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Derecho De Comercio Internacional


Enviado por   •  2 de Enero de 2012  •  8.581 Palabras (35 Páginas)  •  753 Visitas

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Compraventa internacional de mercancías

De Wikipedia, la enciclopedia libre

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La compraventa internacional de mercancías se rige por las normas contenidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre esta materia. Normas que han pasado a formar parte del ordenamiento jurídico español. Tienen un ámbito sustantivo de aplicación.

Estas normas pueden servir como modelo para la modificación del régimen de la compraventa de bienes inmuebles contenidos en nuestros Códigos. Además determinados principios generales pueden tener un valor ejemplar para las normas generales sobre los contratos.

El convenio se aplica solo a aquellas compraventas realizadas entre empresarios que tengan su establecimiento en Estados con vigencia.

Para la delimitación del campo de aplicación de las normas de este convenio no se tiene en cuenta ni la naturaleza civil o mercantil de la compraventa ni la nacionalidad de los empresarios, sino el lugar. Su regulación no se aplica a las ventas a los consumidores, las judiciales y las relativas a valores, buques y electricidad.

Centra su atención en la formación del contrato y en los derechos y obligaciones de las partes, pero en general está formado

Contenido Basico de Los Incoterms en el Contrato de Compraventa Internacional

Los Incoterms no son el contrato en si, pero tocan aspectos del mismo que lo ayudan a su mejor interpretación superando dudas o malas interpretaciones en que las partes puedan incurrir. Básicamente en los Incoterms precisan los aspectos relativos a los derechos y obligaciones del comprador y del vendedor relativos a:

Suministro de la mercadería y pago del precio Obtención de las licencias, autorizaciones y formalidades aduaneras relativas a la exportación y a la importación de las mercancías Contratación del transporte y el seguro Determinación del tiempo, forma y lugar de entrega y de recepción de las mercaderías Determinación del tiempo, forma y lugar de transmisión de riesgos del vendedor al comprador Régimen de reparto de gastos Régimen de comunicaciones que deben cursarse las partes durante la ejecución del contrato Prueba de la entrega de las mercaderías y de la obtención del documento de transporte Régimen de comprobación (de calidad, medida, peso y recuento), embalaje, marcado e inspección previa al embarque de las mercaderías Otras obligaciones inherentes a cada término comercial.[www.vnibrokers.com/noticias]

IMPORTACIÓN DEFINITIVA

DEFINICIÓN

Es el régimen aduanero que permite el ingreso legal de mercancías provenientes del exterior, para ser destinadas al consumo.

BASE LEGAL

• Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF publicado el 12.09.2004 y modificatorias.

• Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2005-EF publicado el 26.01.2005 y modificatorias.

• Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 013-2005-EF publicado el 28.01.2005.

• Procedimiento de Importación Definitiva INTA-PG.01, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 241-2006/SUNAT/A publicado el 12.05.2006 y su norma modificatoria.

Consultar el procedimiento en www.sunat.gob.pe Legislación/ Destacados Servicios Aduaneros/ Procedimientos de Despacho/ Importación Definitiva:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/definitivos/importac/procGeneral/index.html

REQUISITOS

• Declaración Única de Aduanas debidamente cancelada.

• Fotocopia autenticada o copia carbonada del documento de transporte.

• Fotocopia autenticada de la factura o documento equivalente.

• Fotocopia autenticada o copia carbonada del comprobante de pago y copia adicional de éste, cuando se efectúe transferencia de bienes antes de su nacionalización, salvo excepciones.

• Fotocopia autenticada del documento de seguro de transporte de las mercancías, cuando corresponda.

• Fotocopia autenticada del documento de autorización del sector competente para mercancías restringidas o declaración jurada suscrita por el representante legal del importador en los casos que la norma específica lo exija.

• Otros documentos que se requieran, conforme a las disposiciones específicas sobre la materia.

• La Declaración Andina de Valor (DAV), en los casos que sea exigible el formato B de la DUA.

• Lista de empaque o información técnica adicional.

• Volante de despacho, en caso sea solicitado por la autoridad aduanera.

REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTE (RUC)

• Las personas naturales, cuando realicen despachos de importación de mercancías con fines comerciales, están obligadas a utilizar el número del Registro Único de Contribuyente (RUC).

• No están obligados a inscribirse en el RUC:

a. Las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen mercancías cuyo valor FOB exceda los un mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 1 000,00) y siempre que no supere los tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US $ 3 000,00).

b. Los miembros del servicio diplomático nacional o extranjero, que en ejercicio de sus funciones, importen sus vehículos y menaje de casa.

CONSIDERACIONES GENERALES

El despachador de aduana para destinar la mercancía al régimen de Importación Definitiva ante la intendencia de aduana correspondiente, tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Las mercancías podrán ser solicitadas a despacho:

• Dentro de los treinta (30) días computados a partir del día siguiente al término de la descarga; excepto en los despachos anticipados y urgentes;

• Dentro del plazo concedido a las mercancías sometidas a los regímenes de Depósito de Aduana, Importación

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