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Los Libros Oficiales De La Empresa

rigocix2422 de Marzo de 2014

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Planteamiento del problema

I.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Todos los hombres desde tiempos inmemoriales han tenido la necesidad de agruparse, es por ello que en la Constitución Política actual, la libertad de asociación es un derecho fundamental. Nos podemos preguntar ¿Quién acaso no pertenece a una asociación, a una organización social de base, a institución civil, un club deportivo o social, etc?, veremos que la respuesta es siempre la misma: pertenecemos a una serie de entidades, que tienen como finalidad unirnos para la consecución de un objetivo o fin en común. Es en este punto, que creemos que el Derecho juega un rol importantísimo: pues las Personas Jurídicas -en especial las Asociaciones- son una creación del Derecho con la finalidad de dar respuesta a nuestras necesidades sociales y económicas incluso, respetando, como no, nuestras reglas básicas, desde el Estatuto hasta nuestra Constitución.

Cualquier organización social sin fines de lucro -en especial asociaciones- que conformemos debe tener personas con objetivos y fines en común, Estatutos adecuados para su funcionamiento, Órganos de Gobierno idóneos, además de Libro de Actas y Libro Padrón de Asociados con legalización de Apertura por ante Notario Público.

Jurídicamente, pocos conocen cuáles son las normas para la constitución y posterior manejo de una Asociación. Básicamente tenemos normas sobre asociaciones en el Código Civil de 1984 (artículos del 76º al 98º), y algunas normas notariales y registrales. Estas últimas son normas temporales muy útiles que datan del año 2001, que han servido para podersolucionar algunos problemas de inscripción.

En la práctica, a nivel nacional, las asociaciones son conducidas de modo contrario a lo establecido en los Estatutos, y siempre ello conlleva a que los actos realizados en su seno no puedan ser inscritos en los Registros Públicos. A veces somos espectadores de la forma cómo se pretenden solucionar los problemas al interior de una Asociación, incurriendo en una serie de errores de procedimiento, que invalidan jurídicamente las decisiones adoptadas. La gran mayoría de Asociaciones en Tacna y en el país, desconocen la forma correcta de legalizar los Libros de las Asociaciones (básicamente los Libros de Actas y Libro Padrón de Asociados), o a veces, se valen de la falta de normas claras, para realizar la legalización de apertura de Libros de Actas y Libro Padrón de Asociados, so pretexto de haberse "extraviado o perdido" los anteriores, cuando lo que en la práctica lo que existe es una pugna por el poder, entre dos o más grupos de asociados que al querer tomar el control de la persona jurídica, y valiéndose de muchas argucias, logran la legalización de apertura de Libros de Actas y Padrón de Asociados, aún cuando los anteriores aún están siendo utilizados por otras facción dentro de la organización. Con esta legalización de apertura de Libros, se logra validar y formalizar los acuerdos de dos o más facciones dentro de una misma organización, y con ello se inicia el interminable camino del conflicto por el poder dentro de estas Personas Jurídicas.

Obviamente el problema se agrava dentro de las asociaciones, pues los miembros de las mismas no conocen cómo se deben aprobar los Estatutos, qué debe contener el mismo, cómo se debe convocar a elecciones, la forma cómo debe desarrollarse la misma, cómo se deben adoptar acuerdos para el ingreso y salida de asociados y posteriormente cómo actualizar los Padrones de asociados. Esta situación empeora, en los casos en que las asociaciones son manejadas por personas inescrupulosas que lo único que hacen es perpetuarse en los cargos directivos y terminan aprovechándose de los asociados con el cobro de ingentes cantidades de dinero, que finalmente no se sabe en qué son empleadas.

El eje articulador que permite verificar que las Asociaciones legalicen la apertura de sus Libros en forma correcta, es decir respetando las normas civiles y notariales sobretodo, son los Notarios, Los Jueces, además de la Policía Nacional y por último los Registradores Públicos, éste último a través de la calificación registral de los actos jurídicos desarrollados por las Asociaciones. En las Oficinas Registrales, podemos apreciar al momento de calificar los títulos presentados, si existe una correcta concordancia en la secuencia de los Libros de Actas utilizados para la adopción de acuerdos de Asamblea.

Los operadores del Sistema Registral de Inscripción de dichas elecciones de los órganos de gobierno, léase: Notarios, Registradores, Directivos y miembros de Asociaciones, tienen distintos pareceres sobre los obstáculos que deben sobrepasar las Asociaciones al momento de legalizar la apertura de los Libros de Actas y los Libros Padrón de Asociados

Son pocos los esfuerzos que se han realizado, por parte de nuestras autoridades y nuestros profesionales para poder fomentar una cultura de respeto y gobernabilidad dentro de nuestras instituciones democráticas más cotidianas como son las asociaciones. Definitivamente no contamos con una legislación clara sobre este tema y con ello propiciamos un verdadero problema socio-jurídico, pues existe a menudo abuso, confusión y desconocimiento sobre nuestros derechos y deberes como miembros de una Asociación, desconocemos o a veces abusamos de las normas notariales al momento de legalizar la apertura de los Libros de Actas y Libros Padrón de Asociados, e incluso desconocemos la forma en que debemos elegir nuestros directivos (autoridades), desconocemos e incumplimos nuestros Estatutos, que es la Constitución Política de la Asociación, aprobada por los propios asociados; muchas veces somos mudos testigos de "golpes de Estado" dentro de las organizaciones, desmoronando por completo los valores básicos de una sociedad en democracia.

Por otro lado, se aprecia que los operadores del Derecho, no tenemos ni los conocimientos ni las herramientas para poder hacer frente a este problema tan cotidiano pero a la vez tan extraño para muchos. Es parte de nuestra ínfima cultura democrática, seguimos pensando que "la mayoría manda", sin ponernos a pensar que por encima de nuestras decisiones tenemos un Estatuto que al ser aprobado dentro de una asociación, debe ser respetada hasta que sea modificada. Debemos de sembrar por ello en las conciencias de nuestros ciudadanos valores democráticos de respeto hacia nuestras instituciones, de respeto y cumplimiento de nuestros compromisos y normas, debemos de entender que por encima de nuestras decisiones de que "la mayoría manda" está el poder de voluntad social establecida en esa carta Magna conocida jurídicamente como Estatuto.

Es por ello que debemos estudiar los problemas que enfrenta nuestra sociedad, nuestros ciudadanos como parte de una Asociación, desde varias perspectivas, sobre todo desde la perspectiva social y jurídica de un tema muy conflictivo y a la vez decisivo como son las legalizaciones de apertura de los Libros de las asociaciones. Al conocer los problemas, podremos idear algunas soluciones legislativas además de otras de índole educativa-cultural, ese es el objetivo de la presente tesina.

I.2. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA

Sobre el tema materia de investigación, no se han encontrado trabajos que aborden el tema de manera similar en nuestra ciudad de Tacna ni en otra ciudad del Perú.

I.3. FORMULACION DEL PROBLEMA

El problema que se va a investigar en el presente ensayo es: ¿Es beneficioso para todos los sujetos de derecho, que los Notarios o Jueces de Paz Letrados sean los encargados de legalizar la apertura de los libros de las Asociaciones?. Acaso ¿no sería mejor que dicha legalizaciones sean realizadas por una autoridad estatal, que lleve un control efectivo y eficaz, desde la legalización de aperturas de Libros hasta la inscripción de los actos jurídicos referidos a estas personas Jurídicas? o por el contrario: ¿No sería quizás adecuado destrabar los trámites notariales y registrales, de tal forma que no sea necesaria la legalización de apertura de Libros de las Asociaciones?.

¿Cuál es la consecuencia del desconocimiento de la normatividad notarial, en las legalizaciones de apertura de los Libros de las Asociaciones n los registros públicos?

OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

II.1. OBJETIVOS GENERALES.-

• A) Conocer las razones y la utilidad por las cuáles los Notarios y los Jueces de Paz Letrado, realizan la legalización de apertura de Libros de Asociaciones, en comparación con otras realidades como la española.

II.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.-

• A) Determinar la utilidad del trámite notarial y judicial de legalización de apertura de Libros de Asociaciones o si por el contrario constituye una traba burocrática administrativa, en comparación con la realidad española.

• B) Analizar si los Notarios y los Jueces de Paz Letrado son las instituciones más idóneas para realizar la función de las legalizaciones de aperturas de los Libros de Asociaciones o si por el contrario esta función debería recaer en una entidad estatal como Registros Públicos, en comparación con la realidad española.

Importancia del problema y justificación de la investigación

III.1. IMPORTANCIA

La importancia de este ensayo radica en que: al conocer cuáles son los problemas socio - jurídicos que suponen las legalizaciones de Apertura de Libros de Asociaciones y además las soluciones a los mismos, estaremos contribuyendo a la formación y fortalecimiento de una cultura democrática de las personas que conforman una asociación, así mismo con ello se logrará el fortalecimiento sobretodo social y económico de las instituciones democráticas dentro de la localidad.

Definitivamente

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