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IHSS RESUMEN


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2018  •  Resúmenes  •  5.237 Palabras (21 Páginas)  •  638 Visitas

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Sociedad/persona natural

Personado/No personado.

Contesto/No contestó.

Observaciones.

1.- INVERSIONES AUSTRAL, S. A. de C.V. 

Personado, a través de su Apoderado Francisco Ticas Aguilar mediante escrito de fecha 28 de julio de 2008 (Folio 292). Poder de Ticas obra a folios del 293 al 295. Auto de fecha 29 de julio de 2008 lo tiene por personado (folio 296). Mediante escrito de fecha 26-01-2009 pidió ser emplazado (folio 360). Se ordenó el emplazamiento a Ticas en auto del 27-01-2009 (folio 361).

Francisco Ticas contestó la demanda mediante escrito de fecha 29 de abril de 2010, rechazando e interponiendo Excepción de Extinción del Derecho de Dominio y presentando Reconvención (folios del 396 al 399 escrito de contestación y 399 al 402; documentos: 403 al 469). Mediante auto del 4 de mayo de 2010 se pide se acredite el emplazamiento (folio 470).

Francisco ticas contesto la demanda mediante escrito de fecha 9 de junio del 2017 rechazándola e interponiendo contestación por citación de evicción. Se opone excepción  perentoria de extinción del derecho de dominio ejercitado lo que priva de acción al demandante. (folio 726- 729)

Auto de 12 de junio del 2017.se da por  interpuesta la excepción perentoria, de extinción de derecho, de dominio, (folio 730)

Se le cito y emplazó el 21 de abril de 2010 (Folio 486, Informe del 13 de mayo de 201 del Receptor Roger Ordóñez a folio 487).- Mediante auto de fecha 6 de septiembre de 2011 se tiene por contestada la demanda y por promovida la reconvención, ordenando citar y emplazar al Director del IHSS (folio 498) para que conteste reconvención.

El 22 de febrero del 2017 Se solicitó se  notifique a la sociedad INVERSION AUSTRAL, S.A de C.V atraves de su apoderado el abogado Francisco Tica. (Folio  719-720)

Auto de fecha 8 de marzo del 2017 se acepta y que se ordene mandar a notificar por medio del receptor, al abogado francisco tica en su condición de apoderado de la sociedad INVERSION AUSTRAL, S.A de C.V. (folio 721)

En fecha 14 de marzo del 2017 el abogado Osman Ricardo Carrasco Santos solicito notificación por tabla de aviso. (Folio 722)

 Se prosiguió  a notificar al señor Francisco Tica Aguilar en su condición de apoderado legal de la sociedad mercantil denominada Inversiones Austral. (Folio 724)

El 9 de junio del 2017 Se contesta rechazándola improcedente la demanda ordinaria de reivindicación de dominio de un inmueble, y de nulidad asientos del registro de la propiedad inmueble, Se opone excepciones perentorias de extinción del derecho de dominio ejercitado lo que priva de acción al demandante. (Folio 726-729)

 Auto de fecha 12 de junio del año 2017 declara Sin lugar en virtud de no encontrarse en autos que hayan sido citadas  las partes demandadas. (folio 730)

2.- CONSTRUCCIONES Y FINANZAS, S. A. (COFISA).

Se intentó personar, pero rechazaron el escrito, en virtud que se persona como apoderado de Roger Valladares en su condición personal (Folio 655)

El 27 de junio del 2018 el abogado AMILCAR ERNESTO ZAVALA GARCIA presento poder (folio 840) En escritura pública dicho poder  se lo podemos encontrar (folio 852-853)

A folios 624 y 625 aparece abstención de contestar demanda y Excepción Dilatoria de Falta de Personalidad o Representación del Demandado e Ineptitud de Libelo (por que no se presentó documentación). Aparecen Excepciones Dilatorias presentadas por Roger Danilo Valladares Varela (Escrito a folios 624 y 625 y documentos del 626 al 638). Auto de fecha 17 de mayo de 2016 (folio 639), rechazándolo de plano por haber contestado de manera personal y no en representación de COFISA.

Se contesta interponiendo excepción dilatoria de falta de personalidad o representación legal del demandado (folio 840-842)

Auto de fecha 28 de junio del 2018 se admite el escrito que antecede lo solicitado por el compareciente (folio 843)

Aparece a folio 591 Constancia de fecha 24 de septiembre de 2014 del Receptor David Molina, que trató de emplazar a Roger Danilo Valladares Varela, sin éxito y que las oficinas principales estaban en SPS. A folios del 616 al 623 aparece Exhorto al Juzgado de Letras Civil de SPS. Se citó y emplazó a Roger Danilo Valladares Varela en fecha 3 de mayo de 2016, a folio 619 y 620.

Comunicación: Tener por ampliada la demanda de mérito contra la  empresa COFISA. Al representante Robert Valladares.       Téngase por interpuesto el incidente nulidad absoluta de la actuación única y exclusiva de la citación emplazamiento realizada a la sociedad COFISA en fecha  1 de marzo del 2018

27 de junio del 2018 el abogado Amílcar Ernesto Zavala García (COFISA) contesta imprudente demanda ordinaria de reivindicación de dominio de un inmueble nulidad asientos y matriculas con sus respectivos asientos se interpone excepción dilatoria de falta de personalidad o representación legal del demandado o de su procurador. (Folio 840-842)

Auto 28 de junio del 2018 Admítase el escrito que antecede previo darle el trámite legal correspondiente a lo solicitada que se acredite la comunicación original emitida, fecha 1 de marzo del 2018

Téngase por recibido el exhorto, en el juzgado de letras civil san pedro sula, cortes, 28 de mayo del 2018. (Folio 868)

 Acta de citación y emplazamiento. (Folio 871)

 Auto de 15 de octubre del 2018 se tiene por contestada en tiempo y forma la presente demanda ordinaria por el abogado AMILCAR ERNESTO ZAVALA GARCIA. (Folio 874)

  El abogado AMILCAR ERNESTO ZAVALA GARCIA solicita  notificación por medio de cedula fijada en la tabla de aviso del despacho en fecha 23 de octubre del 2018. (Folio 875)

Auto de 24 de octubre del 2018 se proceda a noticar por medio de  tabla de aviso. (Folio 876)

3.- PALAO HOLDING, S. A.

Se personó a través de su Apoderado José Antonio Taixes (folio 490) solicitando ser emplazado, con poder (folios 491 y 492).- Mediante auto de fecha 20 de enero de 2011 se ordena el emplazamiento a Taixés (folio 493).

Taixés presentó el 25 de julio de 2016 escrito de suspensión del término para contestar la demanda (folios 518 y 519) y que se notifique la demanda al vendedor (Inversiones Austral SA a través de Mauricio Ubence Acosta). Resuelto mediante auto del 26 de julio de 2012 (folio 520) en el sentido que acredite la representación de Mauricio Acosta.- Mediante escrito de fecha 21 de septiembre de 2012 (folio 521) se corrige el nombre del representante: Miguel Alejandro Chajtur Comas.- Mediante Auto del 26 de septiembre de 2012 (folio 522) se ordena emplazar a Miguel Alejandro Chajtur Comas para que conteste la demanda contra Palao Holding SA. 

Se citó y emplazó a Taixés el 16 de julio de 2012 (Folio 517).

La sociedad Inversiones Austral SA está inscrita bajo Asiento 42 del Tomo 502 del LCS de FM.

4.- ORGANISMO INTERNACIONAL REGIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA- OIRSA.

A folio 656 aparece escrito de fecha 11 de agosto de 2016 del Abogado RAMÓN PEDRO VINDEL WAINWRIGHT, personándose por OIRSA, pidiendo se le cite y emplace a él por OIRSA. Aparece el Poder cotejado a folios del 657 al 663. Se rechazó el escrito mediante auto de fecha 12 de agosto de 2016 (folio 664) porque la copia aparece incompleta (Fórmula CUMPLASE). A folio 675 aparece nuevo escrito de fecha 30 de agosto de 2016 del Abogado Vindel acreditando el poder completo a folios del 676 al 683 (obra facultad de ser citado y emplazado a folio 679 línea 7); que fue resuelto mediante auto de fecha 31 de agosto de 2016 (folio 684) teniéndolo por personado.

RAMÓN PEDRO VINDEL WAINWRIGHT, en fecha 30 de septiembre del año 2016 presento un escrito contestando , la improcedencia e ilegalidad de demanda ordinaria de reivindicatoria de dominio de un inmueble nulidad y cancelación de los respectivos asientos en el registro de la propiedad (folio 689-699)

Auto de fecha 7 de febrero 2017 se aceptó la contestación

A folio 590 aparece Constancia de fecha 24 de septiembre de 2014 del Receptor David Molina, que intentó en 3 ocasiones: 18, 19 y 22 de septiembre de 2014 emplazar a Oscar Manuel Gutiérrez, como Director Ejecutivo de OIRSA, pero le dijeron que hacía 6 años ya no trabajaba allí.

5.-  WILLIANS DARÍO NÚÑEZ PEREIRA.

Se persono a través de su Apoderada Xiomara Aguilar (Folio 53 de la pieza que andaba en la Corte de Apelaciones).

Francisco Ticas contestó la demanda mediante escrito de fecha 11 de mayo de 2010, rechazando e interponiendo Excepción de Extinción del Derecho de Dominio (folios del 471 al 474 escrito de contestación y documentos: 475 al 483). Mediante auto del 12 de mayo de 2010 se pide se acredite el emplazamiento (folio 484).

No se ha citado ni emplazado.

6.-  BANCO DE AMÉRICA CENTRAL HONDURAS, S. A.,  (BAC-HONDURAS).

Se persono a través de su apoderado Jorge Alberto López mediante escrtito de fecha 9 de septiembre de 2014, (Folio 583), con Escritura de Poder (folios del 584 al 588). A folio 585, línea 21, aparece que tiene facultades para ser emplazado. Mediante auto de fecha 10 de septiembre de 2014 se le tuvo por personado.

Existe Constancia de intento de emplazar a Ernesto Castegnaro Odio los días 24 de julio, 1 y 8 de agosto (a folio 582), señalándole al Receptor que rara vez llegaba al banco.

7.-  ECONO RENT A CAR, S. de R.L.

Se persono a través de su apoderado Roberto Carlos Echenique Cáceres (Folio 605).

A folios del 665 al 668 aparece escrito de fecha 16 de agosto de 2016 de Abogada Lizette Amalia Gómez Robleda, con poder a folios 669 al 673. Facultad de ser citada y emplazada obra a línea 18 de folio 671 vuelto. Resuelto mediante auto de fecha 17 de agosto de 2016 (folio 674) teniendo por personada a la Abogada Gómez.

MARIELA SABILLON OLIVA, en fecha 17 de enero del 2018 presento poder, como representante legal del señor, HECTOR ALFREDO ABUDOJ ZAMORA, (folio 764)

Auto de fecha 19 de enero del 2018 se rechazó el escrito presentado en virtud que en la demanda el señor  HECTOR ALFREDO ABUDOJ ZAMORA, es demandado en su condición de gerente general de la sociedad. ECONO RENT A CAR, S. de R.L. y el poder conferido a la abogado aparece en su condición personal (folio 769)

En fecha 21 de febrero del 2018 se presentó personamiento, el abogado RODOLFO ELIAS SORTO BUESO. Actuando en su condición de apoderado legal  ECONO RENT A CAR, S. de R.L.(folio 770-771).

Auto de fecha 22 de febrero del 2018 se tiene por personado al abogado  RODOLFO ELIAS SORTO BUESO. En la sociedad ECONO RENT A CAR, S. de R. L.  (Folio 775).

MARIELA SABILLON OLIVA en fecha 9 de marzo del 2018 presento una subsanación de poder, personamiento. (Folio 780).

Auto de fecha 12 de marzo del 2018 se tiene por personada a la abogada MARIELA SABILLON OLIVA en la sociedad  ECONO RENT A CAR, S. de R. L.  

El Abogado Elmer E. Fugón presentó escrito absteniéndose de contestar la demanda e interponiendo Excepciones Dilatorias de: Ineptitud de Libelo, Cosa Juzgada y Prescripción a folios del 568 al 561 (aquí se produce error en la foliación). Los documentos aparecen a folios del 562 al 571. Resuelto mediante auto de fecha 2 de septiembre de 2013, ordenando traslado del escrito de Excepciones Dilatorias.

En fecha 30 de mayo del 2018 se interpone demanda incidental, excepción dilatoria de cosa juzgada, excepción de justo dominio y buena fe, excepción instintiva de la  acción reivindicatoria, nulidad de actuaciones por abuso de derecho y fraude de ley. (folio 815-824)

Auto de fecha 31 de mayo del 2018 se declara sin lugar, la cuestión incidental planteada de nulidad por abuso derecho y fraude de ley, presentada por la abogada  MARIELA SABILLON OLIVA  como representante  de  ECONO RENT A CAR, S. de R. L.  

5 de junio del 2018 compareció a cumplir con previo del 31 de mayo del 2018. (Folio 831)

Auto de 8 de junio del 2018 se admitió el cumplimiento del previo (folio 832)

Se citó y emplazó a Héctor Alfredo Abudoj Zamora el 8 de agosto de 2013 (folio 563).

Se contestaron las Excepciones Dilatorias mediante escrito de Osman Carrasco de fecha 24 de octubre de 2013 (folios del 577 al 579). Resuelto mediante auto de fecha 28 de octubre de 2013 (folio 580), abriendo el incidente a pruebas por 10 días.

El 17 de noviembre del 2017 Mariela Sabillon Olivo, presento poder en sus condiciones de representante del señor Héctor Alfredo Abudoj Zamora. (Folio 764)

Auto de 19 de noviembre del 2017 Rechácese porque el poder comparece en su condición personal y debe de ser poder  definido como representante ECONO RENT A CAR’S. (folio 769)

 El 21 de febrero del 2018 presento  personamiento Rodolfo Elías Sorto Bueso como apoderado legal de ECONO RENT A CAR’S. (folio 770)

 Auto de 24 de febrero del 2018 tiene como personado Rodolfo Sorto en su condición de apoderado ECONO RENT A CAR’S. (Folio 775)

En fecha  9 de marzo del 2018 la abogada Mariela Sabillon Oliva Presento subsanación  poder y personamiento. (folio 781)

En auto 9 de marzo del 2018 se admite y se Tiene  por personada  Mariela Sabillon  como apoderada de la sociedad ECONO RENT A CAR’S. (folio 786)

En fecha 30 de mayo del 2018 Se interpone demanda incidencial-excepcion dilatoria de cosa juzgada-excepción de justo dominio reivindicatoria-nulidad de actuaciones por abuso Mariela Sabillon Oliva ECONO RENT A CAR’S. (Folio 815-824)

  Auto 1 de mayo del 2018 se declara Sin lugar la cuestión incidental planteada de nulidad por abuso derecho y fraude de ley, presentada por la abogada Mariela Sabillon Oliva como representante EONO RENT A CAR’S. (Folio 830)

25 de junio del 2018 la abogada Mariela Sabillon Oliva se solicita notificación vía teléfono celular o correo electrónico. (Folio 838)

Auto 26 de junio del 2018 se declara Sin lugar en virtud que la notificación vía teléfono celular o correo electrónico es una figura propia del código procesal civil. (Folio 839)

8.-  INVERSIONES THOMAS, S. de R.L. (RESIDENCIAL VILLA DORADO).

No se encontró información.

9.-  INVERSIONES HONDUREÑAS, S. A.

Francisco Ticas contestó la demanda mediante escrito de fecha 11 de mayo de 2010, rechazando e interponiendo Excepción de Extinción del Derecho de Dominio (folios del 471 al 474 escrito de contestación y documentos: 475 al 483). Mediante auto del 12 de mayo de 2010 se pide se acredite el emplazamiento (folio 484).

10.-  INMOBILIARIA E INVERSIONES BUFALO, S. A. de C.V.

Se persono a través de su Apoderado Roberto Reina Vallecillo mediante escrito de fecha 14 de abril de 2011 (folio 493), con poder (folios 495 y 496); resuelto mediante auto de fecha 25 de abril de 2011 (folio 497).

Contestó Demanda en fecha 26 de octubre de 2011 interponiendo Excepciones Perentorias de Prescripción, de Extinción e acciones, de Falta de Acción o Demanda para demandar y de Nulidad (folios del 506 al 509). Resuelto mediante Auto de fecha 31 de octubre de 2011 teniendo por contestada la demanda y en cuanto la apertura a pruebas deberá ser citados los demás codemandados.

Se le citó y emplazó a Roberto Reina en fecha 25 de octubre de 2011 (Folio 505).

Esperando actualmente que se emplace a los demás codemandados.

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