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PRESUPUESTO DE UNA ORGANIZACIÓN


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2013  •  4.326 Palabras (18 Páginas)  •  444 Visitas

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PRESUPUESTO DE UNA ORGANIZACIÓN

Introducción

La ejecución del presupuesto da una serie de opiniones y ejecuciones que nos permite solucionar de forma ordenada y según las leyes la ejecución del mismo, con un objetivo que se logre la aceptación de la ejecución financiera de la Oficina Nacional de Presupuesto. Es necesario analizar y estudiar las etapas de la ejecución de los ingresos y gastos, conocer con más certeza los significados dirigidos dentro de este proceso, sus características y las leyes que lo rigen.

La programación de la ejecución financiera del presupuesto es un elemento más significativo para alcanzar los objetivos de políticos señalado en el presupuesto; siendo un mecanismo importante para el manejo de los fondos, las modificaciones hechas al presupuesto producto de modificaciones que se hacen a los créditos asignados a los programas, proyectos, obras, partidas, y otras, que señala la ley del presupuesto y su división general de cada año para los diferentes organismos.

PRESUPUESTO DE UNA ORGANIZACIÓN

Ejecución del presupuesto

Cada institución estatal, o incluso las empresas privadas, tienen definido un presupuesto anual para cubrir sus gastos y para realizar sus obras o actividades, respaldado por los planes de trabajo, con sus metas y objetivos.

La ejecución del presupuesto es un proceso complejo, que incorpora diversas fases del proceso presupuestal, dentro de las cuales podemos mencionar las siguientes.

A. EL PROGRAMA DE CAJA

Se trata de un programa presentado a nivel mensual, que comprende la totalidad de los ingresos y gastos autorizados por la ley de presupuesto a las diversas entidades. Lo elaboran el Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación con base en proyectos que envían las diversas entidades. Es aprobado por el Consejo Superior de la Política Fiscal.

Acontece que tanto los gastos como los ingresos no se causan de manera regular durante los diversos meses del año. Hay meses con mayores gastos para las entidades (pago de primas, anticipos de contratos, etc.), así como hay meses con menores compromisos; así mismo, los ingresos tampoco entran de manera regular a través de los diversos meses del año (hay meses en los que ingresan, por ejemplo, cuotas de impuestos, y meses en los que no ingresan).

El programa mensual de caja es un útil instrumento para modular la Ejecución presupuestal; para detectar los ciclos de los ingresos y de los gastos, tanto para el conjunto de la administración pública como para cada entidad en particular; y por último, al mirar de manera agregada las estacionalidades de los ingresos y de los gastos permite también determinar los períodos del año en donde es conveniente efectuar operaciones de tesorería para atenuar dichos ciclos financieros.

De acuerdo con el artículo 73 del Decreto 111 de 1996: “La ejecución de los gastos del Presupuesto General de la Nación se hará a través del Programa Anual Mensualizado de Caja -PAC-. Este es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles en la Cuenta Única Nacional, para los órganos financiados con recursos de la Nación, y el monto máximo mensual de pagos de los establecimientos públicos del orden nacional en lo que se refiere a sus propios ingresos, con el fin de cumplir sus compromisos.

EL CONTROL PRESUPUESTAL

De acuerdo con la clasificación que presenta la ley orgánica del presupuesto, el control presupuestal tiene tres facetas: 1. Control político, 2. Control financiero y económico, 3. Control fiscal.

A. CONTROL POLÍTICO

Este control, como es obvio, lo ejerce el Congreso Nacional en desarrollo de las funciones que en materia presupuestal le encomiendan la Carta Política y las leyes. En rigor, el control político del Congreso comienza desde cuando recibe el proyecto de presupuesto en los diez primeros días de cada legislatura y se extiende hasta cuando la Cámara de Representantes aprueba el fenecimiento definitivo de la cuenta general del presupuesto y del tesoro de cada año.

El Estatuto Orgánico del Presupuesto ha señalado los siguientes mecanismos específicos a través de los cuales se ejerce el control político por el Congreso:

1° Citación de los ministros del despacho a las sesiones plenarias o a las comisiones constitucionales;

2° Citación de los jefes de departamento administrativo a las comisiones constitucionales;

3° Examen de los informes que el Presidente de la República, los ministros del despacho y los jefes de departamento administrativo presenten a su consideración, y el informe sobre la ejecución de los planes y programas a que hace referencia el numeral 4 del artículo 339 de la Constitución política;

4° A través del análisis que adelante la Cámara de Representantes para el fenecimiento definitivo de la cuenta general del presupuesto y del tesoro, que presenta el Contralor General de la República. Con la aprobación de esta cuenta concluye el ciclo del control político por parte del Congreso sobre el respectivo ejercicio fiscal.

Los artículos 38 y 39 de la Ley 42 de 1993, “por la cual se organiza el sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen”, definen lo que debe entenderse por “cuenta general del presupuesto y del tesoro”, de la siguiente manera:

“Artículo 38. El Contralor General de la República deberá presentar a consideración de la Cámara de Representantes para su examen y fenecimiento, a más tardar el 31 de julio la cuenta general del presupuesto

y del tesoro correspondiente a dicho ejercicio fiscal. Esta deberá estar debidamente discriminada y sustentada, con las notas, anexos y comentarios que sean del caso, indicando si existe superávit o déficit e incluyendo la opinión del Contralor General sobre su razonabilidad.

“Parágrafo. Si transcurridos seis meses a partir de la fecha de presentación a la Cámara de Representantes de la cuenta a que se refiere el presente artículo, ésta no hubiere tomado ninguna decisión, se entenderá que la misma ha sido aprobada”.

“Artículo 39. La cuenta general del presupuesto y del tesoro contendrá los siguientes elementos: estados que muestren en detalle, según el decreto de liquidación anual del Presupuesto General de la Nación, los reconocimientos y los recaudos de los ingresos corrientes

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