Obligación Tributaria
28078520 de Julio de 2014
5.787 Palabras (24 Páginas)593 Visitas
DEFINICION DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA.
La obligación tributaria ha sido definida por Emilio Margain como el vínculo jurídico en virtud del cual el estado, denominado sujeto activo exige a un deudor, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria excepcionalmente en especie. Por su parte de la Garza sostiene que de la realización del presupuesto legal conocido como hecho imponible, surge una relación jurídica que tiene la naturaleza de una obligación, en cuyos extremos se encuentran los elementos personales: un acreedor y un deudor y en el centro un contenido que es la prestación del tributo.
La Obligación Tributaria Artículo 13 C.O.T: La obligación tributaria surge entre el Estado en lasdistintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuantoocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley.Constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento seasegure mediante garantía real o con privilegios especiales.
La obligación tributaria es el vínculo que se establece por ley entre el acreedor (el Estado) y el deudor tributario (las personas físicas o jurídicas) y cuyo objetivo es el cumplimiento de la prestación tributaria. Por tratarse de una obligación, puede ser exigida de manera coactiva.
La obligación tributaria, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.
En tanto, el concepto de obligación tributaria está compuesto por dos palabras, por un lado obligación que refiere a aquello que hay que realizar o que se está obligado a hacer. Y por su parte, tributaria, permite dar cuenta a todo aquello propio o relativo al tributo, que es la cantidad de dinero que un individuo le paga al estado para que éste afronte los gastos de la administración pública y lleve a cabo obras destinadas a mejorar el bien común.
Entonces, la obligación tributaria es el lazo que se estipula por ley entre un acreedor, en este caso el estado, y un deudor, que estará encarnado por las personas físicas o jurídicas y que tiene la misión de obligar al deudor a que abone el tributo correspondiente. Como consecuencia que la mencionada obligación está establecida por ley, su cumplimiento, por parte del ciudadano, puede ser exigido por el estado vía la amenaza de recibir una sanción sino se concreta satisfactoriamente.
Todas las obligaciones tributarias disponen de un plazo de pago, en tanto, si no se abona conforme ese día y se lo hace unos días después el individuo deberá pagar intereses punitorios.
Entre las sanciones pueden destacarse las multas, la inhabilitación y en los casos más extremos la prisión.
Cabe destacarse que todas las obligaciones tributarias abonadas por los ciudadanos y las empresas van directamente a las arcas económicas del estado y las mismas, como ya indicamos, serán utilizadas para afrontar los gastos estatales y para desarrollar obras públicas.
El contribuyente, de esta manera, tiene una obligación de pago a partir del vínculo jurídico. Gracias a los tributos, el Estado puede solventarse y desarrollar obras de bien público.
A través del pago de los impuestos, el contribuyente ayuda a desarrollar cada servicio que recibe ya que el Estado aprovecha (o debería aprovechar) los recursos que recauda a través de la obligación tributaria para invertir en su creación y puesta a disposición del pueblo. Esto es lo que se conoce con el nombre de contraprestación, ya que los ciudadanos entregan un porcentaje de sus ingresos para que el Estado satisfaga parte de sus necesidades, entre las cuales se encuentran los siguientes puntos, todos fundamentales para que un país pueda desarrollarse:
* el drenaje;
* el transporte público;
* la red de alcantarillado;
* la construcción y el mantenimiento de centros de salud;
* el cuerpo de bomberos;
* las obras de construcción y reparación de edificios y de la vía pública, lo cual incluye los caminos, túneles y puentes;
* diseño y puesta en marcha de proyectos y programas específicos para apoyar a los empresarios, tanto a los micro, como a los pequeños y medianos;
* entrega de subsidios de diversos tipos, imprescindibles para muchos emprendimientos educativos y laborales.
En caso que la persona incumpla con su obligación tributaria, el Estado puede proceder a castigarla según lo estipulado por la ley. El pago de una multa, la inhabilitación comercial o hasta el encarcelamiento son posibles sanciones.
Por lo general, la obligación tributaria tiene que abonarse antes de un plazo estipulado. Si un impuesto vence el día 5 de cada mes y el sujeto obligado no paga, a partir del 6 ya estará en falta. Es habitual que, si se subsana la obligación en los días siguientes, la persona pueda abonar un punitorio y evitar otras sanciones, entre las que se encuentran gastos de ejecución, cobro de recargos y la revisión por parte de las autoridades fiscales.
El incumplimiento de la obligación tributaria es muy común en muchos países y, dentro del ámbito comercial, suele asociarse a ciertos rubros en particular. Habiendo expuesto el uso que el Estado debería hacer del dinero recogido en la recaudación de impuestos, así como las consecuencias que puede acarrear la falta de pago, se vuelve evidente la presencia de otra variable para llevar a tantas personas a cometer esta falta.
Teoría de la contribución
Los Contribuyentes:
Son aquellos respecto del cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria , es toda persona física o natural y jurídica o moral obligada a cumplir y hacer cumplir los deberes formales según lo estableces las leyes tributarias del país, esto debe proveerse del número de Registro Nacional del Contribuyente (RNC) el cual le sirve como código de identificación en sus actividades fiscales y como control de la administración para dar seguimiento al cumplimiento de los derechos y deberes de éstos. La identificación de los contribuyentes ante la administración tributaria tiene que aparecer registrada en todos los materiales impresos que utilice el contribuyente, como son, papeles con membrete, facturas, cheques, órdenes de compra o pedido o cualquier otro tipo de formulario o documentación.
Contribución llamado tributo, denotación referida de acuerdo a la teoría de Java Jacobo Ruso establece por consenso la obligación debemos tomar en cuenta los siguientes principios:
• Generalidad
• Uniformidad
• Justicia Impositiva
• Seguridad Jurídica
• Legalidad Tributaria
• Capacidad Contributiva
Generalidad: se establece la facultad que tiene el estado de imponer toda la población la obligación de contribuir al gasto público.
Uniformidad: establece la educación de los objetos en su hecho generador establece en toda la contribución.
Justicia Impositiva: establece de acuerdo al entorno de proporcionalidad el reparto de las empresas públicas de acuerdo al derecho tributario los que tienen más pagan más.
Seguridad Jurídica: el tributo es uno de los instrumentos de mayor introducción directa en la esfera de la libertad y propiedades de los particulares por lo tanto debe asegurarse su legalidad y seguridad.
Legalidad Tributaria: impone entonces de acuerdo a la seguridad que ningún acto o resolución no sea conforme a la ley, esta no sea pérdida con anterioridad y todo lo que realiza esta formado y motivado.
Capacidad Contributiva: establece la responsabilidad económica de cada individuo de acuerdo a sus ingresos, la obligación de contribuir.
.Varias son las teorías que se han elaborado para fundamentar el derecho del
Estado para cobrar tributos; en México, tanto Ernesto Flores Zavala como Emilio
Margáin se han ocupado de revisar algunas de estas teorías, mismas que comentaremos en seguida.
TEORÍA DE LOS SERVICOS PUBLICOS.- esta teoría sostiene que el impuesto es el precio de los servicios prestados por el Estado a los particulares, si la consideramos como algo general y refiriéndose al conjunto de de gravámenes que pesan sobre un masa social, puede tener un elemento de verdad, porque considerados en esta forma, efectivamente los impuestos que son a cargo de un conglomerado van a servir principalmente, para pagar los servicios prestados por el estado a ese conglomerado social o bien servicios que han sido prestados a generaciones pasadas, o que se prestaran a generaciones futuras, como la construcción de puentes, puertos , carreteras, escuelas, etc., sin embargo se puede afirmar que esta teoría es inexacta por las siguientes razones:
1.- No toda actividad del estado es concretamente un servicio público, pues hay una serie de actividades del estado que no están encaminadas directamente a la prestación de servicios y estas actividades requieren también gastos que se cubren con el rendimiento de los impuestos.
2.- Hay una serie de gastos que el Estado realiza, no solamente fuera de la prestación de los servicios públicos , sino aun fuera de esa actividad legal, es decir, gastos por actividades realizadas por el Estado excediéndose de sus atribuciones o que son dañosas para los individuos como las guerras; estas actividades constituyen una de las causas mas grandes de egresos y no obstante que se trata de conceptos opuestos al de servicio público, deben ser cubiertas por el rendimiento de los impuestos.
3.- Puede observarse que el particular que paga el impuesto, no percibe en cambio un servicio concreto;
...