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BASILEA SUS IMPLICACIONES Y SU TRANSFORMACIÓN HACIA LA ARQUITECTURA FINANCIERA INTERNACIONAL


Enviado por   •  2 de Mayo de 2017  •  Ensayos  •  1.546 Palabras (7 Páginas)  •  202 Visitas

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BASILEA SUS IMPLICACIONES Y SU TRANSFORMACIÓN HACIA LA ARQUITECTURA FINANCIERA INTERNACIONAL

El comité de Basilea ha dirigido su enfoque a cinco frentes que son: el capital adecuado que hace referencia a el trabajo para afinar las herramientas de medición de capital requerido para los bancos según lo riesgos de sus operaciones; el segundo frente fue debido a las crisis financieras ocurridas en la segunda mitad de la década que amenazaron la estabilidad del sistema financiero internacional por lo que desarrollaron los principios fundamentales para la supervisión bancaria efectiva, estos principios sin integrales en su cobertura y representan los requerimientos que facilitan las condiciones para lograr un régimen de supervisión bancaria; respecto a los últimos tres frentes se da una relación de: principios para la administración, en 1999 se desarrollaron los estudios y recomendaciones sobre el control de riesgos de créditos y actividades de titularización de activos y en 2000 profieren una serie de documentos relacionados al riesgo operacional en la determinación del capital adecuado; otros tópicos relevantes, son contabilidad y auditoría, transparencia y revelación de información así como lavado de activos y financiamiento de actividades terroristas, es por esto que en punto a las consecuencias de los hechos terroristas del 11 de Noviembre y del incremento de las actividades de lavado de activos, el Comité ha proferido Principios y guías al respecto, así como en las áreas de contabilidad y auditoría, transparencia y revelación. 

Dada la creciente interrelación tanto a nivel local como internacional de la  actividad de los bancos, las entidades aseguradoras y las de valores, se consideró oportuna la creación del “Joint Forum” en 1996 con el objeto de analizar los asuntos relacionados con tales sectores así como los retos de la regulación y supervisión de los conglomerados financieros.

Este conglomerado financiero es definido por la ley de bancos, como el conjunto de sociedades con la característica de que más de un 50% de los capitales accionarios es propiedad de una sociedad controladora, que a su vez forma parte de un conglomerado, éste  se encuentra sujeto a la supervisión consolidada de la superintendencia del sistema financiero y las aprobaciones y requisitos fijados en la Ley de bancos. El conglomerado lo pueden integrar un banco constituido en un país y una o más entidades de sector financiero (sociedades de seguros, casas de corredores de bolsa, emisoras de tarjetas de crédito) también puede ser constituidas por sociedades controladoras constituidas en el extranjero que operen en el mercado o entidades del sector financiero similares a las descritas en el párrafo anterior, que estén debidamente reguladas y supervisadas en sus respectivos países.

Por otro lado la nueva arquitectura financiera al evidenciar  las crisis financieras en la última década que son cada vez más predecibles tomaron como objetivo regular a nivel internacional y en países de origen de los flujos de capital los mercados internacionales; además de predecir, prevenir y gestionar mejor las crisis financieras de las economías emergentes; algunos de los gobiernos de los principales países del G7 han hecho propuestas relacionados a FMI, banco mundial, creación de “zonas objetivo” para tipos de cambio de dólar estadounidense, yen japonés y marco alemán.

Las propuestas consisten en:

  1. Inversiones en cartera y productos derivados Donde Griffith-Jones economista especializada en finanzas internacionales y desarrollo ha señalado que es preciso tener una regulación de flujos en inversión de cartera y uso de productos derivados lo cual es una posibilidad en el sentido que se podrían establecer requisitos de reserva de metálico y en cuanto a los productos derivados, se ha sugerido a los bancos que emiten los productos estén sujetos a coeficientes de reserva específicos.

  1. Reforma del FMI, Blecker habla de más eficacia si se regionaliza, la propuesta japonesa de 1997de la creación de un fondo monetario asiático no carece sentido aunque fue desechada por Washington; son imprescindibles cambios en la gestión y políticas del FMI
  • Debería aumentar el control de las actividades del fondo por los gobiernos a los que el organismo debería rendir más cuentas
  • Debería hacer que los programas de ajuste y rescate correspondan más con las necesidades particulares de cada país
  • Tender a promover la prosperidad y la equidad, en lugar de solo la estricta estabilidad macroeconómica
  • Los fondos podrían aumentar si este pudiese recurrir a mercados privados de capital

Eichengreen argumenta que el FMI debería hacer préstamos con cargo a los atrasos y obligar a los acreedores sentarse a negociar una reestructuración de la deuda, abstenerse en las contrapartidas de intentar modificar aspectos con las estrategias e instituciones económicas y sociales de un país

Para Summers debería renunciar al otorgamiento de capitales a largo plazo, reformar sus créditos a corto plazo y, en caso de crisis, coordinar el empleo de sus propios recursos con un peso cada vez mayor del sector privado, debería centrar sus esfuerzos en la estabilidad financiera internacional y el fomento y la supervisión de los flujos internacionales de capital

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