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Codigo De Etica Administrativa


Enviado por   •  24 de Enero de 2014  •  1.568 Palabras (7 Páginas)  •  240 Visitas

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CODIGO DE ETICA PROFESIONAL

Declaración de Principios

I.- Todo profesionista considerará un deber practicar su profesión y actuar en su vida diaria de acuerdo con este Código de Ética Profesional.

II.- Todo profesionista, para apoyar y promover el honor y dignidad de la profesión de profesionista y Ramas Afines y en armonía con las normas más elevadas de la ética.

a) Deberá interesarse en el bienestar común y aplicar sus conocimientos profesionales para beneficio de la humanidad en general y en particular deberá poner especial interés en el progreso de México, propugnando por todo aquello que acelere su desarrollo para que pueda bastarse a sí mismo en el mayor grado posible, sea capaz de sustentar con decoro humano a todos sus habitantes y pueda ejercer su plena independencia nacional.

c) Deberá reconocer que el ejercicio de la profesión es el origen de una disponibilidad económica que debe permitir a la familia, núcleo originario y primario de la sociedad, vivir con decoro, procurando asegurar para los suyos los recursos materiales y los elementos morales que le sean indispensables para su progreso y bienestar.

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1.- Vida Profesional

1.1 El profesionista deberá cooperar a la difusión y exaltación de su profesión por medio del intercambio de información y experiencia con otros profesionistas de su ramo y estudiantes y por su contribución a los trabajos del Colegio al cual pertenezca, de otras sociedades y de las instituciones de educación superior y de las publicaciones técnicas.

2.- Relaciones con el Público

2.1 Tendrá especial consideración por la seguridad de la vida y salud del público y empleados que puedan ser afectados por el trabajo del que él es responsable.

2.2 El profesionista se esforzará por aumentar el reconocimiento de la sociedad hacia su especialidad y de ramas afines dando a conocer públicamente sus logros, oponiéndose a cualquier informe falso, sin fundamento o exagerado relativo a su profesión.

2.3 Deberá ser mesurado y modesto al hacer explicaciones de su trabajo o al referirse a sus méritos; mantendrá siempre el honor y dignidad de su profesión y se abstendrá de auto alabarse cuando haga anuncio o publicidad de sus actividades profesionales.

2.4 En asuntos profesionales solamente expresará su opinión cuando esté fundada en un conocimiento adecuado y en una convicción honesta.

2.5 Siempre que emita opiniones parciales, deberá explicar su posición para hacerlo o informar a quién beneficia su opinión.

3.- Relaciones con sus Superiores y sus Clientes

3.1 El profesionista y de Ramas Afines actuará en todos los asuntos profesionales con fidelidad hacia sus superiores, sus clientes y sus empleados, guardando estrictamente los asuntos que se le confíen, salvo cuando tenga el consentimiento de ellos o cuando deba dar informes que obligatoriamente establezcan las leyes.

3.2 Deberá actuar con justicia y lealtad hacia los vendedores y contratistas no debiendo aceptar de ninguno de ellos comisión o compensación alguna. Directa o indirectamente.

3.5 Deberá aceptar solamente los trabajos profesionales para los cuales esté debidamente calificado. Deberá contratar o aconsejar a sus superiores o clientes para que contraten especialistas y cooperará con ellos siempre que los intereses de sus superiores o de sus clientes se satisfagan mejor con este arreglo.

3.6 No aceptará compensaciones, comisiones o financiamiento de más de una de las partes por el mismo trabajo o por otros trabajos pertenecientes al mismo proyecto, sin el consentimiento de todas las partes interesadas.

4.- Relaciones con otros profesionista

4.1 El profesionista y de Ramas Afines deberá proteger su profesión, colectiva o individualmente, de falsas representaciones, informando al Colegio que le corresponda según su especialidad de las personas que se atribuyan el carácter de profesionistas sin tener título legal o ejerzan los actos propios de esta profesión.

4.4 Evitará dañar directa o indirectamente la reputación y ejercicio profesional de otro profesionista; pero si considera que un ingeniero es culpable de manejos inmorales o ilegales, presentará la información al Colegio que aplique según su especialidad, o a las autoridades competentes para que sea ejercida la acción correspondiente.

4.5 No deberá competir deslealmente con otro profesionista. En este aspecto no disminuirá sus presupuestos, honorarios o salario después de haberse enterado de las cotizaciones proporcionadas por otro u ofrecimientos hechos a otro ingeniero, ni deberá asociarse por ningún motivo con ingenieros que no cumplan con las normas de la ética profesional.

4.6 Deberá evitar la crítica del trabajo de otro profesionista en público, reconociendo que le Colegio al cual según su especialidad le aplique, y su Revista Técnica proveen los medios adecuados para las discusiones y críticas técnicas.

4.7 Colaborará con el Colegio de al cual según su especialidad aplique para que los puestos públicos en que se requieran conocimientos propios de esta

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