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PARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCION

isaack123Examen2 de Julio de 2014

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La importación definitiva de arroz pilado y de las siguientes variedades:

PARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCION

1006.20.00.00 Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo)

1006.30.00.00 Arroz semiblanqueado o blanqueado , incluso pulido o glaseado

1006.40.00.00 Arroz partido

23.02.20.00.00 Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos de los cereales o de las leguminosas, incluso en "pellets" de arroz

¿Quiénes son sujetos del Impuesto a la Venta de Arroz Pilado –IVAP

• Las Personas Naturales

• Las Sucesiones Indivisas

• Las Sociedades Conyugales que ejerzan la opción de rentas conforme a la opción sobre atribución de rentas conforme a las normas que regulan el Impuesto a la Renta

• Personas Jurídicas de acuerdo a las normas del Impuesto a la Renta

• En general todas aquellas comprendidas en el Art.9° del TUO de la Ley del IGV e ISC y modificatorias, que efectúen cualquiera de las siguientes operaciones:

-La primera venta en el territorio nacional de los bienes afectos.

-La importación de bienes afectos.

Tasa del IVAP

Se aplica la tasa del 4% sobre el valor de venta. En el caso de importación, la tasa se aplicará sobre el valor CIF Aduanero incluidos los demás derechos e impuestos que afectan la importación.

Ejemplo:

El señor Alejandro T. se dedica a la comercialización de arroz, vende 900 sacos de arroz pilado de calidad superior a la distribuidora “Don Angello SAC”. El valor de venta de cada saco es de S/.100. El importe total asciende a S/. 90,000.

El Impuesto a la Venta de Arroz Pilado (IVAP) que le corresponde pagar a Ricardo T. será es equivalente el 4% del valor de venta, tal como se detalla a continuación.

CONCEPTO MONTO

Valor de venta S/ 90,000

IVAP (4%) 3,600

Total S/. 93,600

¿Qué comprobante de pago se debe entregar por la venta de arroz pilado?

Factura o boleta de venta.

No corresponde la emisión de liquidación de compra por la venta de arroz pilado

¿Cómo se declara y paga el IVAP?

La declaración y pago del IVAP se realiza mensualmente hasta la fecha indicada en el Cronograma de Obligaciones Tributarias que corresponde al último digito de su RUC.

Según la Resolución de Superintendencia N° 266-2004 los sujetos del IVAP, a excepción de aquellos comprendidos en el Nuevo RUS, deberán presentar la declaración determinativa mensual y efectuar el pago de dicho impuesto de la siguiente manera:

• Los deudores tributarios obligados a presentar sus declaraciones determinativas mediante el PDT, emplearán el PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 – versión 4.1.

• Los deudores tributarios no obligados a presentar sus declaraciones determinativas mediante el PDT, podrán optar por presentar la declaración y efectuar el pago del IVAP empleando el Sistema Pago Fácil - Formulario Virtual N° 1688 o el PDT IGV - Renta Mensual, Formulario Virtual N° 621 – versión 4.1. A partir de la fecha en que opten por presentar la declaración utilizando el PDT, las siguientes declaraciones determinativas que se presenten a la SUNAT deberán ser elaboradas utilizando este medio.

Para declarar y pagar el IVAP empleando el Sistema Pago Fácil - Formulario Virtual N° 1688, el contribuyente informará a la entidad bancaria donde se efectúa el pago los siguientes datos:

• Número de RUC.

• Período tributario.

• Ventas netas (Base imponible).

• Importe a pagar.

Esos datos aparecerán impresos en la constancia que le entregará será emitida la entidad bancaria, en señal de conformidad con la transacción efectuada.

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