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Mención: Comercio Exterior e Inversiónes “ Las Desapariciones Forzadas en Colombia”


Enviado por   •  17 de Octubre de 2017  •  Ensayos  •  3.425 Palabras (14 Páginas)  •  271 Visitas

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MAESTRIA EN RELACIONES INTERNACIONALES Y DIPLOMACIA

Mención: Comercio Exterior e Inversiónes

“ Las Desapariciones Forzadas en Colombia”

Patricio Villagómez Samaniego

Dra. Roxana Arroyo

Derecho Internacional

San Francisco de Quito, 29 de abril de 2016.

LA DESAPARICIÓNES FORZADAS EN COLOMBIA

ANTECEDENTES

En el segundo artículo de la Convención Internacional sobre Desaparición Forzada de Personas, se establecen normativas específicas en base a los casos contenciosos y de medidas provisionales que han sido determinados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos con respecto a esta evidente problemática.

De acuerdo a la Corte los elementos amparados por la Constitución de la mayor parte de países indica que los elementos de la desaparición forzada son  “a) la privación de la libertad; b) la intervención directa de agentes estatales o la aquiescencia de éstos, y c) la negativa de reconocer la detención y de revelar la suerte o el paradero de la persona interesada” (Corte Interamerica de Derechos Humanos, 2010), en definitiva se puede decir que la desaparición forzada tiene que ver con la privación de la libertad, cosa que de antemano forma parte de la violación de uno de los principales derechos de todo ser humano, que constituye la libertad y la igualdad de condiciones.

Así, según la Convención de Desaparición Forzada llevada a cabo por la ONU, se considera como desaparición forzada a:

 La privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes. (Corte Interamerica de Derechos Humanos, 2010, pág. 9)

Así el principal actor de la desaparición forzada es el Estado y/o sus Instituciones Públicas donde niegan el hecho de que la víctima está bajo su poder y mando, y se resisten a proporcionar la información sobre el paradero verdadero de la misma, tampoco se permite reconocer si aquella persona se mantiene aún con vida o está muerta.

Pero realmente ¿ qué es lo que  motiva a un Estado y sus actores a ejecutar esta clase de acciones, que van en contra de los derechos humanos y sociales y que pone en juego la vida de una persona?

Pues el principal objetivo de abordar esta clase de violación de derechos, se dice que es una medida que el Estado toma como protesta , generando en quienes lo evidencian sentimientos de miedo, incluso intimidación, con el fin de suprimir derechos específicos;  incluso  se han dado  muchos casos en donde  dichas personas cuentan con  información relevante que pudiera ser de suma importancia ya sea con respecto a los gobernantes o entidades que trabajan para ellos, y simplemente, es la represalia en su contra  para impedir que comuniquen la información con la que cuentan.

Además de la privación de derechos a las propias víctimas, también existe la intranquilidad y el dolor por el que deben atravesar sus familiares y amistades, pues viven diariamente con la incertidumbre de si su ser querido aún vive o ya ha fallecido, y en el caso de estar todavía con vida la desesperación los inunda sin saber dónde se encuentran y si tienen un alimento que llevar a la boca.

Muchos familiares de víctimas han decidido organizarse  con el fin de aportar y hacer fuerza juntos en contra de las desapariciones forzadas, que atentan con más de un derecho humano.

Así para el caso de Colombia, esta es una realidad que vive la población y que comenzó a generarse según “desde mediados de los años 70 del siglo XX, pero se convirtió en un delito penal en el año 2000” (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2014, pág. 17). Pasaron treinta años para que este atentado contra la vida humana sea puesto a cautela y se lo lleve al marco jurídico, legal y penal; mientras tanto en los años donde esto no era sentenciado por la Corte de Derechos Humanos, se cometieron cientos de atropellos en contra de seres humanos inocentes, y  muchos de ellos simplemente tuvieron que morir a merced de sus atacantes y en espera de la ayuda que jamás llegó; en una sociedad donde lo único que podía hacer es estar a espera de la información que le sea proporcionada, y estos casos solo se los ponía como secuestros, sin que muchos de ellos sean realmente descubiertos hasta hoy.

DESARROLLO:

La ONU (Organización de Naciones Unidas)  y la OEA  (Organización de Estados Americanos) son organismos internacionales que emitieron pronunciamientos, al verificar decenas de miles de personas desaparecidas de manera forzada en Colombia, su intervención sirvió para que este pueda ser considerado un delito.

Aun no se tiene una cifra exacta del número de víctimas que cobró la desaparición forzada en Colombia, los años antes de considerarla como crimen, solo se incluyen datos específicos a partir del año 2000.

La existencia de los Derechos Internacionales, se evidencia de la ansiosa búsqueda por calmar los atropellos que la humanidad sufrió a partir de la Primera y en especial de la Segunda Guerra Mundial, que devastó a personas inocentes de manera radical y sin autorización para reclamar la agresión recibida.

Se ha dado ya muchos casos donde el abuso, prepotencia y corrupción han llevado a los miembros de los Estados a hacer caso omiso de los derechos que amparan a toda humanidad, para lo cual existe el Derecho Internacional, como aquella normativa que precautela el abuso de poder que los representantes de algunos países presentan en contra de la población.

El Derecho Internacional tiene dos vías por las que puede acudir en favor de dichas persona “(i) la tradicional de los Estados, en cuanto permitan o toleren dichas violaciones, y (ii) la individual respecto de los perpetradores, por la vía de su juzgamiento ante la Corte Penal Internacional”. (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2014)

Así, en cuanto a las desapariciones forzadas dadas en Colombia, es preciso verificar como el Estado colombiano ha actuado frente a las condiciones que se imputan en favor de los Derechos Humanos y que tiene su fundamento en el Derecho Internacional.

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