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Planes individuales de ahorro sistemático (PIAS)


Enviado por   •  18 de Marzo de 2015  •  Tesis  •  2.057 Palabras (9 Páginas)  •  183 Visitas

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Planes individuales de ahorro sistemático (PIAS)

Las ganancias de este producto quedarán exentas de tributación si se han obtenido en al menos diez años y se perciben en forma de renta vitalicia

La reforma del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que entró en vigor el pasado 1 de enero contempla la creación de un nuevo producto financiero: los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS). Con este instrumento, se amplía la oferta de activos de previsión para el largo plazo. Los expertos aseguran que será un producto de éxito, dirigido, sobre todo, a ahorradores de perfil conservador y que, por tanto, no quieren correr riesgos con sus ahorros.

Qué son los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS)?

Los planes individuales de ahorro sistemático, popularmente conocidos como PIAS, que han comenzado a comercializarse en el mercado español el 1 de enero de 2007, son un producto financiero exclusivamente asegurador. Por lo tanto, los interesados podrán contratarlos en las entidades aseguradoras. Su finalidad es ir acumulando un capital a lo largo del tiempo, que puede servir como complemento a la pensión pública de jubilación. Su principal objetivo es incentivar la contratación de rentas vitalicias aseguradas. De hecho, este producto se configura como un contrato firmado con entidades aseguradoras para constituir con los recursos aportados una renta vitalicia, es decir, el pago de una renta mensual con una cuantía conocida de antemano, que dependerá del capital total acumulado.

Esta renta vitalicia asegurada puede comenzar a percibirse una vez que hayan transcurrido 10 años desde el pago de la primera prima. El beneficio fiscal de estos productos consiste en la exención de todos los rendimientos que se hayan generado desde el pago de la primera prima hasta el inicio del cobro de la renta vitalicia asegurada.

El límite máximo anual que se puede aportar a este tipo de planes está fijado en 8.000 euros, según se expone en la actual ley del IRPF. "No obstante, este límite es independiente del aplicable a planes de pensiones, planes de previsión asegurados y otro tipo de seguros, etc.", comenta Pedro Zabaleta, responsable de Duero Pensiones, la gestora de fondos de pensiones de Caja Duero. "Es decir, los clientes podrán seguir invirtiendo anualmente en su plan de pensiones y, paralelamente, acumular ahorro en el plan individual de ahorro sistemático. En cualquier caso, las primas acumuladas en estos últimos productos no podrán superar la cuantía total de 240.000 euros por contribuyente", añade.

Una de las principales ventajas de este producto, frente a la iliquidez de los planes de pensiones, es que permiten rescatar el ahorro acumulado en cualquier momento. Una de las principales ventajas de este producto, frente a la iliquidez de los planes de pensiones, es que permiten rescatar el ahorro acumulado en cualquier momento No obstante, si se rescatan antes de que hayan transcurrido diez años desde su contratación, el titular perderá la ventaja fiscal del producto.

Otra de las peculiaridades de este instrumento es que cada contribuyente sólo podrá contratar un plan individual de ahorro sistemático (por el contrario, es posible contratar más de un plan de pensiones por titular). Además, por su naturaleza como seguro de vida, los PIAS ofrecen un capital asegurado en caso de fallecimiento de su titular.

¿Cómo funcionan los PIAS y cuál es su rentabilidad?

El funcionamiento de los planes individuales de ahorro sistemático es similar al de los antiguos seguros de jubilación: el titular tiene la posibilidad de ir haciendo aportaciones únicas o periódicas (por ejemplo mensualmente), que se remunerarán de acuerdo con un tipo de interés mínimo anticipado por la compañía.

Lo más común es que este tipo de seguros ofrezcan rentabilidades similares a la deuda pública, ya que serán en este tipo de activos donde mayoritariamente invertirán las aseguradoras para sacar partido a los ahorros de los partícipes. En este sentido, también se pueden comparar con los actuales seguros de jubilación. Los seguros de vida vinculados a la jubilación ofrecen una rentabilidad actualmente que oscila entre el 3% y el 4,5% anual. Desde Unespa, la patronal del sector asegurador española, estiman que las subidas de tipos ayudarán a elevar el rendimiento de estos productos y de los planes individuales de ahorro sistemático hasta niveles cercanos al 5%. Por otro lado, también es posible que los planes individuales de ahorro sistemático puedan invertir en fondos de inversión o acciones, con lo que se parecerían a los actuales unit-linked.

Ejemplo práctico de un PIAS

Una persona con 50 años decide contratar un plan individual de ahorro sistemático e ir haciendo aportaciones de 1.000 euros al año. Al cabo de 15 años (a los 65, edad de jubilación), habría acumulado un capital de 15.000 euros, a los que habría que sumar la rentabilidad correspondiente. En el ejemplo anterior, presuponiendo una rentabilidad del 4% anual, el capital acumulado pasados 15 años sería de 20.820,45 euros.

Si cada año se fueran incrementando las aportaciones un 2,5% (previsible inflación), el ahorro final sería de 24.450,10 euros. Con este capital, podría conseguir una renta mensual de unos 100 euros.

¿Cuál es su fiscalidad?

La fiscalidad de los planes individuales de ahorro sistemático, cuando se rescaten como rentas vitalicias, es el principal atractivo de este producto. En el futuro, cuando el titular decida rescatar su ahorro, estará exento de tributación si lo recupera en forma de renta vitalicia y han pasado más de diez años desde que lo contrató. Desde CaiFor, entidad aseguradora participada por La Caixa y Fortis, destacan, precisamente, su atractiva fiscalidad. "Si transcurridos diez años desde la primera aportación, el cliente opta por constituir una pensión vitalicia con el capital acumulado, el rendimiento generado queda exento de tributación", aseguran. En cualquier caso, los PIAS carecen de beneficios fiscales para las aportaciones.

La renta mensual obtenida tributa en el IRPF como una pensión vitalicia inmediata, La renta mensual obtenida tributa en el IRPF como una pensión vitalicia inmediata es decir, disfruta de significativas reducciones fiscales, en función de la edad del cliente en el momento de contratar dicha pensión. Por ejemplo, los mayores de 70 años tributan sólo por el 8% de la renta obtenida. Los mayores que cuenten entre 66 y

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