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Demanda Mercantil


Enviado por   •  18 de Febrero de 2014  •  1.528 Palabras (7 Páginas)  •  390 Visitas

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CONSULTORÍA JURÍDICA Y

SERVICIOS LEGALES.

Cedulas Profesionales 5059956 y 5227802

Calle Prolongación Independencia número 181-1

Colonia Benito Juárez, Actopan, Hidalgo.

Teléfonos: (044) 772-106-2148, 771-129-6037

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Correo electrónico: cj.y.sl@hotmail.com

AMANDA MARTÍNEZ ZAMORA.

VS

GUSTAVO BARDALES HDZ. Y/O

GUSTAVO BARDALES HERNANDEZ.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.

ESCRITO INICIAL.

C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE ATOTONILCO

EL GRANDE, HIDALGO.

AMANDA MARTÍNEZ ZAMORA, en mi carácter de endosatario en procuración del C. EDGAR CABRERA HUERTA, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones a un las de carácter personal los estrados de este H. Juzgado, autorizando para recoger todo tipo de documentos, valores así como para imponerse de los autos al C. Licenciado en Derecho Hugo Zúñiga López, con cedula profesional número 5059956 expedida por la Secretaria de Educación Pública, así mismo al P.D.D. Edgar Cabrera Huerta ante Usted, con todo respeto comparezco para exponer:

Que en la VÌA EJECUTIVA MERCANTIL y en EJERCICIO DE LA ACCIÒN CAMBIARIA DIRECTA, vengo a demandar del C. GUSTAVO BARDALES HDZ Y/O GUSTAVO BARDALES HERNANDEZ, quien tiene su domicilio para efecto de ser emplazado a juicio, el ubicado en Domicilio conocido Paso de Amajac, Santa María Amajac, Municipio de Atotonilco el Grande, Hidalgo el pago de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

A.- El pago de la cantidad de $8,142.00 (OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) como suerte principal, del pagaré de fecha 20 de ENERO de 2010, documento base de la acción que anexamos al presente escrito.

B.- El pago de los intereses moratorios al 10 % mensual desde que se constituyo en mora y hasta la total solución del presente negocio.

C.- El pago de gastos y costas que origine el presente juicio hasta su total terminación.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.

H E C H O S

1.- En Atotonilco, Hidalgo, con fecha 20 de enero de 2010, el ahora demandado suscribió a favor de mi endosante un título de crédito denominado PAGARÈ, por la cantidad de $8,142.00 (OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL.) pagadero al 20 de marzo de 2010, como es de verse en el documento base de la acción que en original y copia simple anexo a la presente solicitando que una vez que sea cotejada se guarde en el secreto del H. Juzgado.

2.- En el referido pagaré se pactaron intereses moratorios a razón del 10% mensual sobre la suerte principal desde la fecha de su vencimiento hasta la total liquidación del mismo.

3.- Es el caso que no obstante, de haber requerido en múltiples ocasiones de forma extrajudicial y personal al C. GUSTAVO BARDALES HDZ. Y/O GUSTAVO BARDALES HERNANDEZ, por el pago de la cantidad avalada y los consecuentes cargos de las mismas, este se ha negado a efectuarlo, razón por la cual comparezco ante Usted, a tramitar su cobro en vía judicial.

P R U E B A S

1.- LA CONFESIONAL a cargo del C. GUSTAVO BARDALES HDZ Y/O GUSTAVO BARDALES HERNANDEZ, quien deberá absolver de manera personal y no por apoderado legal, las posiciones que oportunamente se le articularan, solicitando se le cite por conducto del C. Actuario adscrito a este H. Juzgado, en el domicilio que señale el demandado en este Distrito Judicial para que el día y hora que al efecto se señale

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