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tetronco711 de Diciembre de 2013

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LEY DE APUESTAS

Con la llegada de la nueva Ley de APuestas que entró en vigor el pasado Junio todas las casas que quisieran tener actividad en España tenian que adquirir una licencia .es y acogerse a la legislación española y declarar al Ministerio de Hacienda sus ganancias.

Con esto, de rebote , los jugadores pasaban a tener que registrarse de nuevo en estas , aceptando que nuestros movimientos puedan ser dados al Ministerio de Hacienda y así tambien tener la obligatoriedad de declarar nuestras ganancias ( esto ya era así anteriormente )

Según he leido y me han comentado en distintos chats de casas de apuestas, estas informaran de nuestras cuentas tan solo a la DGOJ , pero si que tienen la obligación de darle está información tambien a Hacienda si se la solicitan .

QUE HAY QUE DECLARAR ?

Como se ha publicado recientemente en el BOE y todo hacia presagiar , tan solo estamos en la obligatoriedad de declarar las verdaderas ganancias ( ganancias patrimoniales ) que hemos tenido en un perido impositivo permitiendonos utilizar las perdidas ( no usando estas como perdida patrimonial , ahí venia el error que nos ha perseguido durante meses ) .

Para calcular nuestra ganancia patrimonial tenemos que usar la siguiente fórmula

SALDO A 31 DICIEMBRE - SALDO a 1 ENERO + RETIRADAS ANUALES - INGRESOS ANUALES

Ejemplo: 1000 - 300 + 700 - 500 = 900 euros de ganancias

A la pregunta que hace mucha gente de si tengo varias cuentas... la respuesta es clara SIIII, se tiene que hacer esta operación en todas las casas y con los totales mirar si sale positivo o negativo.

Si es positivo A DECLARAR , si es negativo... ya has perdido... que más vas a pagar ??

Ya sé que hay gente que dirá que como vamos a contar los saldos de las casas si ese dinero es ficticio, pero hay que hacerlo porque si no fuera así y tuvieramos entre Retiros/Ingresos un +500 con hacer el último dia del año un ingreso por ese valor ya estabamos a 0 y nunca tendriamos ni ganancias ni perdidas.

QUIEN TIENE QUE DECLARAR ?

1 )LAs que superen los 22.000 euros de un solo pagador ( para quien le cuesta entender .. de un trabajo )

2 ) LAs que superen los 11.200 euros de varios pagadores , si el segundo pagador supera los 1500 ( para quien le cueste entender... 2 trabajos o mas, 1 trabajo y el paro , etc. )

3 )Las que superen los 1600 euros de GANANCIAS PATRIMONIALES sujetos a retencion ( para quien le cueste entender .... acciones, por ejemplo )

4 )LAs que superen los 1000 euros de GANANCIAS PATRIMONIALES sin retencion ( para quien le cueste entender.... LAS APUESTAS , POKER , etc ).

SIEMPRE QUE SE CUMPLA UNO DE ESTOS CASOS ESTAS OBLIGADO A HACER LA DECLARACION

Cuando sepamos en que categoria estamos y si estamos obligados a hacerla lo siguiente que se debe hacer es calcular si tenemos beneficios en el juego para en caso de ser así incluir este en la casilla 300 de la Declaracion de la Renta ( apartado GANANCIAS PATRIMONIALES )

En el caso de que vuestros padres ( queridos estudiantes ) os incluyan en su Declaración para beneficiarse de los 1836 euros que les desgrava por hijo ( 50% para padre y 50 % para madre ) vuestras ganancias deberian ser incluidas en su declaracion con lo que eso les conlleva. SI TENEIS +25 TRANQUILOS NO ESTAIS EN SU DECLARACION

COMO INFLUYE LAS GANANCIAS PATRIMONIALES EN LA DECLARACION?.

LAs Ganancias Patrimoniales ( que ya he dicho que van en la casilla 300 ) se suman a la base imponible de la persona ( esto es lo que resulta de nuestras ganancias - cotizaciones a la

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