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Pedimento


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2013  •  1.701 Palabras (7 Páginas)  •  338 Visitas

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Título:

“Pedimento”

Introducción: Es el documento fiscal donde el contribuyente declara la información que permite, legalmente la internación o salida de las mercancías. En él se establece, entre otros la base gravable de los impuestos al comercio exterior, la información que permite la identificación de las mercancías, las fechas, las facturas, los operarios, los destinatarios, los remitentes, el Agente Aduanal. Las cantidades, los valores los registros de entrada, los medios de transporte, etc. El pedimento aduanal es el documento más importante para efectos fiscales en la importación y exportación y lo elabora el agente aduanal.

Desarrollo:

Es la declaración fiscal a través de la cual el contribuyente informa a la autoridad aduanera el destino que dará a las mercancías y comprueba el cumplimiento de obligaciones fiscales así como de regulaciones y restricciones no arancelarias que de conformidad con los diferentes regímenes aduaneros, deberán cumplirse.

Ante esta situación, es importante conocer la legislación en la cual se sustenta dicha regulación: En el artículo 36 de la Ley Aduanera vigente se dicta lo siguiente: Obligaciones de Importadores y Exportadores de presentar ante la aduana un pedimento en la forma aprobada por la Secretaria. Artículo 36. Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría. En los casos de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento se demuestre a través de medios electrónicos, el pedimento deberá incluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de esas regulaciones o restricciones.

El pedimento es una declaración fiscal llenada por el Agente Aduanal o apoderado aduanal en donde se encuentra la mayor parte de información sobre las mercancías de importación y exportación.

Ordena, por medio de disposiciones de carácter general y con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación, así como para allegarse de la información necesaria en materia de estadística de ingresos, que se proporcione en declaraciones distintas de aquella con la cual se efectúe el pago.

Artículo 36 Ley Aduanera

Quienes importen o exporten están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente aduanal, un pedimento.

¿Quiénes lo realizan?

Las personas físicas o morales que requieran copia certificada de pedimentos y sus anexos, que obren en poder de la Administración General de Aduanas.

¿Cómo se realiza?

Mediante el formato denominado “Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y sus anexos”, que forma parte del apartado A del Anexo 1 de las RCGMCE vigentes.

¿Dónde se presenta?

En la ventanilla denominada “Expedición de copias certificadas” de la Administración Central de Investigación Aduanera, sita en Av. Hidalgo 77, Mod. IV, 1er piso, Col. Guerrero, C.P. 06300, Del. Cuauhtémoc, México, D.F., en un horario de lunes a viernes de las 09:00 a las 18:00 horas, o bien, por cualquier servicio de mensajería.

¿Qué documento se obtiene?

Oficio de respuesta de la autoridad que en su caso contiene el pedimento solicitado y sus anexos.

Requisitos:

Personas Físicas

Documento mediante el cual se acredite la propiedad de la mercancía

Copia de identificación oficial vigente

Original del pago de derechos

Personas Morales

Copia del poder notarial del representante legal

Copia de identificación oficial vigente del representante legal

Original del pago de derechos

En el formato “Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y sus anexos” se informa el detalle de los requisitos señalados.

El pago de derechos podrá ser realizado a través del esquema electrónico e5cinco o a través de la Hoja de ayuda en ventanilla bancaria. (El costo por hoja de que conste el pedimento es de $15.00 quince pesos 00/100 M.N., en términos del artículo 5º de la Ley Federal de Derechos.)

Formato del pedimento

El formato de pedimento, es un formato dinámico conformado por bloques, en el cual únicamente se deberán imprimir los bloques correspondientes a la información que deba ser declarada.

Este formato deberá presentarse en un ejemplar destinado al importador, tratándose de las operaciones previstas en las reglas, 3.5.1., fracción II, 3.5.3., 3.5.4., 3.5.5., 3.5.7., 3.5.8. y 3.5.10.

Se deberá presentar este formato en las operaciones previstas en las regla 3.1.12., segundo párrafo, fracción II.

A continuación se presentan los diferentes bloques que pueden conformar un pedimento, citando la obligatoriedad de los mismos y la forma en que deberán ser impresos.

Cuando en un campo determinado, el espacio especificado no sea suficiente, éste se podrá ampliar agregando tantos renglones en el apartado como se requieran.

La impresión deberá realizarse de preferencia en láser en papel tamaño carta y los tamaños de letra serán como se indica a continuación:

1.-Encabezado principal del pedimento

El encabezado principal deberá asentarse en la primera página de todo pedimento. La parte derecha del encabezado deberá utilizarse para las certificaciones de banco y selección automatizada.

2.-Encabezado para paginas secundarias del pedimento

El encabezado de las páginas 2 a la última página es el que se presenta a continuación.

3.-Pie de página de todas las hojas del pedimento

El pie de página que se presenta a continuación deberá ser impreso en la parte inferior de todas las hojas del pedimento.

En todos los tantos deberán aparecer

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