Juicio Fiscal Infonavit
ferlodel7 de Julio de 2015
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C.C. INTEGRANTES DE LA SALA REGIONAL PENINSULAR DEL H. TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.
PRESENTES
________________, mexicano por nacimiento, mayor de edad legal, con plena capacidad para obligarme y contratar, y señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el predio de la calle____________, y autorizando al C. Licenciado _____________ para que en los términos del artículo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, pueda recibir notificaciones e imponerse de los autos del expediente que se forme en este juicio de nulidad, con el debido respeto comparezco y expongo:
Que en mi carácter de representante legal de la empresa denominada _______________ Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable con registro patronal ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores número ____________ y con domicilio fiscal en el predio marcado con el número______________ de esta ciudad de Mérida, misma personalidad que acredito con la copia debidamente certificada del acta número 281 del tomo CXXXIX volumen A folio 37 de fecha 23 de febrero de 2003 otorgada ante la fe del Abogado Manuel Calero Rosado, Notario Público número 24 del Estado de Yucatán, y con fundamento en los artículos 1, 2, 13, 14, 15, 16 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vengo por medio del presente escrito, a promover formal demanda en juicio contencioso administrativo en contra de actos procedentes de diversas autoridades del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y que más adelante serán precisados.
AUTORIDADES DEMANDADAS
I.- El Gerente de Recaudación Fiscal en la Delegación Regional Yucatán del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
II.- El H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
ACTOS IMPUGNADOS
I.-La resolución por la cual se finca en contra de mi representada el crédito fiscal identificado con el número de folio 311136Y7017917100, mismo acto que fuenotificado a mi representada con fecha 7 de febrero del año en curso.
II.- El Acuerdo por el que se Determina la Circunscripción Territorial en la cual Ejercerán sus Facultades las Autoridades Fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, emitido por el H. Consejo de Administración del INFONAVIT mediante Resolución RCA-3822-06/12 publicado en el diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012, mismo que sirve de fundamento al acto de autoridad identificado con el número de folio 311136Y7017917100, siendo esta resolución el primer acto de aplicación, en contra de mi representada, del acuerdo impugnado y antes señalado.
HECHOS GENERADORES DE LA DEMANDA
PRIMERO.- Con fecha 7 de febrero del año en curso, mi representada fue notificada de la resolución por la cual se finca en contra de mi representada el crédito fiscal identificado con el número de folio 311136Y7017917100.
Toda vez que considero que dicho acto de autoridad reulta contrario a derecho, acudo ante este H. Tribunal a solicitar la nulidad del mismo.
SEGUNDO.- De igual forma, procedo a impugnar el Acuerdo por el que se Determina la Circunscripción Territorial en la cual Ejercerán sus Facultades las Autoridades Fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, emitido por el H. Consejo de Administración del INFONAVIT mediante Resolución RCA-3822-06/12 publicado en el diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012, mismo que sirve de fundamento al acto de autoridad identificado con el número de folio 311136Y7017917100, tal y como se aprecia de la lectura de dicha resolución.
Asimismo, me permito manifestar de la resolución identificada con el número de folio 311136Y7017917100 es el primer acto de aplicación del acuerdo impugnado en contra de mi representada.
CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN
PRIMERO.- De la lectura de la resolución combatida, se desprende que la autoridad demanda pretende fundamentar su competencia territorial mediante el Acuerdo por el que se Determina la Circunscripción Territorial en la cual Ejercerán sus Facultades las Autoridades Fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, emitido por el H. Consejo de Administración del INFONAVIT mediante Resolución RCA-3822-06/12 publicado en el diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012.
Ahora bien, toda vez que considero que dicho acuerdo no reúne los requisitos de una adecuada motivación y fundamentación legal, por las razones siguientes.
El Acuerdo por el que se Determina la Circunscripción Territorial en la cual Ejercerán sus Facultades las Autoridades Fiscales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, emitido por el H. Consejo de Administración del INFONAVIT mediante Resolución RCA-3822-06/12 publicado en el diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012, resulta del todo ilegal por haber sido emitido por una autoridad que carece de facultades legales para ello, violentando con ello, lo establecido en el artículo 38 en su fracción IV del Código Fiscal de la Federación y 16 de la Constitución General de la República. Se dice lo anterior, por las razones siguientes.
De la lectura del acuerdo impugnado, se desprende que la autoridad demandada pretende fundar su actuación en el artículo 16 fracciones VI y XXII de la Ley del Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Dicho precepto legal establece lo siguiente:
Artículo 16.- El Consejo de Administración, tendrá las atribuciones y facultades siguientes:
…
VI.- A propuesta del Director General aprobar los nombramientos del personal directivo y los delegados de conformidad con el Estatuto Orgánico del Instituto. Asimismo, aprobar las bases para el establecimiento, organización y funcionamiento de un sistema permanente de profesionalización y desarrollo de los trabajadores del Instituto;
…
XXII.- Las demás que le señale la Asamblea General o se desprendan de la presente Ley.
Tal y como este H. Tribunal puede apreciar, de los preceptos legales antes citados y que sirven de fundamento para el acto impugnado, NO se contempla la facultad del H. Consejo de Administración del INFONAVIT para emitir acuerdos en materia de COMPETENCIA TERRITORIAL de las diversas autoridades del organismo fiscal autónomo en cuestión denominados Delegados Regionales, Representantes de la Dirección General, Gerente de Fiscalización del Distrito Federal, Subgerentes de Recaudación Fiscal en las Delegaciones Regionales y el Subgerente del Área Jurídica en las Delegaciones Regionales, y dicha facultad tampoco le ha sido concedida por la Asamblea General, ni se desprende de la propia ley. En consecuencia, al derivar dicha facultad únicamente del artículo 5° del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, deviene del todo ilegal, puesto que como ha sido establecido por nuestros tribunales, la facultad reglamentaria conferida al titular del ejecutivo, que dimana del artículo 89 de nuestra Carta Magna, para proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de la Ley, expidiendo disposiciones generales y abstractas, tiene como única función u objeto la ejecución de la Ley emanada del Congreso de la Unión desarrollándola y complementándola en detalle, de donde sepulta que es una norma subalterna que tiene su medida y justificación en la ley, por lo que no puede modificar, restringir o ampliar las disposiciones jurídicas expedidas por el Legislativo, pues de lo contrario evidentemente invadiría la esfera de atribuciones que para ese efecto en forma exclusiva le asigna nuestro máximo Ordenamiento Legal al mencionado Congreso. Este H. Tribunal, a través de la Sala Regional de Oriente, ha coincidido con el criterio antes señalado, mediante la tesis que a continuación se transcribe.
VII-TASR-OR-2
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES CARECE DE COMPETENCIA PARA EMITIR EL ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL EN LA QUE EJERCERÁN SUS FACULTADES LAS AUTORIDADES DE DICHO INSTITUTO, CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN RCA-3822-06/12.- Si bien en la resolución RCA-3822-06/12 se establece que el H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en ejercicio de las atribuciones y funciones que se establecen en el artículo 16, fracciones VI y XXII de la Ley del propio instituto, aprueba la circunscripción territorial en la cual ejercerán sus facultades las autoridades fiscales del citado Instituto, también lo es que de la lectura a la fracción VI recién citada, se desprende la facultad de aprobar los nombramientos del personal directivo y los delegados de conformidad con el Estatuto Orgánico del Instituto, así como aprobar las bases para el establecimiento, organización y funcionamiento de un sistema permanente de profesionalización y desarrollo de los trabajadores del Instituto; y, en la fracción XXII, se precisa las demás que señale la Asamblea General o se desprendan de dicha ley, sin embargo, al no haberse señalado ni en el artículo 16 transcrito, ni el asamblea General y mucho menos la propia ley, que dentro de las facultades con las que cuenta el Consejo
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