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Contrato Individual De Trabajo


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  1.848 Palabras (8 Páginas)  •  314 Visitas

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ONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR OBRA DETERMINADA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, ATICA CORPORACIÓN, S.A. DE C.V. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SR. JORGE GARCIA JIMENEZ Y, POR LA OTRA, CARLOS MEJIA GARCIA POR SU PROPIO DERECHO, COMO TRABAJADOR, QUIENES SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

DECLARACIONES:

A. Del patrón, ATICA CORPORACION, S.A. DE C.V.:

1. Declara ser una sociedad mercantil constituida conforme a las leyes de la República Mexicana, dedicada a obras de instrumentación, medición y control industrial, así como el suministro de equipos nacionales e importados, ante-proyecto, proyecto, ingeniería de detalles, asesorías técnicas y ejecución de trabajos relacionados directamente con la instrumentación de tipo industrial. Construcciones electromecánicas, civiles, pinturas anticorrosivas, industriales y sandblasteo, arrendamiento y subarrendamiento de equipo y maquinaria pesada así como cualquier tipo de actividad derivada con la misma. Instalaciones industriales y eléctricas, tanques y líneas de conducción, la aplicación de pinturas, recubrimientos y protecciones acústicas de todo tipo, obras fluviales, en sus diferentes modalidades, obras de concesión federal, estatal, paraestatal, municipal. Aislamiento térmico para alta y baja temperatura, compra venta y arrendamiento de toda clase de muebles e inmuebles necesarios para el desarrollo de los fines sociales y con domicilio en Avenida Poniente 2 Núm. 10 Unidad Habitacional Pemex de Tula de Allende Hidalgo.

2. Declara que da inicio la obra correspondiente a la: “ TERMINACION DEL LIBRAMIENTO A MORELIA, MICHOACAN DEL GASODUCTO DE 24” D.N. VALTIERRILLA-LAZARO CARDENAS ”.

3. En vista de que la necesidad especificada en la declaración anterior no puede ser satisfecha por personal ordinario de la empresa, es necesario contar con los servicios temporales de otra persona apta para el desarrollo de sus actividades, y de modo especial para el puesto o funciones de VELADOR.

4. Declara por último que mientras subsista la materia del trabajo mencionada en la declaración dos que antecede, los servicios del Trabajador serán requeridos hasta su total terminación.

B. Del TRABAJADOR CARLOS MEJIA GARCIA.

1. Manifiesta, bajo protesta de decir verdad, llamarse como quedó asentado, del sexo M, de 21 años de edad, con estado civil SOLTERO, de nacionalidad mexicana y con domicilio en LOC. EX HACIENDA DE GUADALUPE S/N, LOC. EX HACIENDA DE GUADALUPE, C.P. 58880, TARIMBARO, MICH., y con fecha de nacimiento 27 DE FEBRERO DE 1989.

2. Continúa declarando el Trabajador que ha recibido una completa explicación de la naturaleza eventual de la obra determinada que es materia del presente contrato, manifestando que tiene la capacidad y aptitudes necesarias para el desarrollo de la mencionada obra, estando conforme en prestar sus servicios temporales al Patrón durante el tiempo que dura la obra determinada señalada en la Declaración A-2, que antecede.

En consecuencia, ambas partes aceptan celebrar el presente Contrato de Trabajo para obra determinada, en los términos del Artículo 35 y 36 de la Ley Federal del Trabajo, conforme a las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA. Para efectos de mayor brevedad se denominará en lo sucesivo a ATICA CORPORACIÓN S.A. DE C.V. como “EL PATRON”, a CARLOS MEJIA GARCIA, como “EL TRABAJADOR”; a la Ley Federal del Trabajo como “LA LEY”; al referirse al presente documento como “EL CONTRATO”, y los que lo suscriben como “LAS PARTES”.

SEGUNDA. “EL CONTRATO” se celebra por “OBRA DETERMINADA” de conformidad con los Art. 35 y 36 de “LA LEY”; ya que la naturaleza de la obra así lo exige como se indica en la siguiente cláusula.

5. TERCERA. La “OBRA DETERMINADA” a la que se refiere la cláusula anterior, consiste precisamente en la: “ TERMINACION DEL LIBRAMIENTO A MORELIA, MICHOACAN DEL GASODUCTO DE 24” D.N. VALTIERRILLA-LAZARO CARDENAS ”.

6. CUARTA. La duración de “EL CONTRATO” será por tiempo determinado, máximo _90_ días naturales, mismo que equivale estrictamente al tiempo que dure la realización de la obra que se contrata, sin que el mismo pueda ampliarse en ningún caso, salvo convenio escrito de “LAS PARTES”, lo anterior conforme con el art. 37 Fracción I y 53 Fracción III de “LA LEY”.

QUINTA. “EL TRABAJADOR” se compromete a realizar la obra que se contrata en un lapso no mayor de __60 días naturales. Lo anterior según la estimación hecha por “EL TRABAJADOR”.

SEXTA. “LAS PARTES” convienen que “EL PATRON” podrá, dentro de los primeros 30 días de prestación de los servicios, rescindir “EL CONTRATO”, sin ninguna responsabilidad de su parte, si “EL TRABAJADOR” demuestra falta de capacidad, actitudes o facultades que dijo tener en la Declaración B-2 que antecede, o bien se demuestra engaño en los certificados y referencias presentados por éste.

SEPTIMA. La remuneración por los servicios de “EL TRABAJADOR” será la cantidad de $_117.20 (CIENTO DIECISIETE PESOS 20/100 M.N.), diarios más prestaciones, cuyo pago será hecho por semanas vencidas, personalmente, en moneda de curso legal, debiendo “EL TRABAJADOR” extender los recibos correspondientes.

OCTAVA. “EL TRABAJADOR” se obliga a otorgar recibos por la totalidad de los salarios ordinarios y extraordinarios devengados a que tuviere derecho hasta la fecha del mismo, conviniéndose que la firma implicará un finiquito total hasta la fecha del recibo correspondiente, por lo que sí “EL TRABAJADOR” tuviese alguna aclaración que hacer sobre su salario en el momento de recibirlo, deberá hacerlo precisamente en ese momento, pues no se admitirá aclaración alguna, una vez firmado el recibo correspondiente.

NOVENA.

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