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PREGUNTAS DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  29 de Diciembre de 2020  •  Apuntes  •  7.916 Palabras (32 Páginas)  •  102 Visitas

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PREGUNTAS DERECHO MERCANTIL

  1. Ordenamiento jurídico: fuentes del derecho

El ordenamiento jurídico son el conjunto de normas que regulan una sociedad.

Son fuentes del derecho: la Constitución Española, leyes y tratados internacionales, normas de desarrollo y las costumbres y principios generales del derecho. La jurisprudencia y la doctrina científica, así como el derecho comunitario no son fuentes del derecho.

Las que se aplican al derecho mercantil son la ley, costumbres y principios generales del derecho y siguen una relación jerárquica.

Dependiendo del punto de vista, pueden ser:

Formales: es la forma en la que se materializa la norma. Incluyen: la ley, costumbres y principios generales del derecho.

        

Materiales: son creadas por las fuerzas sociales. Incluyen al Estado, Comunidades Autónomas y fuerzas sociales que actúan en la comunidad.

Las leyes: son las normas dictadas por el poder legislativo. Existen leyes de mayor rango que otras.

Las costumbres: son las normas creadas por el uso social. Prevalece la ley por encima de las costumbres y hay 3 tipos:

  • Las que contradicen a la ley – se aplica la ley.
  • Las que secundan a la ley – se aplica cualquiera de las dos.
  • En ausencia de la ley – se aplican las costumbres.

Los principios generales del derecho se utilizan en ausencia de leyes

Una ley puede tener distintas interpretaciones dependiendo de la persona por eso existen estos principios: dan seguridad y aclaran.

Por otra parte, la jurisprudencia son las interpretaciones que realizan los jueces de la norma, que NO son fuente del derecho.

  1. Empresario y emprendedor: concepto, responsabilidad y capacidad

Un empresario es una persona, física o jurídica, que profesionalmente y en nombre propio ejerce la actividad de organizar los elementos precisos para la producción de bienes y servicios para el mercado y adquiera la titularidad de los derechos y obligaciones nacidos de esa actividad.

        

El emprendedor es una persona que independientemente de su condición física o jurídica, desarrolla una actividad profesional o empresarial, en los términos establecidos por la ley.

Dado que la RESPONSABILIDAD del empresario persona física es ilimitada, es decir, responde antes acreedores con todo sus bienes presentes y futuros.

Además, las responsabilidades que adquiere son:

  1. Responsabilidad contractual: incumplimiento de los contratos firmados mediante dolo, negligencia o morosidad.
  2. Responsabilidad extracontractual: acción u omisión + daños + culpa o negligencia.
  3. Responsabilidad objetiva: el empresario responde siempre que haya daños independientemente de que haya dolo o negligencia o ninguna.

Respecto a las CAPACIDADES del empresario ha de ser una persona jurídica sin la necesidad de supervisión o control de otra persona.

Una persona natural: mayor de edad y tener plena capacidad civil (se excluyen incapacitados y menores emancipados.)

  1. El empresario casado. Régimen jurídico

Existen dos regímenes por los que un empresario se puede casar: por separación de bienes o gananciales.

-Separación de bienes: cada cónyuge conserva la propiedad de todos sus bienes antes y durante el matrimonio. En el caso de que uno de los conyuges sea un empresario y su actividad mercantil quiebre. Solo responderá consu patrimonio.

- Régimen ganancial: A través de la sociedad de gananciales se hacen comunes para el matrimonio ganancias o beneficios obtenidos de forma distinta por cualquiera de ellos

Bienes propios. Privativos herencia donación empresa

Comunes: salarios

Bienes del otro privativos (para que respondan, tiene que decir Sí)

Bienes privativos: bienes anteriores al matrimonio.

Las oposiciones o aceptaciones deberán contar en el registro mercantil.

  1. El registro mercantil

Institución regida por los registrados que tiene como principal función es la inscripción de los empresarios (físicos o jurídicos) y sus situaciones jurídicas (actos y contratos), además de otras funciones.

Por tanto, se encargan de:

  1. Inscripción de los empresarios
  2. Publicación de las situaciones jurídicas de los empresarios.
  3. Publicación del BORME (se publica todo aquello que se ha inscrito en el RM)
  4. Legalización de los libros de los empresarios (transparencia)
  5. Nombramiento de auditores
  6. Nombramiento de expertos independientes
  7. Nombramiento de mediadores concursales
  8. Depósito y publicación de las cuentas anuales de las sociedades.

La inscripción en el RM es obligatoria para: ERL, navieros, sociedades, sucursales y algunas entidades sin personalidad jurídica.

Los empresarios individuales tienen un carácter potestativo de la inscripción salvo que los solicite una autoridad judicial o administrativa en los casos provistos en el RRM.

Los navieros están obligados a responder con todos su patrimonio de las obligaciones contraídas.

Existe una hoja personal para cada sujeto inscribible que incluye:

  • Situaciones concursales del sujeto
  • Todas las inscripciones establecidas en las leyes.

  1. Obligación de llevar contabilidad por los empresarios. Cuentas anuales.

Los empresarios tienen la obligación de llevanza de una contabilidad ordenada y adecuada. Consiste en llevar un conjunto de libros en los que se registran todas las operaciones relativas a la marcha de la empresa.

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