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CONTRIBUCIONES Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

aMARROQUINEnsayo23 de Febrero de 2016

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INDICE

1 La actividad financiera del estado------------------------------------------------------------------3

  1. Las finanzas públicas------------------------------------------------------------------------------3
  2. El derecho tributario -------------------------------------------------------------------------------4
  3. Prohibición de los estados-------------------------------------------------------------------------5
  4. Facultades concurrentes de los estados----------------------------------------------------------6
  5. La hacienda municipal-----------------------------------------------------------------------------6
  6. Sistema de coordinación fiscal-------------------------------------------------------------------7
  7. Limite a la potestad tributaria--------------------------------------------------------------------8
  8. Características de las contribuciones------------------------------------------------------------8
  9. Clasificación de los contribuyentes--------------------------------------------------------------9
  10. Los impuestos ----------------------------------------------------------------------------------9
  11. Clasificación de los impuestos -------------------------------------------------------------10
  12. Efectos de la tributación---------------------------------------------------------------------11
  1. Normas tributarias--------------------------------------------------------------------------------11
  2. La relación Jurídica tributaria ------------------------------------------------------------------12
  3. Créditos fiscales-----------------------------------------------------------------------------------13
  1. La determinación fiscal--------------------------------------------------------------------------13
  2. Privilegios del crédito fiscal---------------------------------------------------------------------14
  1. Sujetos de la relación jurídica-tributaria-------------------------------------------------------15
  2. Existencia de las obligaciones------------------------------------------------------------------16
  3. La exención tributaria ---------------------------------------------------------------------------18
  4. Bibliografía----------------------------------------------------------------------------------------19

1  LA ACTIVIDAD  FINANCIERA DEL ESTADO

1.1  LA FINANZAS PÚBLICAS

El estado requiere de  los medios económicos que el permitan su realización. La idea del ¨bien común¨ no se puede alcanzar sin los fondos necesarios para efectuar sus actividades. Toda ello implica el gran número de recursos que requiere el Estado para cubrir sus necesidades.

La palabra finanzas se deriva de la voz latina finer, que significa ¨terminar, pagar¨ Así, el concepto de finanzas hace referencia a todo lo relativo a pagar, y relación no solo el acto de terminar con deuda, de pagar, sino también la forma de manejar  aquello  con que se page  y la manera que se obtuvo, a fin de estar en posibilidad de lograr el finiquito.

El estado obtiene sus recursos por muy diversos medio, como la explotación de sus propios bienes y el manejo de sus empresas, así como por ejercicio de su poder de imperio, con base en el cual establece las contribuciones que los particulares deberán aportar para los gastos públicos.

El manejo de los recursos que obtiene el estado se efectúa mediante los diferentes órganos que integran la administración pública, centralizada y paraestatal, siempre sujetos a las disposiciones que regulan la legalidad de su actuación.

Las finanzas públicas  como materia de estudio, han dado lugar a una serie, de conceptos, principios e instituciones relativos a los fenómenos de obtención, manejo y aplicación de los recursos económicos con que cuenta el estado para la realización de sus fines. Estos conocimientos se estructuran sistemáticamente en una ciencia, la cual se denomina ciencia de las finanzas o ciencia de la hacienda.

El termino fiscal proviene de la voz latina fisco, tesoro del emperador, el que las provincias pagaban el tributum que les era impuestos, a su vez la palabra fisco se deriva de fiscus nombre con el cual inicialmente se conocía la cesta que servía de recipiente en la recolección de los higos y que también utilizaban los recaudadores para recolectar el tributum de aquí todo tipo de ingresos que se recibía en el fisco tenía el carácter de ingreso fiscal.

Si partimos del origen etimológico de la palabra, tenemos que incluir que, en efecto la fiscal se refiere a todo tipo de ingresos, es decir, a todo lo que ingresa en el fisco ¨fiscus¨ o ¨erario¨ cómo también se le conoce debido a que finalmente la hacienda del estado se formó con dos tesoros, el del empresarial (fisco) y el del Pueblo (erario).

1.2  EL DERECHO TRIBUTARIO

El derecho tributario, diremos es el conjunto de las normas jurídicas que se refieren  a los tributos. La ciencia del derecho tributario por objeto el conocimiento de esas normas y principios, la planeación así el contenido del derecho financiero, del derecho fiscal  y del derecho tributario. En el art. 73 frac. XXIX otorga al congreso de la unión potestad tributaria exclusiva en las siguientes materias:

  1. Sobre el comercio exterior
  2. Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales
  3. Sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros
  4. Sobre servicios públicos concesionarios o explotación directamente por la federación
  5. Especiales:
  1.  Energía Eléctrica
  2. Producción y consumo de tabaco  labrados
  3. Gasolina y otros productos derivados del petróleo
  4. Cerillos y fósforos
  5. Aguamiel y productos de su fermentación
  6. Explotación  forestal
  7. Producción y consumo de cervezas

1.3 PROHIBICION PARA LOS ESTADOS

Ademes de la exclusividad de la federación en algunas materias, existen otras expresamente  prohibidas  a los  estados, de  acuerdo  con los art. 117 y 118  que dice el art. 117 en sus fracciones:

III. Acuñar  moneda, emitir papel moneda, estampillas, ni papel sellado

IV Gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesan por su territorio.

V. Prohibir ni gravar, directos ni indirectamente, la entrada a su territorio, ni la salida de el           a ningún mercancía nacional o extranjera.

VI. Gravar la circulación, ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros; con impuestos o derechos cuya exacción se efectué por aduanas.

VII. Expedir ni mantener en vigor  o disposiciones fiscales que importen diferencias de impuestos o requisitos por razón de la procedencia de mercancías nacionales y extranjeras.

VIII. Contraer indirectamente obligaciones o empréstitos con gobiernos de las naciones, con sociedades o particulares extranjeros.

1.4 FACULTADES CONCURRENTES CON LOS ESTADOS

Las facultades concurrentes de la federación en materia tributaria se originan en aquellas fuentes que pueden ser gravadas tanto por esta como por los estados. En el art. 73 fracciones VII del congreso de la unión constitucional establecen que las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto federal en aquellas materias que no le son exclusivas y que ejercen también los estados miembros.

El punto de partida de la potestad tributaria de los estados se encuentra en el artículo 40, al establecer la existencia de estos entes, que son materia de la voluntad del pueblo mexicano, al decidir constituirse en una república, representativa, democrática, federal, compuesto por estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley.

1.5 LA HACIENDA MUNICIPAL

El desarrollo del municipio mexicano, desde 1917 a la fecha, demuestra que su situación financiera deja mucho que desear, ya que aun cuando el congreso constituyente de 1917 debatió largamente su autonomía financiera, se aprobó un texto que casi miden satisface ya que las prolongadas sesiones y los numerosos asuntos tratados a través de enconados debates, habían acabado por agotar la resistencia física de los representantes.

Dentro de la ley de ingresos no podrán incorporarse montos de en adeudamiento  supriores a lo que haya aprobado previamente  el congreso de la unión para el financiamiento del presupuesto de egresos.

Ala asamblea legislativa también le compete formular anualmente su proyecto de presupuesto y enviarla oportunamente al jefe de gobierno del distrito federal para que este incluya en su iniciativa.

1.6  SISTEMA DE COORDINACION FISCAL (LEY DE COORDINACION FISCAL)

Con el propósito de solucionar los problemas en materia de potestad y competencia tributaria entre federación, estados y municipios a fin de fortalecer el pacto federal, se realizaron tres convenciones nacionales fiscales y gran número de reuniones nacionales de funcionarios fiscales estatales y federales siempre procurando la coordinación entre la federación y las entidades federativas en materia fiscal.

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