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CALIDAD DEL COMERCIANTE


Enviado por   •  10 de Julio de 2014  •  543 Palabras (3 Páginas)  •  1.129 Visitas

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CALIDAD DEL COMERCIANTE

¿QUIEN ES COMERCIANTE?

El artículo 10 del Código de Comercio dispone: "Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la Ley considera mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona". Por su parte, el artículo 20 del mismo estatuto, enumera una serie de actos que la ley califica como mercantiles, sin la pretensión de agotar el tema, dado que expresamente el artículo 24, le da un alcance simplemente declarativo y no limitativo, a la enumeración de actividades mercantiles que trae el artículo 20.

Obtenida la calidad de comerciante, es aplicable a estas personas el estatuto mercantil por ello el artículo 19 del Código de Comercio, reza en sus dos primeros numerales: "Es obligación de todo comerciante: 1: Matricularse en el Registro Mercantil; 2: Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad (...)".

¿COMO SE ADQUIERE LA CALIDAD DE COMERCIANTE?

Con fundamento en lo comentado es claro que la calidad de comerciante, ya sea persona natural o jurídica, se adquiere por el ejercicio regular y profesional de actividades consideradas mercantiles y una vez obtenida tal calidad, es obligación del comerciante matricularse en el registro mercantil, a fin de hacer oponible su condición a terceras personas y matricular uno o más establecimientos de comercio a través de los cuales desarrollará su actividad.

El gobierno nacional ha delegado en las Cámaras de Comercio el manejo del registro mercantil y le corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio, impartir las instrucciones para el perfeccionamiento de esta institución, conforme lo señala el artículo 27 del Código de Comercio.

Atendiendo lo establecido en la ley y a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, al momento de recibir la documentación, que la persona interesada aporte para solicitar su matricula mercantil ante el respectivo registro mercantil, la cámara de comercio tiene la facultad de exigir al solicitante que acredite sumariamente los datos indicados en la solicitud, conforme lo señala el articulo 36 del Código de Comercio.

SANCIÓN POR FALSEDAD EN LOS DATOS SUMINISTRADOS AL REGISTRO MERCANTIL

En el evento de evidenciarse la existencia de datos falsos aportados al Registro Público Mercantil, las Cámaras de Comercio deben poner en conocimiento la presunta comisión de los hechos punibles ante las autoridades penales competentes, de acuerdo con la previsión legal del artículo 38 del Código de Comercio que dice:

"Artículo 38. La falsedad en los datos que se suministren al registro mercantil

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