Efectos Jurídicos De La Transmisión De Acciones
Enviado por moybeto • 8 de Agosto de 2011 • 2.232 Palabras (9 Páginas) • 884 Visitas
R E V I S T A
OLEGIO DE NOTARIO
DE JALISCO
Contenido
BERNARDO PÉREZ FERNÁNDEZ DEL
CASTILLO
INTERVENCIÓN DEL LICENCIADO
ADALBERTO ORTEGA SOLís. EN LA III
JORNADA NACIONAL DE DERECHO
NOTARIAL
Efectos jurídicos de la transmisión de
acciones empresariales a un fideicomiso Lic. RUBÉN H. CASTELLANOS
FIGUEROA
LIC. LUIS ROBLES
BRAMBILA
Algunas consideraciones
sobre capitulaciones
matrimoniales
Necesidad de reformas al Código Civil,
de Procedimientos Civiles y al
Reglamento del Registro Público de la
Propiedad
LIC. ROGELIO ACEVES
BARAJAS
La intervención de los corredores
públicos como fedatarios
Lic. LORENZO BAILÓN
CABRERA
Deberes del notario
El derecho
notarial
LUIS CORRAL y DE
TERESA
La responsabilidad notarial
Análisis y observaciones a las
adiciones al artículo 2235 del
Código del Estado de Jalisco
LIC. RODOLFO EDUARDO RAMOS Rufz
Validez y nulidad
de los testamentos RAFAEL ROJINA VILLEGAS
CONSEJO DE NOTARIOS
Presidente:
Lic. Adalberto Ortega Salís
Vice-Presidente:
Lic. Luis Robles Torres
Secretario:
Lic. Alejandro Navarro Flores
Tesorero:
Lic. Arturo Ramos Arias
Vocales:
Lic. Luis Ramírez Orozco
Lic. Cayetano Casillas y Casillas
Lic. Odilón Campos Navarro
Lic. Salvador García Rodríguez
Lic. Lorenzo Bailón Cabrera
Director de la Revista:
Lic. José Luis Leal Sanabria
Cuidado de la edición:
Patricia Delgado G.
Domicilio: Gral. San Martín 227, Guadalajara, Ja!.
Z.P. 44100 Tels. 52-30-10 FAX 52-35-20
Efectos jurídicos de la transmisión de acciones
empresariales a un fideicomiso
Lic. Rubén H. Castellanos Figueroa
Etimológicamente aplicado el vocablo al lenguaje jurídico, acción es el
derecho del socio frente a la sociedad encaminado principalmente al reparto de
utilidades.
De acuerdo con lo que establecen los artículos de la Ley General de Sociedades
Mercantiles, acción es la parte alícuota del capital social representada en un título de
crédito (título valor), que atribuye a su tenedor legítimo la condición de socio y la
posibilidad de ejercitar los derechos que de ella emanan, así como de transmitir dicha
condición en favor de terceros.
La doctrina, en forma que podemos considerar unánime, estudia la acción
desde tres puntos de vista: 1) como parte alícuota del capital social; II) como título de
crédito; y III) como conjunto de derechos y obligaciones que se atribuyen a la
condición de socio.
l. Las acciones como parte alícuota del capital. El capital social es la cifra expresada
en términos monetarios en que se estiman la totalidad de las aportaciones de los socios, las
cuales se representan en acciones. Las acciones, como partes alícuotas del capital social,
representan, en dinero, la contrapartida de las aportaciones patrimoniales efectivas realizadas
por los socios y cuanto mayor sea el importe de éstas, mayor será el número de títulos que se
le otorguen.
La expresión en términos monetarios de cada parte alícuota del capital social,
constituye el valor nominal de la acción, el cual, en términos generales y salvo
modificaciones que al respecto se llegaren a hacer en la escritura constitutiva, es
permanente durante la vida de la sociedad.
II. Las acciones como títulos de crédito. Como disponen los artículos 78, 89
fracciones 1, III Y IV, 91 fracciones II y III, 97, 111, 112 a 141, 209 Y demás
relativos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como el artículo 5°
de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Mucho se ha discutido respecto a la naturaleza jurídica de estos títulos (tanto
provisionales, como definitivos) en el sentido de que si son o no verdaderos
...