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Grupo 1- Desarrollo económico en el Ecuador


Enviado por   •  25 de Enero de 2021  •  Monografías  •  1.147 Palabras (5 Páginas)  •  67 Visitas

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS [pic 3][pic 4]

CARRERA DE ECONOMÍA

 Estudiantes:

  • ANDRES DELGADO
  • JUAN CARRION
  • LEONARDO JIMENEZ
  • KEVIN NARANJO

PARALELO: E6A

ASIGNATURA:

 DESARROLLO ECONOMICO

                                                        

DOCENTE:

MANUEL AMABLE TORRES CASTRO

PERÍODO:   2020-2020

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QUITO – ECUADOR

ANALISIS ARTÍCULO 165 DE LA CONSTITUCIÓN

El art. 165 de la constitución del Ecuador señala los derechos constitucionales que se suspenden o limitan durante el estado de excepción que son 5:

1. la inviolabilidad de domicilio, el cual señala que no se podrá ingresar a un domicilio sin autorización o sin orden judicial; 2. la inviolabilidad de correspondencia, que hace referencia a la libertad de comunicación, que se desarrolle sin interrupción ni conocimiento ilegitimo por terceros; 3. libertad de tránsito, que consiste en entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional; 4. libertad de asociación y reunión; 5. libertad de información.

Además, declarado el estado de excepción La Presidenta o presidente de la Republica podrá:

1.- Decretar la recaudación anticipada de tributos: El cual se podría aplicar al impuesto a la renta, para lo cual, aplicaría anticipo que regía hasta 2008, pagar el 50% de la renta generada el año anterior menos la retención en la fuente. Por ejemplo, si un contribuyente tuvo como renta USD 1 000 en 2019 tendría una base de USD 500 para calcular el anticipo. De este último valor se resta USD 200 en retenciones y al final tendrá que pagar por adelantado USD 300 al Fisco. Si al final del ejercicio fiscal 2020 el anticipado resulta mayor a lo realmente causado, el Fisco deberá devolver el dinero excedente o convertirlo en crédito tributario. Esto ayudaría a que el país tenga mayor liquidez, pero afectando a la de las empresas, derivando en un mayor nivel de desempleo, el cual pone en duda si es la mejor forma para afrontar la crisis sanitaria. Además, no se delimita el tipo de impuesto, por lo que se podría determinar que los contribuyentes adelantes más de un impuesto.

2.- Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación: Esto para cubrir los gastos del sector público y los ocasionados o derivados de la crisis sanitaria. Sin embargo, el Gobierno Nacional dispuso el recorte de más de 98 millones de dólares a 32 universidades y escuelas politécnicas públicas, una medida que viola lo establecido en este artículo. Donde Salud y Educación son sectores estratégicos para la sociedad, más aún en situaciones de crisis como esta pandemia, que deberían ser potenciados mediante una buena planificación del presupuesto.

3.- Trasladar la sede de gobierno a cualquier lugar del territorio nacional: Aquí señala que en el Estado declarado se faculta cambiar la sede donde considere que "es más seguro para el Gobierno". Como ejemplo tácito el 08 de octubre del 2019, el anuncio del presidente de la RepúblicaLenin Moreno, de cambiar la sede de Gobierno a Guayaquil fue un hecho de demostración de temor, por el levantamiento popular que se dio en esa fecha dado las medidas antipopulares tomadas y anunciadas por medios de comunicación, ya que Geográficamente es muy fácil llegar a la sede de Gobierno (Carondelet), varios gobiernos han sido derrocados porque es muy fácil llegar y aquí el actual presidente hace uso de este inciso en el art 165 de la constitución. Cabe mencionar que solo dos veces se ha dado esto en la historia republicana.

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