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Ley De Transparencia


Enviado por   •  25 de Mayo de 2012  •  2.466 Palabras (10 Páginas)  •  699 Visitas

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LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA.

El derecho de acceso a la información pública es la facultad que tiene toda persona para solicitar y recibir información generada, administrada o en poder de las instituciones públicas y demás entes obligados de manera oportuna y veraz , sin necesidad de identificarse ni sustentar interés o motivación alguna1. Hay 2 versiones de la ley de transparencia: una presentada por la Fundación Salvadoreña para el desarrollo económico y social (FUSADES), y la otra presentada por el partido político FMLN.

Para obtener opiniones fundadas de la actividad que realiza el Estado, se considera un requisito y este es tener una información fidedigna, es decir que la fuente de donde provienen los datos, sea confiable. La finalidad de la ley de transparencia es crear una seguridad jurídica y establecer los procedimientos claves para garantizar los derechos de todas las personas. Lo que se pretende con la ley de transparencia es que las instituciones del estado y los institutos privados que administren fondos públicos, se obliguen a rendir cuentas a la ciudadanía y brindar información accesible al público sobre los presupuestos y los proyectos.

El anteproyecto presentado por FUSADES el 30 de octubre de 2008, aun no se le ha dado ningún trámite, es decir que al ser presentado a la junta directiva de la Asamblea legislativa, no fue impulsado como iniciativa de ley de la forma que se establece en el art. 133 de nuestra constitución, motivo por el cual no se ha tomado en cuenta, caso contrario el anteproyecto presentado por el FMLN, que fue impulsado por medio del diputado Gerson Martínez, quien ayudó e influyó a que dicho anteproyecto pasara a la comisión correspondiente (comisión de legislación y puntos constitucionales) y se convirtiera en un proyecto de ley. FUSADES manifiesta, que si bien es cierto, la idea de la creación de una institución autónoma que regulara y velara por el cumplimiento del objeto de la ley de transparencia, fue propiamente de ellos, pero el FMLN retomó y reformó el borrador, modificando algunos textos, y lo presentó a la junta directiva de la Asamblea legislativa.

1Art. 2 Ley de transparencia.-

De igual manera, si se aprobara el anteproyecto presentado por FUSADES o por el FMLN, beneficiaria de la misma forma a la población, ya que el fin de ambas posturas es la misma, darles seguridad a las personas.

En la creación del “borrador” de lo que se pretende impulsar como ley de transparencia, se convocaron a diversos actores públicos, para que estos dieran su opinión del tema, con el fin de enriquecer el contenido de dicha ley, pero algunas de estas opiniones versaban sobre que la ley de transparencia era una contradicción con la ley de ética gubernamental.

En Centroamérica, solo El Salvador y Costa Rica no tienen una ley de transparencia y acceso a la información pública, aunque ambos países ya están trabajando en estos anteproyectos. Alrededor de 81 países cuentan ya con leyes de acceso a la información, como: Suecia, EEUU, Guatemala, honduras, Nicaragua, Panamá, República Dominicana y Belice.

MARCO JURÍDICO SALVADOREÑO PARA EL DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN.

En cuanto a la ley secundaria, el derecho al acceso a la información está regulado de manera dispersa y contradictoria. Por un lado, se han dictado disposiciones que buscan un mayor acceso a la información pública y transparencia en la gestión del Estado, en parte con el interés de ampliar el uso de internet para divulgar la información, y la reforma del Código Municipal, emitida por D.L. No 929, de 20 de diciembre de 2005, la cual agregó un capítulo titulado “TRANSPARENCIA” que regula el derecho de acceso a la información pública municipal. En otros casos, las normas dificultan directamente el acceso a la información. Por ejemplo: el artículo 31 de la Ley de servicio civil establece que los funcionarios y empleados públicos o municipales tienen la obligación de “guardar la reserva y discreción necesarias en los asuntos de que tengan conocimiento por razón de su cargo o empleo, aun después de haber cesado en el desempeño de ellos”. La ley de Carrera Administrativa Municipal en su artículo 60 estipula la misma obligación para los empleados y funcionarios. En ambas normas, pues, se deja a la discreción del funcionario superior la divulgación de la información, prevaleciendo el principio de la confidencialidad y el secreto. Esto atenta contra el derecho de acceso a la información, el cual debería ser amplio y estar sujeto únicamente a las limitaciones que imponga la ley y no por la discreción, o discrecionalidad de un funcionario.

Finalmente debemos recordar que el artículo 240 de la constitución exige la reserva total en las declaraciones patrimoniales que los funcionarios públicos deben rendir para efectos del enriquecimiento ilícito de los mismos. Esta es una situación contraria a todos los principios de transparencia gubernamental.

CONTEXTO INTERNACIONAL.

La ley de transparencia también contempla sanciones de orden administrativo, civil y penal para aquellos funcionarios que no acaten la ley, y que no la respeten. A la vez plantea dos mecanismos de acceso a la información: una mediante la cual las instituciones estén obligadas a poner en acceso permanente al publico la información presupuestaria y orgánica, y la otra un mecanismo administrativo en el cual cualquier persona pueda pedir información a las instituciones.

En cuanto a los partidos políticos, se dijo que el partido que no apoye estas iniciativas, tendrá que pagar ciertos costos, porque la ley de transparencia es una oportunidad a la democracia. Y se espera que se deroguen todas aquellas sanciones que existían por limitar el acceso de las personas a la información.

La ley dice que solo si ésta obliga, hay que brindar la información pertinente, de lo contrario no, pero la ley de transparencia es a la inversa, esta contempla que toda la información es pública, solo por excepción va a ser reservada. Estas excepciones son, toda aquella información que sea sobre investigaciones.

El que se apruebe una ley de transparencia y acceso a la información, es un beneficio para el país, ya que implica un cambio cultural profundo, la manera en cómo se relacionan los ciudadanos con el Estado, promueve un Estado más cercano, abre nuevos espacios para la participación ciudadana constructiva y mejora la exigencia de rendición de cuentas de la gestión pública, porque la transparencia disminuye el espacio de irregularidades, arbitrariedades, y hechos de corrupción,

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