LA OBLIGACION TRIBUTARIA
anagabarielacfTrabajo8 de Mayo de 2014
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INDICE
Pag.
INTRODUCCION………………………………………………………………...I
1. LA OBLIGACION TRIBUTARIA………………………………………………...4
2. NATURALEZA JURIDICA……………………………………………………….4
3. ELEMENTOS ESENCIALES DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA…………5
4. ELEMENTOS CUANTITATIVOS Y CUALITATIVOS………………………...6
5. EL HECHO GENERADOR DE LA OBLIGACION TRIBUTARI…………....11
6. LOS SUJETOS ACTIVOS……………………………………………………..12
7. CARACTERISTICAS DE LOS SUJETOS ACTIVOS……………………….13
8. LOS SUJETOS PASIVOS………………………...…………………………...13
9. CARACTERISTICAS DE LOS SUJETOS PASIVOS……………………….14
10. CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES DE LOS SUJETOS PASIVOS........................................................................................................14
11. AGENTES DE RETENCION Y PERCEPCIÓN DE LOS SUJETOS PASIVOS…………………………………………………………………………...16
12. RESPONSABIBLIDAD SOLIDARIA…..…………………………………….17
CONCLUCION………………………………………………………………..19
INTRUDUCCION
La obligación tributaria es un deber con el estado de pagar los tributos de acuerdo con el COT que es el vínculo jurídico en virtud del cual es estado, que es denominado sujeto activo recae en el poder público venezolano está muy vinculado con los sujetos activos y pasivos, cabe destacarse que el sujeto activo es el ente que recolecta el tributo que tiene la obligación con los contribuyentes, la responsabilidad solidaria por otra parte el sujeto pasivo como está señalado en COT desde el art. 19 al 21 habla y establece que son las personas naturales que tiene la obligación al cumplimiento de las presentaciones tributarias sea en calidad de contribuyentes o de responsables, el código orgánico tributario establece desde el art. 13 al 74 todo referente a la obligación tributaria dando entender que este es obligatorio impuesto por el estado en la constitución como en las leyes orgánicas de nuestro país.
1. LA OBLIGACION TRIBUTARIA
La obligación tributaria como es el deber de cumplir la prestación, constituye la parte fundamental de la relación jurídica y el fin último al cual tiende la institución del tributo”.
La obligación tributaria son obligaciones de pagar el tributo, de hacer cumplir con los deberes formales, declaración jurada, de soportar, aceptar inspecciones, fiscalizaciones de los funcionarios competentes y por último es una prestación accesoria, pagar las multas, intereses entre otros. La obligación tributaria ha sido definida por Emilio Margain como el vínculo jurídico en virtud del cual el estado, denominado sujeto activo exige un deudor, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria excepcionalmente en especie.
La obligación tributaria se encuentra consagrada en el Artículo 13 del Código Orgánico Tributario de la manera siguiente:
Artículo 13: La obligación tributaria surge entre el Estado en las distintas expresiones del Poder Público y los sujetos pasivos en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley. Constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales.
NATURALEZA JURIDICA
Es de Derecho Público, su finalidad es pública, satisfacer el gasto público, además porque el acreedor es el propio Estado, y su fundamento también es público.
CARACTERISTICA DEL LA OBLIGACION TRIBUTARIA
Es un vínculo personal entre el Estado y el sujeto pasivo.
Es una obligación de dar sumas de dinero o cosas. Consiste en la entrega de una cosa a otra o la transmisión de un derecho.
Tiene su fuente en la ley. La leyes un acto emanado del poder legislativo, sin ella no puede existir actividad financiera.
Nace al producirse el presupuesto de hecho previsto en la ley, ya sea, al describir situaciones o hechos ajenos a toda actividad o gasto estatal, consistir en una actividad administrativa o en un beneficio derivado de una actividad o gasto del Estado.
Es autónoma, frente a otras instituciones del derecho público, ya que no depende de ninguna.
Su cumplimiento se puede asegurar por medio de garantía real o con privilegios especiales. (Los créditos fiscales son créditos privilegiados y se pueden hacer pagar con preferencia sobre otros créditos).
ELEMENTOS SENCIALES DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
Los elementos de la obligación tributaria son:
El Sujeto Activo o ente Acreedor del Tributo. El Sujeto Activo de la obligación Tributaria por excelencia es el Estado en virtud de su poder de imperio. El Código Orgánico Tributario lo reseña en el Artículo 18: “Es sujeto activo de la obligación tributaria el ente público acreedor del tributo”.
El Sujeto Pasivo. es el deudor de la obligación tributaria, ya sea por deuda propia contribuyente o por deuda ajena responsable.
El Hecho Imponible. Es un hecho jurídico cuyo acto da nacimiento a la obligación tributaria o un hecho que tiene efecto jurídico por disposición de la ley.
La Materia Imponible. Se refiere al aspecto objetivo, ya sea un hecho material, un negocio jurídico, una actividad personal o una titularidad jurídica.
5. La Base Imponible. Llamada la base de medición del tributo, es la característica esencial del hecho imponible.
ELEMENTOS CUANTITATIVOS Y CUANTITATIVOS
CUANTITATIVOS
Base Imponible: Es el presupuesto de naturaleza jurídica o económica fijado por la Ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
Tipo de Gravamen: Es la especificación gradual de la base imponible en términos aritméticos que da como resultado la cuota tributaria. Este referido a la manifestación que la ley tributaria establece con motivo de la fijación del parámetro a aplicar para determinar la cuota tributaria.
• El tipo de gravamen pude ser:
Gravamen Fijo o Alícuota: Es un valor porcentual o cantidad que se aplica sobre la base imponible sin importar su monto para determinar la cuota tributaria, es decir, constituye la cuota – parte proporcional de un monto global que determina el impuesto a pagar dando lugar a la cuota tributaria proporcional.
Gravamen Variable o Tarifa: Es una escala de valores porcentuales o cantidades que se aplican sobre la base imponible de acuerdo a su monto, dando lugar a una cuota tributaria progresiva, en otras palabras, las tarifas constituyen los niveles de gravamen, que han sido establecidos por la norma tributaria, para gravar el enriquecimiento de las personas expresadas en porcentajes. Estas tarifas son progresivas, es decir, a mayor renta, mayor porcentaje de imposición.
Tipo Tributario: El tipo tributario corresponde a los incentivos fiscales que tienen como fin estimular aquellas actividades económicas que por sus características o por la importancia que revisten las mismas para el desarrollo económico integral del país, deban dársele un tratamiento impositivo favorable.
No Sujeción: La no sujeción implica la no aplicación de la norma tributaria por considerar que no ha ocurrido el hecho imponible ya que la ley no incluyo como supuesto de hecho dentro de la definición de materia gravable determinadas actividades, por lo tanto, al realizarse tales actividades no nace la obligación tributaria.
Exención: El Código Orgánico Tributario define el término de exenciones como la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria otorgada por la Ley. Esta dispensa (total o parcial) de pagar el monto del tributo recae sobre el sujeto pasivo de la obligación tributaria, en otras palabras, cuando existe una exención tributaria, el hecho imponible se realiza pero la Ley absuelve al sujeto pasivo de su deber jurídico de pagar el tributo, es decir, de cumplir con el objeto de su obligación.
Exoneración: Es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria otorgada por el Poder Ejecutivo en los casos autorizados por la Ley. Es un derecho que puede estar consagrado en Ley, pero es potestativo del Estado.
CUALITATIVOS
Hecho Imponible: La legislación fiscal establece una serie de presupuestos de hecho o hipótesis a cuya realización asocia el nacimiento de la obligación fiscal. A ese presupuesto de hecho o hipótesis configurado en las normas jurídicas tributarias en forma abstracta e hipotética, se le ha dado llamar, hecho imponible. El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
• Sujetos:
Sujeto Activo: El sujeto activo de la obligación tributaria es el ente público
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