ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Contribuciones indirectas y al comercio exterior

omarchimoTarea30 de Agosto de 2018

10.542 Palabras (43 Páginas)483 Visitas

Página 1 de 43

CONTRIBUCIONES INDIRECTAS Y AL COMERCIO EXTERIOR

Universidad Nacional Autónoma de México

Facultad de Contaduría y Administración

Sistema Universidad Abierta y Educación a Distancia

Alumno: Omar jimenez rangel

Ciclo escolar 2017-2018

1. Contesta las siguientes preguntas, cuando proceda señala el fundamento legal de tu respuesta

A) Por que consideras que la ley del Iva se llama Impuesto al Valor Agregado?

Por que es un impuesto que se le agrega al consumo y aumenta su valor en las actividades que generan alguna utilidad, ese valor que se le añade ed declarado ante el fisco, haciendo con esto que el que genere mas utilidad pague mas impuestos

B) Por que el IVA es un impuesto indirecto?

Por que es una carga fiscal al consumo, esta financiado por el consumidor, los consumidores finales tienen la obligación de pagar el Iva sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco mediante facturas expedidas por las empresas

C) Como se determina el IVA por pagar?

Acreditamiento; consiste en una resta, el Iva acreditable se restara al Iva causado (trasladado), el Iva causado se determinara en base a las actividades que conforme a la LIVA generen algún impuesto en el Artículo 4°- se hace mencion del mismo

Ejemplo:

Iva causado = [contiene base gravable y tasa de impuesto] es el impuesto trasladado al contribuyente por lo cual debe pagar al fisco

Menos

Iva acreditable = impuesto que ya pago el contribuyente en la importación de bienes y servicios

IGUAL

Iva a cargo o a favor = es el remanente de pago que se pagara en la declaración mensual

Se debe hacer énfasis en la diferencia de Iva acreditable y Acreditamiento , el acreditamiento consiste en una resta ( Iva causado vs Iva acreditable nos da Iva a cargo o Iva a favor) mientras que el Iva acreditable es el impuesto o montos que ya se pagaron cuando se realizo la compra de mercancías o se adquieren bienes o servicios, es decir estos montos ya se incluyeron junto a las pagos de servicios

Es una simple resta de dos conceptos, el IVA acreditable que es el impuesto que ya pagamos a nuestros proveedores en erogaciones efectivamente pagadas con anterioridad y el IVA a cargo que es el impuesto generado en la importación de bienes o servicios, donde de genero una utilidad para la empresa y puede que dichos impuestos también sean retenidos, el resultado puede ser un IVA a cargo que es lo mas común o bien un IVA a favor que podemos deducir el declaraciones posteriores mensuales o bien pedir una devolución sobre el monto total.

D) Cual es la diferencia entre tasa 0%, la exención de IVA y no ser objeto de impuesto?

Los actos a los que se les aplica la tasa 0% son también considerados gravables, aunque el Iva trasladado o causado sea 0%

Artículo 2°- de la LIVA; los actos o actividades a las que se les aplique la tasa 0%, producirán los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar impuestos conforme a esta ley

Esto nos quiere decir que los actos a los que se les aplica tasa 0% tienen carácter de gravable por lo tanto se pueden acreditar impuestos lo que nos puede resultar un saldo a favor; en los actos exentos de Iva no se consideran gravables por lo tanto no dan lugar al acreditamiento y tampoco causan impuestos por lo que el Iva acreditable en estos casos se convierte en un costo o gasto deducible de impuestos conforme al artículo 32°- fracción XV de la LISR tratándose de personas morales

Los actos exentos de IVA por lo tanto no pueden generar un IVA acreditable por que no están como tal grabados para el fisco, y tampoco podrán generar algún impuesto las actividades exentas del mismo, a diferencia de la tasa 0% que es una tasa gavable que no genera algun impuesto puesto que esta a una tasa de 0%, pero tiene la ventaja de que puede generar un IVA a favor en gastos, que el contribuyente puede aprovechar para pedir el reembolso del mismo

El no ser objeto de impuesto se diferencia de tasa 0% y exento de IVA en la cuestión de que alguna actividad no esta sujeta a impuesto reconocido por el fisco debido a su poca importancia o a que se genere fuera de los límites fiscales Mexicanos.

2. En las siguientes operaciones identifica, para efectos de IVA, los elementos de la contribución (sujeto, objeto, base, tasa, momento de causación y el retención), así como el fundamento legal en el que basas tu respuesta

A) Pablo Gracia, quien reside en el D.F. realiza una asesoría a una empresa S.A. en Cd. Juarez, Chihuahua, el 20 de enero del 2017, el 3 de febrero realizan el pago por 50,000, monto de los honorarios acordados.

Sujeto- persona física (señor Pablo Garcia) y persona moral (empresa S.A.)

Objeto- prestacion de servicios independientes

Base gravable- 50,000

Concepto 50,000

IVA 16%

ISR retenido 10%

IVA retenido 10.66%

Neto a pagar 47,760

Momento de causación- 20 de enero

Momento de retención- día 3 de febrero

Artículo 1-A de la LIVA Fraccion II, y párrafo segundo

Este artículo nos habla de que cuando las personas físicas que presten sus servicios a una persona moral estos les tendrán que retener el pago de impuestos para que la persona moral reciba la obligación de enteralos al fisco

La retención se efectúa en el momento de pago de la contraprestacion sobre el monto de lo pagado y se declara a mas tardar el día 17 del mes siguiente del que se hubiese realizado la retención

También de conformidad con el Artículo 3 del reglamento del IVA las personas que realicen la retención de impuestos deberán hacerla en menor cantidad cuando sea una prestacion de servicios de una persona física

B) El señor Carlos Sanchez cobra la renta de una casa al señor Rodolfo Perez el día 15 de Febrero del 2017 por un monto de 10,000

Sujeto- ambas partes son personas físicas

Objeto- uso o goce temporal de bienes inmuebles

Base gravable- no aplica

Tasa- Exenta de impuestos

Articulo 20 del LIVA, Fracción II

Este artículo nos habla de que no se pagaran impuestos por el uso o goce temporal de bienes utilizados única y exclusivamente para casa habitación

C) La señorita Lourdes Estrada Abogada, residente en el D.F. cobra 2,000 dolares por una asesoría a una empresa residente en Estados Unidos el 10 de Febrero del 2017 la asesoría se presto el 28 de enero del mismo año en las instalaciones de la empresa en los Angeles California

Sujeto- persona física ( Lourdes Estrada) y persona moral ( empresa residente en el extranjero)

Objeto- prestacion de servicios profesionales en el extranjero

Base- 2,000 dolares total de las prestaciones pactadas y demás que puedan generar Iva en este caso la exportación de servicios tiene la tasa de 0% sobre el valor de los bienes

Tasa- 0%

Momento de causación- 28 de enero

Momento de retención- 10 de febrero

Artículo 29 del LIVA, Fracción IV, las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes y servicios cuando unos u otros se exporten

Se considera exportación de bienes y servicios

El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país

Por lo tanto la prestacion de bienes y servicios en el extranjero esta grabada con tasa 0%

D) La empresa X, S.A. vende papelería a la Tecla S.A. por 20,0000 el 10 de Enero del 2017, el pago lo recibe el 15 de febrero

Sujeto- personas morales

Objeto- Enajenación de bienes

Tasa- 16%

Base gavable- 20,000

Momento de causación- 10 de Enero 2017

Momento de retención- no aplica

3. Indica si los actos siguientes son gravados por IVA y señala el fundamento de tu respuesta

A) Una persona residente en México enejena bienes que tiene en chile, estos fueron cobrados de manera inmediata

Artículo 10 de la LIVA, nos dice que;

Se entiende que la enajenación se efectua en territorio nacional cuando:

La enajenación de bienes sujetos a matrícula o registros mexicanos, se considera realizada en territorio nacional aún cuando al llevarse acabó se encuentre físicamente fuera del territorio nacional, siempre que el enajenante sea residente en México

Base grvable artículos 12 del LIVA; para calcular el impuesto tratándose de enajenaciones, se considera como valor el precio o la contraprestación pactados, así como cantidades que además se carguen al adquiriente por otros impuestos, como derechos, intereses normales y moratorios, penalizaciones o cualquier otro concepto

Estos artículos nos dicen que se esta sujeto al pago de impuestos por la venta de artículos de procedencia mexicana aun cuando estos no estuvieran físicamente dentro del país, siempre que, el que los venda sea residente en México

B) Una persona residente en México vende productos de su almacén en México, el bien fue entregado pero no se a recibido el pago

Si estan gravadas las actividades a tasa del 16% de conformidad con el Articulo 1 LIVA

Están obligados al pago de IVA establecido en esta ley, las personas físicas y morales que en territorio nacional realicen las siguientes actividades

I. Enajenación de bienes

Base gravable; el impuesto se calculara aplicando la tasa del 16%

Artículos 12 del LIVA;

Para calcular el impuesto tratándose de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (62 Kb) pdf (121 Kb) docx (47 Kb)
Leer 42 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com