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Cuando las empresas participan en la intermediación de títulos valore


Enviado por   •  18 de Junio de 2013  •  Trabajos  •  432 Palabras (2 Páginas)  •  365 Visitas

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Cuando las empresas participan en la intermediación de títulos valores?

La actividad de intermediación de valores supone la realización de operaciones que tengan por finalidad el acercamiento de demandantes y oferentes para la adquisición o enajenación de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, bien sea en el mercado bursátil o mostrador, y hallarse inscrito previamente en dicho registro como intermediario de valores. Las compañías de financiamiento comercial serán intermediarios de valores si en desarrollo de sus operaciones autorizadas realizan actividades de intermediación en el mercado público de valores, autorizadas para realizar las actividades de intermediación cuya ejecución les ha sido habilitada, así como aquellas que les permitan las normas que han establecido su régimen legal, no pudiendo desarrollar actividad alguna reservada a una entidad específica.

¿Quiénes emiten los títulos valores? Y por qué

Las empresas tanto públicas como privadas, emiten títulos – valores para captar recursos y financiar sus actividades. Estos títulos son vendidos a través de las Bolsas de Valores, donde los inversionistas los adquieren según sus necesidades y preferencias. El inversionista que adquiriò su título nuevo en el mercado bursátil, y tiene la necesidad de obtener su dinero antes del vencimiento del título, lo puede vender a través de la Bolsa, obteniendo el capital inicial colocado, sino un rendimiento acorde con el plazo de la tenencia del título.

¿Cuáles son los requisitos para participar en la transacción de los títulos valores ?

Los requisitos generales son sintetizados en dos: a) La mención del derecho que se incorpora en el título, y b) La firma de quien crea el documento.

Pero no basta que el título contenga los dos requisitos indicados, sino que además deben contener los especiales de cada título valor.

En primer lugar hacemos referencia a los requisitos generales.

1. Mención del derecho que en el título se incorpora

1) Lo primero en advertir es que todo documento vale por su contenido y de allí deriva su importancia. El contenido del documento elaborado contienen necesariamente un derecho y el derecho así incorporado tendrá que manifestarse de una manera escrita, es decir, el documento contentivo del título valor expresará en últimas una declaración de voluntad de quien lo emite.

2) El derecho mencionado o incorporado en el título requiere que se haga en idioma castellano tal como lo expresa el artículo 823 del Código de Comercio, en el sentido que los términos técnicos o usuales que se emplean en los documentos se entenderán en el sentido que tengan en el idioma castellano.

3) En

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