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Notas De Creidto


Enviado por   •  12 de Octubre de 2014  •  1.828 Palabras (8 Páginas)  •  160 Visitas

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2. ¿Cuándo se debe efectuar la retención?

El Agente de Retención efectuará la retención en el momento en que se realice el pago, con prescindencia de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV. El Régimen de Retenciones se aplica a partir del 01.06.2002.

En el caso de pagos parciales, la retención se aplicará sobre el importe de cada pago.

EMISIÓN DE NOTAS DE DÉBITO

3. ¿Cuál es el procedimiento para determinar el Importe de la Operación, en el caso de la emisión de Notas de Débito?

Previamente, cabe recordar que la emisión de una Nota de Débito permite sustentar el aumento del valor de las operaciones de venta producto del mayor valor del precio de venta, de errores o de omisiones en el importe de la operación.

La situación del importe de la operación varía dependiendo si se efectuó o no el pago del Comprobante de Pago antes de la emisión de la Nota de Débito. A continuación presentamos varios supuestos:

Importe del comprobante de pago

Importe de la Nota de Débito

Importe total de la operación

Condición a la fecha de emisión de la Nota de Débito

Se efectúa la retención?

S/. 690

S/. 30

S/. 720

Se pagó el importe del Comprobante de Pago sin retención.

SI, por el importe de la Nota de Débito

S/. 690

S/. 30

S/. 720

No se pagó el importe del Comprobante de Pago.

SI, por el importe total de la operación

S/. 710

S/. 30

S/. 740

Se pagó el importe del Comprobante de Pago con retención.

SI, por el importe de la Nota de Débito

Importe del comprobante de pago

Importe de la Nota de Débito

Importe total de la operación

Condición a la fecha de emisión de la Nota de Débito

Se efectúa la retención?

S/. 710

S/. 30

S/. 740

No se pagó el importe del Comprobante de Pago con retención.

SI, por el importe total de la operación

S/. 600

S/. 30

S/. 630

Importe del Comprobante pagado o pendiente de pago.

NO, porque el importe de la operación incluida la Nota de Débito, no supera el monto mínimo de S/. 700

EMISIÓN DE NOTAS DE CRÉDITO

4. ¿Cuál es el procedimiento para determinar el Importe de la Operación, en el caso de la emisión de Notas de Crédito?

La emisión de la Nota de Crédito permite sustentar la reducción del valor de las operaciones por descuentos, bonificaciones, anulación parcial o total por devolución de bienes.

La situación del importe de la operación varía dependiendo si se efectuó o no el pago del Comprobante de Pago antes de la emisión de la Nota de Crédito. A continuación presentamos varios supuestos:

Importe del comprobante de pago

Importe de la Nota de Crédito

Importe total de la operación

Condición a la fecha de emisión de la Nota de Crédito

Se mantiene la retención realizada?

S/. 750

S/. 60

S/. 690

Se pagó el importe del Comprobante de Pago con retención.

Sí, la retención persiste por el monto del Comprobante de Pago y no se devuelve (1)

S/. 750

S/. 60

S/. 690

No se pagó el importe del Comprobante de Pago.

NO, el importe de la operación incluida la Nota de Crédito, no supera el monto mínimo de S/.700

S/. 630

S/. 30

S/. 600

Importe del Comprobante pagado o pendiente de pago.

NO, el importe de la operación no supera el monto mínimo de S/.700

(1) En este caso, la retención correspondiente al monto de las Notas de Crédito, podrá deducirse de la retención que corresponda a operaciones con el mismo proveedor respecto de las cuales aún no ha operado la retención. Es decir, S/. 3.6 (6% de S/.60) podrá deducirse de las retenciones que corresponda efectuar por otras operaciones (Si en una próxima operación, se emite una factura al mismo proveedor por un importe total de S/. 800, la retención que le correspondería sería S/. 48 - 3.6 = 44.4).

5. ¿Cuál es el procedimiento para deducir el importe de la retención de las Notas de Crédito cuyo comprobante de pago relacionado ya sufrió la retención?

Las Notas de Crédito emitidas por operaciones respecto de las cuales se efectuó la retención no darán lugar a una modificación de los importes retenidos ni a su devolución por parte del Agente de

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