NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD (NIC 17)
MAYFCCTesis13 de Mayo de 2014
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NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD (NIC 17)
ARRENDAMIENTOS
Objetivo
El objetivo de esta Norma es el de prescribir, para arrendatarios y arrendadores, las políticas contables adecuadas para contabilizar y revelar la información relativa a los arrendamientos.
Alcance
• ES APLICABLE a todos aquellos acuerdos mediante los cuales se ceda el derecho de uso de activos, (incluso en el caso de que el arrendador quedara obligado a prestar servicios de cierta importancia en relación con la explotación o el mantenimiento de los citados bienes),
Esta Norma es aplicable en la contabilización de todos los tipos de arrendamientos, excepto aquellos que se originen por:
a) Acuerdos de arrendamiento para la exploración o uso de:
•minerales,
•petróleo,
•gas natural y
•recursos no renovables similares; y
b) Acuerdos de licencias para temas tales como:
•películas, grabaciones en vídeo,
•obras de teatro,
•manuscritos,
•patentes y derechos de autor.
•NO ES APLICABLE a los acuerdos que tienen la naturaleza de contratos de servicios, donde una parte no ceda a la otra el derecho a usar algún tipo de activo.
Esta Norma no es aplicable como base para la medición de:
a) Propiedades que se tienen para arrendamiento, que constituyan propiedades de inversión (véase la NIC 40 Propiedades de Inversión);
b) Propiedades de inversión suministradas por arrendadores en régimen de arrendamiento operativo (véase la NIC 40);
c) Activos biológicos que tienen los arrendatarios en régimen de arrendamiento financiero (véase la NIC 41 Agricultura); o
d) Activos biológicos suministrados por arrendadores en régimen de arrendamiento operativo (véase la NIC 41).
DEFINICIONES
• Arrendamiento: es un acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero, o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado.
• Arrendamiento financiero es un tipo de arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo. La propiedad del mismo, en su caso, puede o no ser transferida.
• Arrendamiento no cancelable es un arrendamiento que sólo es revocable:
(a) si ocurriese alguna contingencia remota;
(b) con el permiso del arrendador;
(c) si el arrendatario realizase un nuevo arrendamiento, para el mismo activo u otro equivalente, con el mismo arrendador; o bien
(d) si el arrendatario pagase una cantidad adicional tal que, al inicio del arrendamiento, la continuación de este quede asegurada con razonable certeza.
• Arrendamiento operativo es cualquier acuerdo de arrendamiento distinto al arrendamiento financiero.
• El comienzo del plazo del arrendamiento es la fecha a partir de la cual el arrendatario tiene la facultad de utilizar el activo arrendado. Es la fecha del reconocimiento inicial del arrendamiento (es decir, del reconocimiento de activos, pasivos, ingresos o gastos derivados del arrendamiento, según proceda).
• Costes directos iniciales son los costes incrementales directamente imputables a la negociación y contratación de un arrendamiento, salvo si tales costes han sido incurridos por un arrendador que sea a la vez fabricante o distribuidor.
• Inicio del arrendamiento es la fecha más temprana entre la del acuerdo del arrendamiento y la fecha en que se comprometen las partes en relación con las principales estipulaciones del mismo. En esta fecha:
(a) se clasificará el arrendamiento como operativo o como financiero; y
(b) en el caso de tratarse de un arrendamiento financiero, se determinarán los importes que se reconocerán al comienzo del plazo de arrendamiento.
• Inversión bruta en el arrendamiento es la suma de:
(a) los pagos mínimos a recibir por el arrendamiento financiero, y
(b) cualquier valor residual no garantizado que corresponda al arrendador.
• Inversión neta en el arrendamiento es la inversión bruta del arrendamiento descontada al tipo de interés implícito en el arrendamiento.
• Ingresos financieros no devengados son la diferencia entre:
(a) la inversión bruta en el arrendamiento; y
(b)
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