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Norma Internacional de Contabilidad nº 8 (NIC 8)

rorrojmTesis10 de Octubre de 2013

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Norma Internacional de Contabilidad nº 8 (NIC 8)

Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores

Objetivo

1. El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así

como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de

los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma trata de realzar la

relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los estados

financieros emitidos por ésta en ejercicios anteriores, y con los elaborados por otras entidades.

2. Los requisitos de información a revelar relativos a las políticas contables, excepto los referentes a cambios

en las políticas contables, han sido establecidos en la NIC 1 Presentación de estados financieros.

Alcance

3. Esta Norma se aplicará en la selección y aplicación de las políticas contables, así como en la

contabilización de los cambios en éstas y en las estimaciones contables, y en la corrección de errores de

ejercicios anteriores.

4. El efecto impositivo de la corrección de los errores de ejercicios anteriores, así como de los ajustes

retroactivos efectuados al realizar cambios en las políticas contables, se contabilizará de acuerdo con la

NIC 12 Impuesto sobre las ganancias, y se revelará la información requerida por esta Norma.

Definiciones

5. Los siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el significado que a continuación se

especifica:

La aplicación prospectiva de un cambio en una política contable y del reconocimiento del efecto de un

cambio en una estimación contable consiste respectivamente en:

(a) la aplicación de la nueva política contable a las transacciones, otros eventos y condiciones

ocurridos tras la fecha en que se cambió la política; y en

(b) el reconocimiento del efecto del cambio en la estimación contable para el ejercicio corriente y los

futuros, afectados por dicho cambio.

La aplicación retroactiva consiste en aplicar una nueva política contable a transacciones, otros eventos y

condiciones, como si ésta se hubiera aplicado siempre.

Un cambio en una estimación contable es un ajuste en el importe en libros de un activo o de un pasivo,

o en el importe del consumo periódico de un activo, que se produce tras la evaluación de la situación

actual del elemento, así como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los

activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva

información o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores.

Errores de ejercicios anteriores son las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una

entidad, para uno o más ejercicios anteriores, resultantes de un fallo al emplear o de un error al utilizar

información fiable que:

(a) estaba disponible cuando los estados financieros para tales ejercicios fueron formulados; y

(b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y

presentación de aquellos estados financieros.

Dentro de estos errores se incluyen los efectos de errores aritméticos, errores en la aplicación de

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políticas contables, el no advertir o mal interpretar hechos, así como los fraudes.

Impracticable. La aplicación de un requisito será impracticable cuando la entidad no pueda aplicarlo

tras efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo. Para un ejercicio anterior en particular, será

impracticable aplicar un cambio en una política contable retroactivamente o realizar una reexpresión

retroactiva para corregir un error si:

(a) los efectos de la aplicación o de la reexpresión retroactivas no sean determinables;

(b) la aplicación o la reexpresión retroactivas impliquen establecer suposiciones acerca de cuáles

hubieran podido ser las intenciones de la dirección en ese ejercicio;

(c) la aplicación o la reexpresión retroactivas requieran estimaciones de importes significativos, y

que resulta imposible distinguir objetivamente información de tales estimaciones que:

(i) suministre evidencia de las circunstancias que existían en la fecha o fechas en que tales

importes fueron reconocidos, valorados o fue revelada la correspondiente información; y

(ii) hubiera estado disponible cuando los estados financieros de los ejercicios anteriores

fueron formulados.

Materialidad (o importancia relativa). Las omisiones o inexactitudes de partidas son materiales (o tienen

importancia relativa) si pueden, individualmente o en su conjunto, influir en las decisiones económicas

tomadas por los usuarios con base en los estados financieros. La materialidad dependerá de la magnitud

y la naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciadas en función de las circunstancias particulares en

que se hayan producido. La magnitud o la naturaleza de la partida o una combinación de ambas, podría

ser el factor determinante.

Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son las Normas e Interpretaciones

adoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC). Esas Normas

comprenden:

(a) las Normas Internacionales de Información Financiera;

(b) las Normas Internacionales de Contabilidad; y

(c) las Interpretaciones, ya sean las originadas por el Comité de Interpretaciones Internacionales de

Información Financiera (IFRIC) o las antiguas Interpretaciones (SIC).

Políticas contables son los principios específicos, bases, acuerdos reglas y procedimientos adoptados por

la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros.

La reexpresión retroactiva consiste en corregir el reconocimiento, valoración e información a revelar de

los importes de los elementos de los estados financieros, como si el error cometido en ejercicios

anteriores no se hubiera cometido nunca.

6. Evaluar cuándo una omisión o inexactitud puede influir en las decisiones económicas de los usuarios,

considerándose así material o con importancia relativa, exigiera tener en cuenta las características de

tales usuarios. El Marco Conceptual para la preparación y presentación de la información financiera

establece, en el párrafo 25, que: “se supone que los usuarios tienen un conocimiento razonable de las

actividades económicas y del mundo de los negocios, así como de su contabilidad, y también la voluntad

de estudiar la información con razonable diligencia”. En consecuencia, la evaluación exige tener en

cuenta cómo puede esperarse que, en términos razonables, los usuarios con las características descritas se

vean influidos al tomar decisiones económicas.

Políticas contables

Selección y aplicación de las políticas contables

7. Cuando una Norma o Interpretación sea específicamente aplicable a una transacción, otro evento o

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condición, la política o políticas contables aplicadas a esa partida se determinarán aplicando la Norma

o Interpretación en cuestión, y considerando además cualquier Guía de Implementación relevante

emitida por el IASB para esa Norma o Interpretación.

8. En las NIIF se establecen políticas contables sobre las que el IASB ha llegado a la conclusión de que dan

lugar a estados financieros que contienen información relevante y fiable sobre las transacciones, otros

eventos y condiciones a las que son aplicables. Estas políticas no necesitan ser aplicadas cuando el efecto

de su utilización no sea significativa. Sin embargo, no es adecuado dejar de aplicar las NIIF, o dejar de

corregir errores, apoyándose en que el efecto no es significativo, con el fin de alcanzar una presentación

particular de la posición financiera, rendimiento financiero o flujos de efectivo de la entidad.

9. Las Guías de Implementación de la Normas emitidas por el IASB no forman parte de dichas Normas y,

por tanto, no contienen requerimientos para la elaboración de los estados financieros.

10. En ausencia de una Norma o Interpretación que sea aplicable específicamente a una transacción,

otros hechos o condiciones, la dirección deberá usar su juicio en el desarrollo y aplicación de una

política contable, a fin de suministrar información que sea:

(a) relevante para las necesidades de toma de decisiones económicas de los usuarios; y

(b) fiable, en el sentido de que los estados financieros:

(i) presenten de forma fidedigna la situación financiera, el rendimiento financiero y los flujos de

efectivo de la entidad;

(ii) reflejen el fondo económico de las transacciones, otros eventos y condiciones, y no

simplemente su

...

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