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Informe planeamiento Agroindustria San Jorge S.A


Enviado por   •  22 de Junio de 2023  •  Tareas  •  4.265 Palabras (18 Páginas)  •  168 Visitas

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AGROINDUSTRIA SAN JORGE S.A.

Informe del Planeamiento del Trabajo

  1. ASPECTOS GENERALES

  1. AGROINDUSTRIA SAN JORGE S.A.
  • Razón Social: AGROINDUSTRIS SAN JORGE S.A.
  • Número de RUC: 20125959555
  • Fecha de Inscripción: 22/12/1995
  • Actividad Económica: Cultivo de hortalizas y melones, raíces, y tubérculos.
  • Dependencia SUNAT: 0101 I.R. ICA- PRICO REGIONAL
  • Emisor Electrónico desde: 13/08/2016
  • Tipo de Actuación: Auditoria Tributaria IR
  • Periodos a Revisar: 2020
  • Tributos a Examinar: Impuesto a la Renta
  • Forma Societaria: SA

Agroindustria San Jorge S.A. es una empresa dedicada la siembra, cosecha y comercialización de productos agrícolas en el mercado exterior, principalmente espárragos, vid, paltos, arándanos y granadas.

  • Tributos que se encuentran afectos:

Según su ficha RUC, la Compañía se encuentra afecta a los siguientes tributos:

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La Compañía es Agente de Retención del IGV: desde 01/05/2003.

Al mes de diciembre del 2020, según SUNAT, contaba con 13,249 trabajadores en Planilla.

Así también registra los siguientes funcionarios, como representantes ante la Administración Tributaria:

Principales accionistas:

  • VARGAS GONZALES, LUIS 4.71%
  • LOPEZ VALLADARES LUISA 0.01%
  • MATTA HOLDING INC 95.28%

Organización de la empresa: Es importante precisar que la Compañía no nos ha remitido el organigrama vigente en el presente ejercicio. Sin embargo, a continuación presentamos el organigrama del ejercicio 2019 cuya fuente ha sido el Estudio Técnico de Precios de Transferencia.

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  • Principales clientes

Flamingo Produce LTD. Alpine Fresh INC

Van der Lans International Fao Peter Lellow

  • Principales proveedores

Fester &CO GMBH Alpine Fresh

Superior Foods International LLC Netafim Perú S.A

  • Proceso productivo: Al cierre del presente informe, se encuentra pendiente tener una reunión con el encargado que revisa el tema de costos; no obstante de la información recibida del área contable y administrativa, en la mayoría de los casos la Compañía se dedica a recolectar los cultivos, pasan un por proceso de selección (cay empaquetado. Solo en el caso de los espárragos nos informaron que a diferencia de los demás frutos pasan por un proceso de corte (retiran el tocón) y en caso de recolectar espárragos quebradizos se corta, se congela y se exporta espárragos congelados.

  1. NORMATIVA TRIBUTARIA Y SECTORIAL APLICABLE

  • Texto Único Ordenado de la Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, publicado el 19 .8.1999 y normas modificatorias.
  • Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-99-EF, publicado el 14.4.1999 y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta).
  • Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo No. 122-94-EF y modificatorias.
  • Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-99-EF, publicado el 15.04.1999 y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas).
  • Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Venta, aprobado mediante Decreto Supremo No. 136-96-EF y modificatoria.
  • Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT y normas modificatorias.
  • Ley General de Sociedades, aprobada mediante Ley N° 26887, publicada el 9.12.1997 y normas modificatorias.
  • Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT, que establece las normas referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios.
  • Ley N° 29215 y 29214
  • Ley Nº 28194 - Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía
  • Ley N° 27360 - Ley que aprueba las Normas de promoción del sector agrario. (Vigencia hasta el 31.12.20)
  • Aplican la tasa del 15% sobre la Renta.
  • Pueden depreciar a razón del 20% anual el monto de las inversiones en obras de infraestructura hidráulica y obras de riego que realicen durante la vigencia de la presente Ley.
  • Aporte ESSALUD del 4% del sueldo de los trabajadores.

Con fecha 28 de diciembre de 2019, se emitió el Decreto de Urgencia N°043- 2019 que amplía los beneficios de la Ley 27360 hasta el 31 de diciembre de 2031; y asimismo, modifica ciertos artículos de la Ley 27360, según se indica:

  • Remuneración diaria de S/39.19 (Treinta y Nueve con 19/100 Soles), siempre y cuando laboren más de 4 horas diarias en promedio.
  • Remuneración básica no menor que la Remuneración Mínima Vital; compensación por tiempo de servicios es equivalente al 9,72% de la remuneración básica y las gratificaciones de fiestas patrias y de Navidad son equivalentes al 16,66% de la remuneración básica, conceptos que se actualizarán en el mismo porcentaje que los incrementos de la remuneración mínima vital.
  • Descanso vacacional por 30 (treinta) días calendario remunerados por año de servicio a la fracción que corresponda.

  • Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, Decreto Legislativo N° 940, normas complementarias, reglamentarias y modificatorias.
  1. ANTECEDENTES TRIBUTARIOS

La última fiscalización efectuada por la Administración Tributaria a AGROINDUSTRIAL SAN JORGE S.A. ha sido fiscalizaciones parciales del 2016 y 2017. Sin embargo, solo nos han remitido los resultados de las fiscalizaciones definitivas por el impuesto a la renta e IGV de los periodos 2002 y 2003 cuyos puntos controvertidos han sido los siguientes:

  • Vacaciones no pagadas: La Compañía no acreditó haber realizado el pago de las vacaciones hasta antes del vencimiento de la Declaración Jurada.
  • Participación de utilidades: La Compañía no acreditó haber realizado el pago de las utilidades hasta antes del vencimiento de la Declaración Jurada.
  • Adquisición de equinos y galleras: constituyen gastos ajenos al giro del negocio de la Compañía, al no cumplir con el Principio de Causalidad, la Administración Tributaria lo reparó.

  • Comprobantes de pago deducidos vía Declaración Jurada: estos comprobantes de pago forman parte del costo de ventas, inventario y activos.
  • Gastos prestados por terceros – cuenta 63: la Compañía no sustentó estos gastos.
  • Tributos – cuenta 64: La compañía registró el pago de alcabala como gasto de tributos, cuando debió considerar como parte del valor del activo fijo.
  • Cargas diversas de gestión – cuenta 65: la Compañía no sustentó estos gastos.
  • Cargas excepcionales- cuenta 66: la Compañía no sustentó estos gastos, adicionalmente estaban referidos a multas, sanciones y recargos.
  • Cargas financieras- cuenta 67: la Compañía no sustentó estos gastos, adicionalmente estaban referidos a multas, sanciones y recargos.

  1. ANÁLISIS COMPARATIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Se efectuaron los análisis comparativos de los EEFF (análisis horizontal y vertical), del ejercicio 2019 al 2020; asimismo, se evaluaron los EEFF de los ejercicios 2018 y 2019 en dólares remitidos por la Compañía para corroborar la selección de las partidas contables más significativas. En ese sentido, dada su importancia, las partidas que no pueden dejar de ser analizadas son las siguientes:

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