •ARTICULO 8.- TODA infracción a las disposiciones de la presente Ley será sancionada con multa de hasta elimporte equivalente a cien (100) días de alojamiento, además de apercibimiento, inhabilitación, revocación ocaducidad de autorizaciones administrativas otorgadas y clausura. •ARTICULO 9.- TODA resolución sancionatoria será de cumplimiento obligatorio e inmediato una vez practicadaslas notificaciones pertinentes. Si la resolución fuese revocada se le devolverá su importe, el que será actualizadosegún el índice de desvalorizarición para el consumidor nivel general o el que lo sustituya y un interés puro del6% anual a contar desde la fecha en que fue depositado el monto de la multa. •Las sanciones impuestas serán apelables ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboralcon jurisdicción en la Circunscripción Judicial donde tenga su asiento el alojamiento turístico. La apelación deberáfundarse e interponerse ante la autoridad de aplicación que dictó la sanción dentro de los cinco días denotificada. Llegado el expediente al Juzgado correspondiente , si no se decretare
...