NORMATIVA LOCALES COMERCIALES
Adriana RodriguezApuntes17 de Noviembre de 2022
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RIF: J-31231799-0
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NORMATIVA TECNICA DE ADECUACION DE LOCALES CC PIE DE MONTE
INDICE
1.- INTRODUCCION
2.- MARCO REFERENCIAL DE DISEÑO
2.1.- Limites
2.2.- Pavimentos
2.3.- Paredes
2.4.- Mezzaninas
2.5.- Techos y Plafones
2.6.- Estructura
2.7.- Identificación Comercial
2.8.- Fachadas y Vitrinas
2.9.- Puertas
2.10.-Trabajos Especiales
2.11.-Pago de Servicios Periodo Pre-operativo
3.- LOCALES DE COMIDA
3.1.- Locales de Comida
4.- PROYECTOS
4.1.- Documentación Legal
4.2.- Documentación Técnica
5.- PROYECTOS DE INSTALACIONES
5.1.- Instalaciones Eléctricas
5.2.- Telefonía y Data
5.3.- Control de acceso, y Alarmas
5.4.- Instalaciones Mecánicas
5.5.- Instalaciones Sanitarias
5.6.- Instalaciones Contra Incendio
6.- NORMATIVAS DE TRABAJO DE OBRAS
6.1.- Cerramiento Temporal del local
6.2.- Horarios
6.3.- Responsable de Obra, Vestimenta y Seguridad
6.4.- Circulación, Carga y Descarga, Limpieza
6.5.- Equipos y Materiales
6.6.- Limpieza
6.7.- Vestimenta
6.8.- Seguridad
6.9.- Servicio Provisional de Electricidad
6.10.- Inspección de Obra
6.11.- Penalizaciones
7.- ANEXOS
7.1.- Organigrama
7.2.- Planilla de recepción de Proyecto
7.3.- Acta de ingreso para acondicionamiento
7.4.- Lista de personal autorizado.
7.5.- Información General.
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INTRODUCCION
A) El “CENTRO COMERCIAL PIE DE MONTE”, presenta el siguiente libro con la intención de ayudar a los LOCATARIOS a contar con la información básica necesaria para ejecutar las OBRAS de remodelación de los LOCALES, acorde a la altura de los requerimientos de diseño del Centro Comercial, por lo cual ha elaborado el presente REGLAMENTO DE REMODELACION DE LOCALES, para su respectiva adecuación. Esta guía desarrolla los criterios de diseño, las descripciones técnicas, lineamientos, procedimientos y normas, tanto para que el LOCATARIO cuente con una información general acerca de las características del Centro Comercial, como para la definición y correctivos de los PROYECTOS particulares y su respectiva ejecución.
B) En esta línea de acción, el Centro Comercial han constituido el COMITÉ DE ARQUITECTURA, responsable de la revisión y aprobación de los PROYECTOS de remodelación de los LOCALES. Este COMITÉ, trabajará, paralelamente con la OFICINA TECNICA, la cual es la encargada de realizar el estudio del PROYECTO y la supervisión de OBRA.
C) El COMITÉ DE ARQUITECTURA, estará conformado por un Representante del Mall, un Administrador, y los Arquitectos e Ingenieros responsables del Centro Comercial, entre los cuales se elegirá un DIRECTOR, el cual otorgara la aprobación del PROYECTO, previa revisión de haber cumplido con las normas establecidas en el presente reglamento. Luego de este paso, se le notificará por escrito al LOCATARIO para que de inicio a las labores de remodelación.
D) La OFICINA TECNICA, es la encargada de hacer cumplir el PROYECTO aprobado en la OBRA con la facultad de supervisar y/o inspeccionar que el diseño se cumpla según lo establecido por el COMITÉ DE ARQUITECTURA; es el enlace entre la Constructora del Mall con los diversos LOCATARIOS y viceversa. Y es la encargada, junto al COMITÉ DE ARQUITECTURA de otorgar la Habitabilidad de los Locales emitida por el centro comercial.
E) Las normas establecidas en este manual son de carácter interno y de obligatorio cumplimiento para todos los LOCATARIOS, sin que ello excluya el acatamiento de Normas Municipales y Nacionales, así como de las Normas de Sanidad, Bombero o cualquier otra que se encuentre vigente durante el periodo de Obras. Todo LOCATARIO deberá velar por el estricto cumplimiento de estas Normativas, ya que el Centro Comercial no se hace responsable de Normativas ajenas a su jurisdicción.
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MARCO REFERENCIAL DE DISEÑO
Las condiciones generales que se encuentran a continuación serán aplicables a todos los LOCALES del CENTRO COMERCIAL, tomando en cuenta los casos particulares indicados en el Capitulo 3.
Los LOCATARIOS ejecutaran por su cuenta, cargo y riesgo, los trabajos de adecuación de su respectivo LOCAL, de acuerdo a los planos y especificaciones elaborados por sus profesionales especializados y debidamente aprobados por el COMITÉ DE ARQUITECTURA, de conformidad con esta normativa.
2.1.- LIMITES:
2.1.1.- El criterio utilizado para el cómputo del área asignada a cada LOCAL, establece, que sus límites alcanzan hasta la línea central de las paredes medianeras que lo dividen con respecto a sus vecinos. En las paredes que conforman fachadas externas, el cálculo de área se mide a la cara externa de la misma, sin que por ello pueda ser modificada. En cuanto a las fachadas internas, la medida se calcula en el límite del piso acabado del propio Centro Comercial o de sus respectivos machones verticales.
2.1.2.- Cualquier columna, ducto u otro elemento sólido que se encuentre dentro de los límites del LOCAL, forma parte del cómputo de área del mismo.
2.1.3.- A cada LOCATARIO se le hará entrega de un plano de planta acotado de su LOCAL, donde se definen los límites del mismo. El LOCATARIO será el responsable de verificar todas las medidas reales en sitio, una vez entregado su Local, a los efectos de elaborar su respectivo proyecto.
2.1.4.- El límite superior de las fachadas de los LOCALES están definidos por un dintel dispuesto por el CENTRO COMERCIAL. Esta altura libre entre piso acabado y el nivel inferior del perfil está definida en: (Ver Detalle del plano enviado por PANIVER C.A. de las acotaciones de su local).
2.1.5.- Dentro del LOCAL se destinará un área de servidumbre vitalicia de paso en el techo para el uso exclusivo del Centro Comercial, el cual se reserva el derecho de colocar cualquier instalación necesaria para la propia edificación. Esta servidumbre tendrá una altura de 0,50 mts por debajo del nivel de la viga más baja. El LOCATARIO deberá abstenerse de construir el techo de su Local sin tomar en cuenta esta servidumbre.
2.2.- PAVIMENTOS:
2.2.1.- El piso acabado del LOCAL debe estar al mismo nivel que el piso del CENTRO COMERCIAL. No se permite ningún tipo de desnivel ni escalón en el acceso al LOCAL, específicamente, entre el pasillo de circulación del CENTRO COMERCIAL y el LOCAL, debido a que ello crea una barrera en la circulación y puede constituir un peligro para el usuario al entrar al establecimiento.
2.2.2.- El CENTRO COMERCIAL no establece límites en el uso de acabados de piso, siempre y cuando sean de excelente calidad e imagen. En todo caso, el COMITÉ DE ARQUITECTURA será el órgano responsable de evaluar los estándares de calidad y de autorizar la instalación de cualquier acabado.
2.2.3.- En el caso de que el diseño del LOCAL, el acceso se retire con respecto al lindero del pasillo, el LOCATARIO deberá instalar en esa área el mismo acabado existente al del CENTRO COMERCIAL.
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