ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho de los negocios. CASO 1. Letra de cambio


Enviado por   •  8 de Marzo de 2019  •  Tareas  •  656 Palabras (3 Páginas)  •  206 Visitas

Página 1 de 3

Formato:  Analizando los títulos de crédito

Datos del estudiante

Nombre:

Berenice Montes Alcántara

Matrícula:

18001836

Fecha de entrega:

15 de enero de 2019

Nombre de la Evidencia de Aprendizaje:

Analizando los títulos de crédito

Tiempo de elaboración:

2 horas

Nombre del asesor:

Francisco Giovanni Mireles Álvarez

Nombre del Módulo:

Derecho de los negocios

[pic 2]

Importante

  • Para realizar este formato, es necesario hayas leído los tres casos de estudio que se te presentaron en la Evidencia de Aprendizaje llamada Analizando los títulos de crédito.
  • Las respuestas que no presenten el sustento legal, no serán tomadas en cuenta.

Instrucciones

  1. Investiga dentro las diferentes leyes las condiciones y efectos que aplican en cada uno de los casos de estudio que analizaste.
  2. Llena la tabla correspondiente a cada caso de estudio. Emite tus respuestas redactando con tus propias palabras y argumentando tu opinión conforme a la ley que consultaste.

 

CASO 1. Letra de cambio

¿Qué puedo hacer?

En este caso al ser el aval,  se está comprometiendo por completo a pagar la deuda en caso de que el deudor no lo haga, ya que en primera aceptó ser el aval y lo formalizó con su firma en la letra de cambio y por tanto queda obligado a hacerlo.

En conclusión tiene que pagar en su totalidad la deuda de $3,200 que adquirió su compadre, ya que al no pagar él en automático pasa el aval a ser el responsable de la deuda.

Sustento legal de mi opinión (Ley, artículo, decreto, etc.)

Artículo 109 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Créditos: Mediante el aval se garantiza en todo o en parte  el pago de la letra de cambio

Artículo 114 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Créditos: El avalista queda obligado solidariamente con aquel cuya firma ha garantizado…

CASO 2.  El cheque

¿Qué puedo hacer?

Como el cheque está a nombre del cuñado para que lo puedas cobrar lo tiene que endosar a nombre de la persona que lo va a ir a cobrar al banco, esto se hace que ponga el nombre completo de la persona a quien se lo está dando para que lo pueda cobrar y la firma, de esta forma se puede cobrar el cheque.

Sustento legal de mi opinión (Ley, artículo, decreto, etc.)

Artículo 179 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Créditos: El cheque nominativo puede ser expedido o endosado a favor de un tercero, del mismo librador o del librado.

CASO 3.  El pagaré

¿Qué puedo hacer?

El endoso en blanco quiere decir que en este caso,  el tenedor del documento podrá completar  el endoso con su nombre o con el de otra persona, o endosar de nuevo el pagaré en blanco o designando un endosatario determinado, o bien entregar el pagaré de un tercero.

Se pudo haber rechazado si no lo quieres cobrar, pero si lo quieres cobrar está bien el haber aceptado el pagaré . En mi opinión al dar el pagaré endosado en blanco da la posibilidad de que quien lo recibió pueda cobrar ese pagaré.

Sí tiene validez.

Y sí, es endoso en propiedad ya que se transfiere la propiedad del título y todos los derechos a él inherentes.

En conclusión al dar el pagaré endosado en blanco tienes la oportunidad de cobrar ese pagaré a tu nombre.

Sustento legal de mi opinión (Ley, artículo, decreto, etc.)

Artículo 32 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Artículo 33 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Artículo 34 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.4 Kb)   pdf (113.3 Kb)   docx (228.1 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com