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Comercio e inversiones


Enviado por   •  8 de Abril de 2019  •  Informes  •  1.095 Palabras (5 Páginas)  •  108 Visitas

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Tema: Comercio e Inversiones

El Perú cuenta con un marco jurídico estable, el cual se encarga de promover el crecimiento de las inversiones nacionales y extranjeras en nuestro país. Es debido a esto que, una de las más importantes herramientas que esta ha adquirido, ha sido el AII (suscripción de acuerdos internacionales de inversión), esta herramienta tiene como finalidad brindar a los inversionistas garantías en cuanto al nivel de trato, tales como, estabilidad del derecho a la no discriminación, el régimen del impuesto a la renta, libre disponibilidad de divisas y remesas de utilidades, dividendos y regalías que son aplicables a capitales extranjeros; protección de riesgos no comerciales y mecanismos adecuados para la solución de controversias. Este contrato se rige por las normas del código civil y tiene una duración de 10 años, excepto el de las concesiones ya que, para estas el plazo de vigencia es al término de la concesión.

En la primera parte del capítulo del APC con EEUU, con el consentimiento de ambas partes, Perú y Estados Unidos, se establecen ciertos puntos a cumplir en lo correspondiente a inversiones e inversionistas en el territorio de las partes, este tiene la finalidad de generar un ambiente adecuado y estable donde se fomenten las inversiones. Según el Acuerdo de Promoción de Comercio (APC) se entiende como inversión todo desembolso que comprenda 9 características de una inversión con la expectativa de obtener ganancias asumiendo un nivel alto de riesgo a largo plazo. Es importante señalar que este regula inversiones futuras y existentes, más no las pasadas.

Entre los compromisos asumidos se encuentra el artículo 10.6 “Tratamiento en Caso de Contienda”, en el cual se otorgara a los inversionistas tanto peruanos como estadounidenses, una compensación por daños y perjuicios directas en las inversiones como resultados de diferentes conflictos armados de los respectivos países, como por ejemplo, al momento de la requisición de la inversión en el territorio respectivo, es decir, la toma del activo por parte de las FF.AA o  la destrucción total y parcial de la inversión realizada en dicho territorio por disposición de los militares.

Otros de los compromisos asumidos por las partes se señala en el artículo del APC 10.7 “Expropiación e Indemnización”, este menciona que ninguna de las partes puede expropiar o nacionalizar una inversión cubierta, es decir no puede tomar a la fuerza la propiedad privada. Sin embargo, el APC señala la existencia excepciones que permitirían al Estado la toma de estas inversiones siempre que sea por motivos de propósito público, que se apliquen de manera no discriminatoria, que se brinde una indemnización y que se cumpla el principio del debido proceso.

Otros artículos relevantes son el 10.10 y el 10.12, los cuales regulan “Altos Ejecutivos y Juntas Directivas” y “Denegación de Beneficios” respectivamente. Por un lado, se refiera a que ninguna de las partes puede demandar que se asigne en un puesto de alto cargo, a una persona de cierta nacionalidad. Y por otro lado, el segundo artículo consiste en las condiciones por las cuales una de las partes puede negar los beneficios correspondientes a la otra parte, siempre y cuando se cumpla la condición de no mantener relaciones diplomáticas con el país.

Además, al ser miembros de la OMC tienen que cumplir con el principio de no discriminación, el cual abarca el artículos 10.3 “ Trato Nacional” y 10.4 “ Trato de Nación Más Favorecida”. Ambos tienen la finalidad de asegurar que se brinde a los inversionistas extranjeros un mismo trato que a los inversionistas nacionales así como a otros provenientes de otro país ajeno al acuerdo.

El TLC entre el Perú y los Estados Unidos sin duda, presenta grandes ventajas para el comercio internacional entre estos países, tales como un mayor acceso de productos originarios del Perú al mercado norteamericano, además de la generación de incentivos a la inversión orientada hacia la exportación. Sin embargo, para que estas ventajas sean efectivas, se debe cumplir siempre el TLC, o de no ser así, existen mecanismos efectivos de solución de diferencias que permiten, tanto al Perú como a EEUU, corregir la situación o lograr una solución pronta, satisfactoria y positiva sobre la situación desfavorable.

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