ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Diferencia Entre Sociedad Civil Y Asociación Civil


Enviado por   •  5 de Octubre de 2014  •  1.385 Palabras (6 Páginas)  •  371 Visitas

Página 1 de 6

diferencia entre sociedad civil y asociación civil:

de manera muy basica Asociación Civil es para realizar actividades que no tengan carácter preponderantemente económico, por ejemplo:

• Cruz Roja;

• Fundaciones;

• Entro otras.

Sociedad Civil Tiene fines preponderantemente económicos, sin constituir especulación comercial, por ejemplo:

• Despachos de Contadores;

• Despachos de Arquitectos;

• Escuelas;

• Entre otras.

El Diccionario de Derecho de Rafael de Pina, define a la especulación como:

"Actividad negocial realizada con ánimo de lucro."

Ahora bien, el concepto que refieres lo encuentras en el Código Civil Federal en el artículo 2688 que establece lo siguiente:

Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.

Por lo tanto una SC no podría realizar actividades con un ánimo de lucro, lo que brindaría acorde a su objeto social serían primordialmente servicios y la consecuencia de ello podría ser un beneficio económico.

SOCIEDAD Y ASOCIACIÓN CIVIL

Introducción

El siguiente material didáctico esta orientado principalmente a alumnos que estudien las carreras de Licenciado en Administración de Empresas y Licenciado en Contaduría Pública. Los Objetivos que se persiguen con este material son que el alumno:

1. Identifique las principales diferencias entre una Sociedad y Asociación Civil

2. Conozca sus Principales características.

1. Identifique cuales son las responsabilidades de los integrantes de cada una de éstas formas jurídicas

PALABRAS CLAVES

Sociedad Civil, Asociación Civil

1 Concepto de la Sociedad Civil

Convenio celebrado entre dos o más socios, mediante el cual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para realizar un fin lícito de carácter preponderantemente económico, sin constituir una especulación mercantil, obligándose mutuamente a darse cuenta.

2 Características de la Sociedad Civil

• Contrato bilateral o plurilateral.

• Bilateral cuando intervienen dos socios, plurilateral cuando intervienen más de dos.

• Contrato oneroso.

• En virtud de que los socios reciben provechos y gravámenes recíprocos, sin constituir una especulación comercial.

• Contrato formal.

• Supuesto que el contrato de sociedad civil deba formularse ante notario público.

3 Atributos de la Sociedad Civil

a. Razón Social - Manuel Ruiz y Cía., Sociedad Civil

Denominación Social – club Deportivo Alfa, SC.

b. Nombre (Razón Social o Denominación.

Lugar geográfico en que una sociedad civil reside para los efectos legales correspondientes.

c. Domicilio.

Que se forma con la aportación que realizan los socios de la sociedad civil, pudiendo ser en efectivo o en especie.

d. Patrimonio.

Aptitud o facultad que adquiere la sociedad civil.

e. Capacidad de Goce.

Aptitud o facultad que adquiere la sociedad civil cuando ha cumplido con todos los requisitos formales, tales como que el contrato sea por escrito, que se protocolice ante Notario Público, que se inscriba el acta protocolizada en el Registro Público de Sociedades Civiles.

f. Capacidad de Ejercicio.

g. Capacidad Procesal.

Aptitud o facultad que adquiere la sociedad civil, al inscribirse el contrato en el Registro de Sociedades Civiles.

4 Órganos de la sociedad civil

• Órgano Supremo

• Órgano Representativo

• Órgano de Control

El Órgano supremo

• Está representado por la asamblea de socios.

• La asamblea de socios se reunirá cuando menos una vez al año, o en la época fijada en los estatutos de la sociedad civil, o bien cuando citen a asamblea cuando menos el 5% de los socios; si no lo hicieran, lo podrá hacer el juez civil, a petición de cuando menos el 5% de los socios.

• La asamblea de socios resuelve los asuntos contenidos en la Orden del Día de la convocatoria correspondiente; las votaciones generalmente se toman por mayoría de votos. Ahora bien, cada socio gozará de un voto en las Asambleas Generales, a excepción de las decisiones en que se encuentre directamente interesado en forma personal, su cónyuge, ascendiente, descendientes, parientes colaterales dentro del segundo grado.

• El Órgano representativo

• Es el que se encarga de la administración de la sociedad, es decir; se encarga de la gestión de los negocios sociales, y puede conformarse por:

a. Todos los socios.

b. Alguno o algunos de los socios.

c. Persona o personas extrañas a la sociedad civil.

• Las decisiones del Consejo de Administración, generalmente son tomadas por mayoría de votos.

• El nombramiento de los socios administradores, se hará constar en acta de asamblea general de socios; el nombramiento no podrá revocarse

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10.2 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com