ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Pedimentos


Enviado por   •  7 de Agosto de 2014  •  1.876 Palabras (8 Páginas)  •  282 Visitas

Página 1 de 8

Artículo 184. Cometen las infracciones relacionadas con las obligaciones de transmitir y presentar, información y documentación, así como declaraciones, quienes: D.O.F. 09/12/2013

LA Artículos: 63 RCE Reglas: 3.7.22.

I. Omitan transmitir o presentar a las autoridades aduaneras en documento electrónico o digital, o lo hagan en forma extemporánea, la información que ampare las mercancías que introducen o extraen del territorio nacional sujetas a un régimen aduanero, que transporten o que almacenen, entre otros, los datos, pedimentos, avisos, anexos, declaraciones, acuses, autorizaciones, a que se refieren los artículos 36 y 36-A de esta Ley y demás disposiciones aplicables, en los casos en que la Ley imponga tales obligaciones. D.O.F. 09/12/2013

LA Artículos: 36-I-E | 151-IV-V RCE Reglas: 3.7.17. | 3.7.19-V | 3.7.22-I | 3.7.23. | 3.8.3-IX

II. Omitan presentar los documentos o informes requeridos por las autoridades aduaneras dentro del plazo señalado en el requerimiento o por esta Ley.

LA Artículos: 109 | 144-III RLA Artículos: 13 | 20 | 150 CFF Artículos: 42-II

III. Transmitan o presenten los informes o documentos a que se refieren las dos fracciones anteriores, con datos inexactos o falsos u omitiendo algún dato. D.O.F. 09/12/2013

LA Artículos: 144-II | 165-II | 173-IV RLA Artículos: 13 | 14 | 20 | 196 | 197 | 198 | 199 RCE Reglas: 3.7.19-I | 3.7.22-II | 3.7.28. | 3.7.28-IV | 3.8.3-XV | 3.8.4-IX

IV. Omitan transmitir o presentar, o lo hagan extemporáneamente, la información que compruebe el cumplimiento de las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias, cuando hayan obtenido la misma antes de la transmisión o presentación del pedimento. Los interesados deberán transmitir o presentar un pedimento de rectificación, en términos de los artículos 36 y 36-A de esta Ley, anexando en documento electrónico o digital, la información que compruebe el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias. D.O.F. 09/12/2013

LA Artículos: 36-I-C-II-B | 37 | 38 RCE Reglas: 3.7.22-III. | 3.7.6.

V. Presenten a las autoridades aduaneras la información estadística de los pedimentos que formulen, grabada en un medio magnético, con información inexacta, incompleta o falsa.

LA Artículos: 160-II | 169-I

VI. Transmitan en el sistema electrónico aduanero o consignen en el código de barras impreso en el pedimento o en cualquier otro medio de control que autorice el Servicio de Administración Tributaria, información distinta a la declarada en dicho documento o cuando se presenten éstos al módulo de selección automatizado con el código de barras mal impreso. La falta de algún dato en la impresión del código de barras no se considerará como información distinta, siempre que la información transmitida al citado sistema sea igual a la consignada en el pedimento. D.O.F. 09/12/2013

LA Artículos: 144-V | 160-VII-VIII | 169-III RCE Reglas: 3.7.19-II

VII. Omitan imprimir en el pedimento o en el aviso consolidado, tratándose de operaciones con pedimento consolidado el código de barras. D.O.F. 09/12/2013

LA Artículos: 160-VII-VIII RCE Reglas: 3.7.19-II

VIII. Omitan declarar en la aduana de entrada al país o en la de salida, que llevan consigo cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate a diez mil dólares de los Estados Unidos de América.

LA Artículos: 9 CFF Artículos: 105 RCE Reglas: 3.7.18.

IX. Omitan transmitir electrónicamente la siguiente información:

a) La relativa a cada pasajero, tripulante y medio de transporte a que se refiere el primer párrafo del artículo 7o. de esta Ley.

b) La relativa a las mercancías que por cada medio de transporte vayan a arribar a territorio nacional a que se refiere la fracción VII del artículo 20 de esta Ley.

LA Artículos: 7 | 20-VII RLA Artículos: 5

X. Omitan dar el aviso a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de esta Ley.

LA Artículos: 7 RLA Artículos: 6

XI. Presenten el pedimento en el módulo de selección automatizado sin la consignación de pago del módulo bancario o sin la firma electrónica avanzada de quien deba firmar el pedimento conforme a las disposiciones aduaneras. D.O.F. 09/12/2013

XII. Omitan presentar o lo hagan extemporáneamente la declaración semestral a que se refiere el artículo 87, fracción I de esta Ley.

XIII. Transmitan y, en su caso, presenten el pedimento que ampare la mercancía que importen, omitiendo el nombre, denominación o razón social o la clave de identificación fiscal del proveedor o del exportador, considerando en su caso el acuse correspondiente. D.O.F. 09/12/2013

RCE Reglas: 3.7.22-IV

XIV. Omitan o asienten datos inexactos en relación con el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas de información comercial.

LA Artículos: 36 RCE Reglas: 3.7.21. | LCE Artículos: 26

XV. Omitan manifestar a las empresas de transporte internacional de traslado y custodia de valores o a las empresas de mensajería, que utilicen para internar o extraer del territorio nacional las cantidades que envíen en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate a diez mil dólares de los Estados Unidos de América.

LA Artículos: 9 RCE Reglas: 3.7.18.

XVI. Omitan declarar a las autoridades aduaneras, las cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, que las personas que utilizan sus servicios les hayan manifestado en los términos del segundo párrafo del artículo 9o. de esta Ley.

LA

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (12 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com