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El Sistema Europeo


Enviado por   •  14 de Marzo de 2014  •  4.212 Palabras (17 Páginas)  •  193 Visitas

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EL SISTEMA EUROPEO DE BANCOS CENTRALES Y EL EUROSISTEMA

El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) , establecido de conformidad con elTratado de Maastricht y los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo , está compuesto por el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales (BCN) de los Estados miembros de la Unión Europea . El Eurosistema está integrado por el BCE y los BCN de los dieciséis Estados miembros de la UE que han adoptado el euro. Los órganos rectores del BCE son el Consejo de Gobierno y el Comité Ejecutivo .Al Consejo de Gobierno le corresponde adoptar las decisiones de polí-tica monetaria del BCE. El Comité Ejecutivo aplica las decisiones y es responsable de la gestión ordinaria del BCE. El Consejo General seguirá existiendo como el tercer órgano rector mientras siga habiendo Estados miembros de la UE que nohayan adoptado el euro.

EL BANCO CENTRAL EUROPEO

El BCE quedó establecido en junio de 1998 en Fráncfort del Meno, y asumió las funciones de su predecesor, el Instituto Monetario Europeo (IME). Es un organismo supranacional y tiene personalidad jurídica propia. Las oficinas del BCE ocupan tres edificios en el centro de Fráncfort. El BCE tiene previsto trasladarse a su nueva sede en la zona este de la ciudad una vezfinalizada su construcción en el 2011. El personal del BCE es auténticamente europeo, ya que sus miembros proceden de los veintisiete países de la Unión Europea.

LAS FUNCIONES DEL EUROSISTEMA

El Eurosistema tiene cuatro funciones principales. La primera consiste en ejecutar la política monetaria del BCE, es decir, las medidas adoptadas por el Consejo de Gobierno del BCE como, por ejemplo, las modificaciones de los tipos de interés oficiales del BCE (tipo mínimo de puja de las operaciones principales de financiación , tipo de interés de la facilidad marginal de crédito y de la facilidad de depósito ) y, cuando fuere necesario, decisiones relativas a los objetivos monetarios y al suministro de reservas. Al Comité Ejecutivo corresponde la aplicación de la política monetaria y ejerce esta competencia dando instrucciones a los BCN (por ejemplo, la asignación semanal de liquidez al sector bancario a través de las operaciones principales de financiación).La segunda y tercera funciones del Eurosistema son ,respectivamente,realizar operaciones de cambio de divisas y mantener y gestionar las reservas oficiales de los países de la zona del euro.

Los bancos centrales nacionales del Eurosistema han transferido al BCE activos exteriores de reserva por un importe total aproximado de 40 mm de euros, constituidos en un 85% por divisas y en un 15% por reservas en oro.A cambio, los BCN han recibido activos remunerados denominados en euros a pagar por el BCE. Los BCN del Eurosistema participan en la gestión de las reservas exteriores del BCE: actúan como agentes del BCE siguiendo unas directrices fundamentales de gestión establecidas por éste. Los demás activos exteriores de reserva del Eurosistema son propiedad de los BCN, que se ocupan de su gestión. El Eurosistema regula las transacciones realizadas con estos activos de reserva, en concreto, aquéllas cuyo importe supere un cierto límite necesitan la aprobación previa del BCE.

El cuarto cometido principal del Eurosistema es promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago.Asimismo, el Eurosistema contribuye a la supervisión financiera: presta asesoramiento para la legislación en esta materia y elabora estadísticas financieras y monetarias. El Tratado de Maastricht también dispone que el BCE tiene el derecho exclusivo de autorizar la emisión de billetes de banco en euros. El Consejo de Gobierno decide los tipos de interés oficiales El BCE y los BCN mantienen activos exteriores de reserva

INDEPENDENCIA

Cuando desempeñan tareas relacionadas con el funcionamiento del Eurosistema , ni el BCE ni los bancos centrales nacionales pueden recabar ni aceptar instrucciones de los organismos o instituciones comunitarios, ni tampoco de ningún gobierno de un Estado miembro de la UE ni de ningún otro organismo. Igualmente, las instituciones y organismos comunitarios, así como los Gobiernos de los Estados miembros, se comprometen a no tratar de influir en los miembros de los órganos rectores del BCE y de los bancos centrales nacionales en el ejercicio de sus funciones. Los Estatutos del SEBC y del BCE regulan la seguridad en el cargo de los gobernadores de los BCN y de los miembros del Comité Ejecutivo como sigue:

• un mandato mínimo de cinco años para los gobernadores de los BCN; un mandato de ocho años, no renovable, para los miembros del Comité Ejecutivo del BCE;

• la separación del cargo de los miembros del Comité Ejecutivo únicamente en caso de incapacidad o falta grave; el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas será el órgano competente para resolver cualquier conflicto que se plantee a este respecto. El Eurosistema también es independiente desde el punto de vista funcional. El BCE y los BCN tienen a su disposición todos los instrumentos y competencias necesarios para instrumentar una política monetaria eficaz y están facultados, además, para decidir de manera autónoma acerca de su utilización. Se prohíbe al Eurosistema conceder créditos a organismos comunitarios o a entidades nacionales del sector público; esta prohibición aumenta su independencia protegiéndole de cualquier influencia de los poderes públicos. Además, el Consejo de Gobierno del BCE está facultado para elaborar las normas de carácter vinculante necesarias para ejecutar las tareas del SEBC, así como en algunos casos previstos en actos específicos del Consejo de la UE .

BANCOS CENTRALES NACIONALES

Los bancos centrales nacionales tienen personalidad jurídica propia (reconocida por la legislación de sus respectivos países), forman parte integrante del Eurosistema –que es el responsable de la estabilidad de precios en la zona del euro– y en el cumplimiento de las funciones del Eurosistema están sujetos a las orientaciones e instrucciones del BCE. Los BCN participan en la aplicación de la política monetaria única de la zona del euro.

Efectúan operaciones de política monetaria, como el suministro de liquidez a las entidades de crédito , y garantizan la liquidación de pagos nacionales y transfronterizos que no se realizan en efectivo.Asimismo, llevan a cabo las operaciones de gestión de las reservas de divisas por cuenta

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