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PIA derecho mercantil


Enviado por   •  21 de Abril de 2023  •  Síntesis  •  2.666 Palabras (11 Páginas)  •  82 Visitas

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UNIVERDIAD AUTONOMA DE NUEVO LEON[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE CONTADURIA PUBLICA Y ADMINISTRACION

LICENCIADO EN ADMINISTRACION

UNIDAD: DERECHO MERCANTIL

PRODUCTO INTEGRADOR DE APRENDIZAJE

GRUPO: BF

MAESTRO: BERTIN ZAVALA CARRANZA

ALUMNO: MARTINEZ RODRIGUEZ ALONDRA YARESSI

1970448

INDICE

INTRODUCCION        2

CONTENIDO        3

MAPAS CONCEPTUALE        8

CONCLUSIONES        10

INTRODUCCION

En este producto integrador veremos lo que es el derecho mercantil y lo que lleva a cabo y todas las fuentes las cuales explicare un poco del tema visto y las cuales son las reales, las históricas, las formales y nos enfocamos mas en las formas formales ya que abarca a la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho. También vimos el acto del comercio y el comerciante

CONTENIDO

Lo que aprendí en este primer capítulo es que el derecho mercantil es el conjunto de normas jurídicas. Y que el derecho civil y el derecho mercantil tienen muchas cosas en común y de fondo mismos conceptos (bienes, personas, obligaciones, contratos, etc.)

El derecho civil no puede atender las exigencias de la actividad mercantil de movilidad y tráfico. También se nos informa de que el derecho civil es la rama mas antigua, completa y actualizada.

En el capítulo 2 vimos que el código de Hammurabi de origen babilónico tiene una antigüedad aproximada de 22 siglos y contenía reglas mercantiles que regulaban. Leyes Rodias creadas en la isla Rodas contienen reglas y usos de comercio marítimo (se implementó entre un particular y un marítimo) se dio la aparición de los bancos en Italia y se aprendió que de la banca de una plaza nació el concepto de la banca prestamista.

En el capítulo tres vimos los términos del derecho mercantil se han establecidos tres tipos de fuentes las cuales son: las reales, las históricas, las formales.

Las fuentes formales son sin discusión alguna las realmente importantes y siguiendo la doctrina tradicional, dichas fuentes formales son: la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, los principios generales del derecho. En nuestro país, la ley mercantil por excelencia es el código de comercio que entro en vigor el 1 enero de 1890

La costumbre jurídica es un acto invertebrado (repetitivo). Los fallos o resoluciones del poder judicial federal al resolver de manera idéntica cinco casos iguales o semejantes entre si. Y cuando los tribunales del poder judicial mencionados crean jurisprudencia, significa que crean por medio de ella el derecho o a la normalidad.

El acto del comercio es un conjunto de normas que el derecho mercantil regula la actividad profesional del comerciante y los actos de comercio y que los actos jurídicos que se realicen y tengan un contenido mercantil o comercial. Existen dos sistemas de determinan cuando un acto jurídico es un acto de comercio: el sistema subjetivo que consiste en que un acto es de comercio, si lo realiza profesionalmente un comerciante. El sistema objetico consiste en determinar que es un acto de comercio por sus características mercantiles intersecas, independientemente si la persona que lo realiza es comerciante

Los elementos esenciales que integran la empresa son: El empresario (comerciante individual o social), el patrimonio (lo constituye el dinero y los bienes), los trabajadores (personas que prestan sus servicios). Existen además otros elementos de la empresa regulados diversas leyes como

El establecimiento: es la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa.

El nombre comercial: es como se llama la empresa y el derecho a usar en forma exclusiva el nombre comercial de la empresa. Las marcas se entienden por marca a todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su mismos especie. La franquicia es cuando con la licencia de uso de marca se transmitan conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica para que la persona a quien se le concede

Las patentes es toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas. Los modelos de utilidad: se consideran los objetos, utensilios, aparatos o herramientas como resultado de una modificación en su disposición. El secreto industrial: se considera a toda información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona física o moral con carácter confidencial

Los derechos de autor: autor es la persona física que ha creado una obra literaria y artística. El estado protege al autor en el goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter moral y patrimonial

Derecho comparado: tiene como misión el entender y mejorar las condiciones jurídicas del país que lo aplica, tomando ventaja del conocimiento de diferencias y virtudes frente a otros sistemas jurídicos funcionales dentro del mundo.

En este primer capítulo de la segunda parte vimos que el comercio siempre tuvo como factor principal y único al comerciante, ya que toda la actividad comercial y las primeras reglamentaciones mercantiles giraban en torno a este eje central denominado: EL COMERCIANTE, es el punto central de la actividad mercantil ya que su dedicación profesional en la realización de los actos de comercio le otorga la calidad de comerciante y por siguiente todos los actos que realice en función de su actividad. Las personas físicas que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de la su ocupación ordinaria, podemos depender tres elementos que la integran y sin pretender realizar un estudio pormenorizado de cada uno de ellos

CAPACIDAD: ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos

EJERCICIO DEL COMERCIO: capacidad y ocupación ordinaria, pero es indispensable acentuar que quien realice los actos del comercio sea una persona que los lleva a cabo profesionalmente de una manera formal

OCUPACION ORDINARIA: para ser considerado como comerciante es menester que las persona haga del comercio su ocupación ordinaria, es decir, que, en forma habitual, continua o rotada lo realice

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