Creacion De Una S DE RL
adam198516 de Junio de 2015
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Índice
1. Realizar Oficio de autorización para la utilización de vocablos o palabras de uso reservado, utilizado en la denominación social y/o registro de marca. No aplica.
2. Se constituirá el Promovente como sociedad de responsabilidad limitada de capital variable ante notario o corredor público, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades Mercantiles para dicho tipo social.
3. Darse de alta ante el SAT, como entidad financiera y obtener el RFC.
4. Darse de alta en las siguientes Instituciones:
a) Registro de Comercio.
b) IMSS e INFONAVIT.
c) Padrón de la Tesorería Local.
d) INFONACOT.
e) Bancos.
f) Proveedor de Sistema Contable y Facturación.
5. Se define el o los tipos de contrato de crédito con los requeridos por PROFECO, Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF) por Contratos de adhesión.
6. Registro ante PROFECO por Contrato de adhesión.
7. Contratar los servicios de información crediticia.
1.- Oficio de autorización para la utilización de vocablos o palabras de uso reservado, utilizado en la denominación social y/o registro de marca.
Cuando se utilicen palabras o expresiones, como las que a continuación se enlistan, de manera enunciativa, más no limitativa; dentro de la denominación social de las SOFOMES, E.N.R., deben presentar el oficio de autorización respectivo, emitido por la autoridad competente.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)
Comunitaria Fondo,
Fund Inversor, Inversión, Inversiones, Invierte, Inver
Investment
Organismo
Sociedades de Inversión
Para solicitar autorización de palabras o expresiones de uso restringido ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), solicitar informes ante la CNBV, Dirección General de Administración de Inversiones, a los teléfonos 1454 6000;1454-7820, 7821 y 7830 o al correo electrónico: rcarvallo@cnbv.gob.mx; o acudir a Av. Insurgentes Sur Núm. 1971, Plaza Inn, Col. Guadalupe Inn. Del. Álvaro Obregón, Distrito Federal. C.P. 01020.
Unidad de Banca Valores y Ahorro (UBVA) de la SHCP
Ahorro, Ahorra, Ahorrando
Arrenda, Arrendadora
Banco, Ban, Bank
Billetera
Capital, Kapital Capta Cash Crédito, Créditos, Crediticias, Credit, Kredit, Credi, Kredi, Cred, Cre
Empeño, Empeños
Efectivo (UBVA*).
Factoraje (UBVA*). Fin, Fina, Finan, Finance, Financial, Financing
Fiduciario, Fiduciarios, Fiducia
Financiamiento, Financiamientos
Financiera, Financieras, Financiero, Financieros
Finanza, Finanzas
Garantías
Grupo Financiero
Hipotecaria, Hipotecas
Holding
Intermediario Financiero
Leasing
Préstamo, Préstamos, Presta, Presto
Trust, Trusted
Unión
Valores
Para solicitar autorización de palabras o expresiones de uso restringido ante la Unidad de Banca Valores y Ahorro (UBVA) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se requiere lo siguiente:
I.- Escrito libre dirigido a la Lic. Ana Laura Villanueva Vega, Directora General Adjunta de Banca y Valores, (éste escrito debe incluir domicilio, teléfono, e‐mail, o los mayores datos para su fácil localización)
II.- Anexar (i) copia del permiso emitido por la Secretaría de economía (ii) copia del proyecto de estatutos de la sociedad a constituir y
III.- Copia de una identificación oficial de la persona que promueve.
El escrito lo pueden presentar en Av. Insurgentes Sur Núm. 1971, Plaza Inn, Torre III, Piso 5 en oficialía de partes de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, Col. Guadalupe Inn. Del. Álvaro Obregón, Distrito Federal. C.P. 01020. Para mayores informes comunicarse al teléfono 01(55) 3688 2020 con el Lic. Raúl Sánchez García, Subdirector de Regulación de Intermediarios de Banca Múltiple.
2.-Se constituirá el Promovente como sociedad de responsabilidad limitada de capital variable ante notario o corredor público, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades Mercantiles para dicho tipo social. LGSM Cap. I, Art.1 Fracc. III y Cap. IV, Art. 58 al 86.
a) Se crea un instrumento notarial denominado Acta Constitutiva en donde se le da nombre y razón social a la entidad por crearse (se deben proponer 5 nombres para la sociedad, para tener alternativas en caso de que alguno o algunos ya estén registrados).
b) Se definen los estatutos sociales, se establecen quienes serán los socios (2 como mínimo) y participaciones de los mismos en el número de acciones.
c) Se define el órgano de administración así como los apoderados, los poderes específicos que se les conferirán y duración de la sociedad.
d) Los accionistas deben presentar identificación oficial y tener Registro Federal de Contribuyentes y CURP. En el caso de accionistas extranjeros se deben cumplir requisitos especiales.
e) En función del tipo de sociedad mercantil que se desee constituir deberán observarse los límites mínimos tanto en el número de socios o accionistas así como del capital social inicial a ser aportado (anteriormente como mínimo 3 mil pesos a las sociedades de responsabilidad limitada).
f) Constituida la sociedad mercantil, debe inscribirse en el Registro Público de Comercio del lugar donde tenga su domicilio social. Normalmente esta actividad la realiza el notario.
g) En caso de que la sociedad tenga accionistas extranjeros, la sociedad deberá ser inscrita en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y cumplir con la presentación del Cuestionario Económico Anual así como los reportes trimestrales (en caso de estar obligada).
h) Inmediatamente después de la constitución se debe tramitar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a fin de obtener la cédula de identificación fiscal con el RFC correspondiente.
3.-Darse de alta ante el SAT, como S de RL de CV y obtener el RFC.
a) La empresa debe gestionar su inscripción al RFC directamente en la Oficina de Hacienda que corresponda a su domicilio (fiscal) o en su caso realizar pre-inscripción por vía internet. Ley del Código Fiscal de la Federación y Reglamento (LCFF Art.27, LRCFF Art.22, 23, 24, 25, 26 y 28).
1.- Acudir ante el SAT, para la inscripción (sacar cita).
2.-Copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado.
3.-Original del comprobante de domicilio fiscal.
4.-Correo electrónico vigente.
b) Copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.
c) Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del representante legal.
d) Si realizo pre-inscripción vía internet, presentar el acuse de pre-inscripción del RFC.
e) Se entregara la sig. Información por parte del SAT al Contribuyente.
1.-Solicitud y acuse de Inscripción al RFC,
2.-Cédula de Identificación Fiscal,
3.-Guía de Obligaciones y Contraseña.
4.- CIET y FIEL de la Persona Moral (PM).
5.-FIEL de la Persona Física (PF).
4.- Darse de alta en las siguientes Instituciones:
a) Registro Cámara de Comercio
La empresa constituida debe registrarse ante alguna Cámara de Comercio, o por ejemplo en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (para mayor referencia ver www.siem.gob.mx), o conforme a la Ley del código de comercio. (LCC, Cap. II Art.18). En el Registro Público de Comercio se inscriben los actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan con los comerciantes y que conforme a la legislación lo requieran.
A si bien lo que estipula que son actos mercantiles de acuerdo a la Ley del código de comercio (LCC Art. 75 Fracc. 24), las operaciones contenidas en la ley general de títulos y operaciones de crédito, entre ellas el pagare y apertura de crédito y Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM (Ley de cámaras empresariales y sus confederaciones, LCEC Art. 30). También Con lo dispuesto anteriormente, estamos obligados a llevar a cabo el registro ante la cámara de comercio.
Requisitos para llevar a cabo el registro ante el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM).
I. Alta de Hacienda (Presentar su RFC hoja R1)
II. Ser PF o PM (Presentar identificación)
III. Cubrir la cuota correspondiente de la membresía de su preferencia. El costo es determinado por el número de empleados y la actividad. (Es de 1 empleado a $100 o $670 más de 6 empleados). El Registro tiene vigencia de un año.
IV. Se realiza de 3 maneras, visitando las instalaciones de la
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