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Norma Internacional de Contabilidad nº 2 Inventarios (NIC 2)


Enviado por   •  1 de Octubre de 2014  •  4.487 Palabras (18 Páginas)  •  241 Visitas

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Introducción

IN1 La Norma Internacional de Contabilidad nº 2 Inventarios (NIC 2) sustituye a la NIC2

Inventarios (revisada en 1993), y debe ser aplicada en los periodos anuales que

comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada. La

Norma también reemplaza a la SIC-1 Uniformidad – Diferentes Fórmulas para el

Cálculo del Costo de los Inventarios.

Razones para la revisión de la NIC 2

IN2 El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad ha desarrollado esta NIC 2

revisada como parte de su Proyecto de Mejoras a las Normas Internacionales de

Contabilidad, que se emprendió con motivo de las preguntas y críticas recibidas,

relativas a las Normas, que procedían de supervisores de valores, profesionales de la

contabilidad y otros interesados. Los objetivos del Proyecto consistieron en reducir o

eliminar alternativas, redundancias y conflictos entre las Normas, así como resolver

ciertos problemas de convergencia y realizar otras mejoras adicionales.

IN3 En el caso concreto de la NIC 2, el principal objetivo del Consejo fue una revisión

limitada con el fin de reducir alternativas de medición de los inventarios. El Consejo no

reconsideró el enfoque fundamental para la contabilización de los inventarios que

contenía la NIC 2.

Principales cambios

IN4 Los principales cambios respecto de la versión previa de la NIC 2 se describen a

continuación.

Objetivo y alcance

IN5 El objetivo y el alcance de la NIC 2 fueron modificados mediante la eliminación de la

expresión “en el contexto del sistema de costo histórico”, a fin de clarificar que la

Norma se aplica a todos los inventarios que no se encuentran específicamente

excluidos de su alcance.

Clarificación del alcance

IN6 Esta Norma clarifica que algunos tipos de inventarios quedan fuera de su alcance,

mientras que otros tipos quedan eximidos solamente de los requerimientos de medición

de la Norma.

IN7 El párrafo 3 establece una clara distinción entre los inventarios que quedan totalmente

fuera del alcance de la Norma (descritos en el párrafo 2) y aquéllos que quedan fuera

del alcance de los requerimientos de medición, pero que están sometidos a los demás

requisitos establecidos en la Norma.

Exenciones en el alcance

Productores de productos agrícolas y forestales, de productos agrícolas tras la recolección, de

minerales y productos minerales IN8. La Norma no es de aplicación a la medición de los

inventarios de los productores de productos agrícolas y forestales, de productos agrícolas tras

la cosecha o recolección, de minerales y de productos minerales, siempre que sean medidos

por su valor neto realizable, de acuerdo con prácticas bien consolidadas en esos sectores. La

versión previa de la NIC 2 fue modificada para sustituir el término “menas de mineral” por

“minerales y productos minerales”, con el fin de clarificar que la exención en el alcance no se

limita únicamente a los primeros pasos de la extracción de menas de mineral.

Inventarios de intermediarios que comercian con materias primas cotizadas

IN9 La Norma no es de aplicación a la medición de los inventarios de intermediarios que

comercian con materias primas cotizadas, siempre que estos productos se midan al

valor razonable menos los costos de venta.

Costo de los inventarios

Costo de adquisición

IN10 La NIC 2 no permite la inclusión, entre los costos de adquisición de los inventarios, de

las diferencias de cambio surgidas directamente por la adquisición reciente de

inventarios facturados en moneda extranjera. Este cambio, respecto de la versión

anterior de la NIC 2, es consecuencia de la eliminación del tratamiento alternativo

permitido de la NIC 21 Efectos de las Variaciones en los Tasas de Cambio de la

Moneda Extranjera, consistente en la capitalización de determinadas diferencias de

cambio. Esta alternativa había quedado ampliamente restringida, en cuanto a sus

posibilidades de aplicación, por la SIC-11, Variaciones de Cambio en Moneda

Extranjera – Capitalización de Pérdidas Derivadas de Devaluaciones Muy Importantes.

La SIC-11 ha quedado derogada como resultado de la revisión de la NIC 21 en 2003.

Otros costos

IN11 Se ha insertado el párrafo 18 con el fin de clarificar que, en el caso de adquirir

inventarios en condiciones de pago aplazado, la diferencia entre el precio de

adquisición, de acuerdo con las condiciones normales de crédito, y la cantidad pagada,

se reconoce como gasto por intereses a lo largo del periodo de financiación.

Fórmulas del costo

Uniformidad

...

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