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Glosario Fiscal

dikarlo222 de Septiembre de 2014

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Glosario Fiscal

GLOSARIO FISCAL Y COMERCIAL

A Título Oneroso: Es la denominación que recibe una prestación de servicios.

Abonar: Hacer una anotación en el lado derecho de la cuenta o en el haber de la misma. Registrar o descargar una cantidad en el haber de una cuenta. Cantidad que un Banco anota a favor del cliente en su cuenta corriente.

Accesorios: Son los valores que no integran la deuda principal, tales como: mantenimiento de valor, intereses y multas, que cobran sobre el impuesto cancelado fuera de término.

Accionista: Persona natural o jurídica que es propietaria de una o más acciones de una empresa, por lo que tiene derechos y obligaciones dentro de la sociedad de acuerdo a lo fijado por los estatutos.

Acreedor: Persona jurídica o natural titular de un crédito, a quien se le debe, y tiene facultad para exigir el cumplimiento de esa prestación a otra persona que es el deudor.

Acta de Infracción: Documento que reseña una inspección, con las infracciones advertidas o la certificación de la regularidad acreditada.

Actividad Gravada: Cualquier renta, transferencia, importación, servicio, alquiler de bienes corporales muebles u otra actividad que esté señalada en el Código Tributario

Activo Categoría I: Está compuesto por las edificaciones y componentes estructurales de una persona jurídica o moral.

Activo Categoría II: Lo componen los automóviles y camiones livianos de uso común, equipos y muebles de oficina, computadoras, sistema de información y equipos de procesamiento.

Activo Categoría III: Compuesto por cualquiera otra propiedad depreciable, no especificadas en las categorías 1 y 2.

Activo de Capital: Significa todo bien en poder del contribuyente en conexión o no con un negocio.

Activo Fijo Neto: Diferencia entre el valor bruto del activo fijo y su depreciación acumulada.

Activo Fijo: Activo tangible que se tiene por los servicios que presta en la producción de bienes y servicios; cualquier elemento de una planta.

Activo: Conjunto de bienes y/o derechos del que es titular una persona.

Acto de Infracción: Documento que reseña la comisión de una o varias faltas con las infracciones advertidas.

Actos Administrativos: Decisiones de las autoridades administrativas, pudiendo ser normas generales, resoluciones, circulares, acuerdos y mandatos, dictados o ejecutados en materia propia de sus atribuciones.

Actualización de Deuda: Consiste en obtener el mantenimiento de valor de un monto adeudado.

Administración Tributaria: Conformada por la Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas, con los fines de administrar los tributos establecidos por el Código Tributario y las demás leyes que establecen impuestos o tasas y sus reglamentos; el superior jerárquico es la Secretaría de Estado de Finanzas.

Aduanas: Oficinas establecidas por el Gobierno en fronteras, costas y aeropuertos para recaudar la renta de aduanas o derechos arancelarios y fiscalizar la entrada y salida en territorio dominicano.

Ad-Valorem: Impuestos que se aplican sobre el valor o precio. Ej. ITBIS

Agente de Percepción: Son los sujetos designados por mandato legal, para recibir del deudor tributario el tributo a que éste se encuentra obligado, debiendo entregarlo a la Administración Tributaria dentro del plazo previsto por la ley.

Agente de Retención: Persona responsable que por designación de la ley u órgano que tenga a su cargo la percepción y fiscalización de tributos, por sus funciones públicas o por razón de su actividad, oficio o profesión intervenga en actos u operaciones en las cuales deban efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente.

Agente: Persona en la cual alguien delega la autoridad para que ejerza en su nombre una determinada actividad.

Ajuste por Inflación: Se hace en base a la metodología establecida en el reglamento, basada en el índice de de precio al consumidor del Banco Central

Al Contado: Cuando el precio de un bien es pagado en su totalidad al recibir la mercadería.

Alícuota: Valor porcentual que se debe aplicar sobre la base imponible de acuerdo al impuesto que corresponde, para determinar el monto del tributo.

Alquiler: Acción de entregar un bien mueble o inmueble para su uso a cambio de un contrato de alquiler, sin desprenderse del derecho propietario.

Amnistía Fiscal: Es el beneficio que se concede por ley a los deudores tributarios. Tiene por objeto condonar totalmente las deudas y/o las sanciones derivadas del incumplimiento de obligaciones tributarias.

Amortización Fiscal: Consiste en tomar las medidas necesarias para que las normas fiscales de los países participantes de algún tipo de comunidad o integración económica, resulten consistentes entre sí, a fin de evitar distorsiones en el mercado integrado.

Amortizar: Cancelar una deuda a través de pagos periódicos, hasta que se ha retornado su total, incluyendo los intereses. Retirar obligaciones u otros títulos de deuda en circulación en un determinado período.

Anotación Preventiva: Inscripción preventiva de bienes sujetos a registro (Inmuebles y Vehículos), que efectúa la Administración Tributaria, como una medida precautoria en el cobro coactivo.

Anticipo: Es un pago a cuenta de carácter obligatorio al Impuesto sobre la Renta, relativo al ejercicio fiscal en curso, el cual se paga sobre la base del impuesto liquidado del ejercicio anterior.

Año Fiscal: Período calendario comprendido entre el 1ro de enero y el 31 de diciembre; 1ro de abril y 31 de marzo; 1ro de julio y 30 de junio; 1ro de octubre y 30 de septiembre.

Apremios: Acción que ejecuta la Administración Tributaria a través del Ministerio Público para quienes cometen determinados delitos tributarios.

Arancel: Tarifa que determina los derechos que se han de pagar por ciertos ramos por diversos motivos y circunstancias.

Árbitros: Son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público.

Arraigo: Mandamiento emitido por autoridad competente, que imposibilita al deudor salir del país, para que la persona pueda afrontar su responsabilidad en procesos pendientes o resultados de un juicio.

Arrendamiento: Cesión temporal del uso de un bien por una cierta renta convenida, (sinónimo de alquiler). Convenio contractual entre el propietario del equipo o activo (arrendador) y el usuario del equipo (arrendatario) y que al vencimiento o finalización del contrato, cumplidos los pagos acordados, el arrendatario tiene las siguientes opciones: a) Comprar el bien con el pago del valor residual pactado, b) Renovar el contrato y c) Devolver el bien al arrendador.

Asiento Contable: Registro de transacciones, actividades, eventos, etc., anotados en forma cronológica en un sistema de contabilidad organizada.

Asientos: Registros de transacciones, actividades, eventos, etc., anotados en forma cronológica.

Auditor Tributario: Es el funcionario encargado de realizar el análisis de los registros contables, de la documentación sustentatoria y de la veracidad de lo informado en las declaraciones juradas.

Auditoría Externa: Es la verificación de las declaraciones financieras, realizadas por una firma ajena a la empresa; la auditoría externa influye directamente sobre el control general, puesto que se ocupa de juzgar la precisión y la presentación correcta de la información financiera.

Auditoría Fiscal o Tributaria: Examen crítico y sistemático de los estados financieros, registros contables, de organismos públicos o privados, instituciones, empresas o personas, con el objeto de determinar la veracidad de los registros y de expresar opinión sobre los documentos y valores declarados.

Auditoría: Examen crítico y sistemático de los estados financieros, registros contables, de organismos públicos o privados, instituciones empresas o personas, con el objeto de determinar la veracidad de los registros y emitir dictamen correspondiente, sobre los documentos suministrados.

Auto-Evaluó: Fijación del precio o valor de un bien en términos de una moneda determinada, realizada por la misma persona poseedora del bien. Permite determinar la base imponible para ciertos impuestos.

Balance General: Resumen o síntesis de la realidad contable de una empresa que permite conocer la situación general de los negocios en un momento determinado. Estados Financieros que se presentan a una fecha determinada. También conocida como balance de situación, balance de posición financiera, estado de activo y pasivo.

Base Cierta: Elementos existentes que permiten conocer en forma directa y exacta el hecho generador de una obligación tributaria y la cuantía de la misma

Base Imponible: Valor numérico sobre el cual se aplica la alícuota (tasa) del tributo.

Base Presunta: Hechos y circunstancias indirectas que por su relación con el hecho generador del ingreso, permiten a la Administración Tributaria establecer la existencia y cuantía de una obligación.

Bienes Industrializados: Aquellos bienes corporales muebles, que hayan sido sometidos a algún proceso de transformación.

Bienes Inmuebles: Aquellos de situación fija no susceptibles de traslado, sin detrimento de su existencia.

Bienes Muebles: Para efectos del Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), se entiende por éstos, aquellos que pueden trasladarse de un lugar a otro, así como los derechos referentes a los mismos.

Bienes: Medios que satisfacen las necesidades humanas.

Bona Fide: Del latín, De buena Fe; con una intención

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