ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ENSAYO DE COMPRAVENTA Y PERMUTA


Enviado por   •  24 de Enero de 2023  •  Ensayos  •  2.186 Palabras (9 Páginas)  •  101 Visitas

Página 1 de 9

[pic 1]

UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ

FACULTAD DE CIENCIAS HUMANISTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

ACTIVIDAD DE COMPRAVENTA Y PERMUTA

ENSAYO

PALOMEQUE QUIROZ MARIA ALEJANDRA

23 de ene. de 23

INTRODUCCIÓN

Para iniciar el presente ensayo se hace imprescindible dar una definición sobre los contratos en general, estos mismos son herramientas jurídicas que facilitan las actividades sociales, y, sobre todo, son un medio de cooperación o colaboración entre las personas para sus relaciones económicas. Doctrinariamente, ha sido definido como un acto jurídico bilateral o multilateral, porque intervienen dos o más personas, y que tiene por finalidad crear derechos y obligaciones.

Las partes en un contrato son personas físicas o jurídicas. En un contrato hay dos polos o extremos de la relación jurídica obligacional, cada polo puede estar constituido por más de una persona revistiendo la calidad de parte.

Sea para la adquisición de un vehículo para transporte personal, la compra de un terreno para construir una fábrica, el arrendamiento de un local comercial o el servicio de una persona; se vive contratando, incluso, sin notar los múltiples efectos jurídicos que nacen de cada contrato celebrado.  Este instrumento jurídico es el medio cotidiano usado para procurarse bienes y servicios necesarios y allí radica su gran importancia para la vida social y económica. Siendo que la adquisición de cosas es quizá la actividad más habitual y necesaria.

Es así que se puede evidenciar que el surgimiento de nuevos desarrollos o instrumentos de uso económico, como en su momento fue la moneda, ha causado que estos instrumentos legales se adapten a una nueva realidad económica, pasando de ser un intercambio de cosa por cosa (permuta) a una de cosa por precio (compraventa).

A efectos del presente análisis se tomará dos contratos particulares que son considerados la madre de los contratos: la compraventa y la permuta.

En general, el contrato de permuta es muy similar al contrato de compraventa, ya que consiste en un acuerdo entre dos partes, cuyo fin es hacer un intercambio de prestaciones para conseguir un beneficio.

Los elementos mencionados, a la postre, se tornarían en esenciales para la formación de dichos actos jurídicos y, tanto es así que, hoy en día, en el sistema legal ecuatoriano son considerados los elementos esenciales para la contratación.

El presente trabajo investigativo está desarrollado en tres capítulos: El primero exclusivamente trata sobre el contrato de permuta, mientras el segundo sobre el contrato de compraventa, luego en un capítulo tercero se llegará a establecer semejanzas y diferencias entre estos dos, finalizando con una conclusión de criterio personal.

DESARROLLO

La permuta ha sido definida de diferentes fundamentos del derecho como son la doctrina, jurisprudencia y jurídicas. En cuanto a la doctrina, el contrato de permuta contesta a varios parámetros, de esta manera Alessandri Rodríguez lo hace al considerar las obligaciones de las partes, cuando sostiene que la permuta es “el contrato por el cual las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro” (Rodriguez Alessandri, 1976, pág. 145), al igual que Alberto G. Spota cuando lo define como “la obligación recíproca del cambio de una o más cosas en dominio o condominio por otra u otras cosas en dominio o condominio” (Spota Guillermo, 2009, pág. 351)

Respecto a la jurisprudencia ecuatoriana ha prevalecido la conceptualización de este tipo de contrato como un “contrato bilateral que origina prestaciones reciprocas para las dos partes, por su condición de oneroso y conmutativo”[1]. En nuestra legislación civil vigente está definido en el Art. 1837[2].

Como se puede denotar de los diferentes conceptos de la permuta que se realiza desde el ámbito doctrinario, jurisprudencial y legal, se coincide en conjunto de todos que la permuta es un contrato civil por el cual las partes se entregan una cosa por otra o por un derecho.

En este mismo contexto sugiero determinar la naturaleza y finalidad que tiene el contrato de permuta, estableciéndose que el mencionado contrato es el más antiguo y se representa por la operación de intercambiar una cosa por otra. Por lo expuesto, el contrato de permuta tiene su naturaleza indudablemente en el trueque o intercambio de cosas que las sociedades han ido ejecutando en el desarrollo de sus actividades económicas las cuales anteceden a la compraventa, tanto así que al trueque se lo define conceptualmente como sinónimo de permuta. Consecuentemente, el objeto del contrato de permuta es la obligación de dar o entregar una cosa por otra a fin de transferir el dominio de la misma.

Mientras tanto, los elementos que otorgan la validez de la permuta como lo establece el autor Víctor Cevallos en su libro Contratos Civiles, los siguientes: La forma o consentimiento de las partes, que por su característica de ser consensual se perfecciona desde que las partes llegan a un acuerdo en las cosas que van a entregar y recibir. La capacidad, como aptitud jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, tienen capacidad para la permuta quienes no hayan recaído en alguna inhabilidad declarada por ley. Finalmente, el contrato de permuta será válido para bienes inmuebles siempre que no adolezca de lesión enorme de acuerdo con el Código Civil.

Dicho de otro modo, alcanza con que las partes tengan la capacidad de obrar que se requiere para celebrar el contrato y, será de carácter obligatorio, cualquiera que sea el formato en que se haya celebrado, siempre que en este concurra las condiciones sustanciales para su validez.

En paralelo, se puede llegar a distinguir las características del contrato de permuta, de la siguiente manera:

Es un contrato bilateral o sinalagmático, a razón de que siempre existen dos partes que se obligan recíprocamente. Es un contrato oneroso, debido a que cada uno de los contratantes grava en beneficio de la otra parte. Es conmutativo porque al ser oneroso busca tener una igualdad entre las prestaciones que se adeudan las partes. Es, además, un contrato principal y no accesorio, de tal que existe por sí solo sin la necesidad de la existencia de otro contrato. Es nominado en virtud de que está perfectamente conceptualizado dentro de la normativa ecuatoriana. Es un contrato consensual ya que sólo necesita del consentimiento de las partes que puede ser de manera verbal a excepción del contrato de permuta de bienes inmuebles y los demás casos específicos determinados en el Código Civil.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14 Kb)   pdf (313 Kb)   docx (235 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com